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Resolución 235 de 2004 Contaduría General de la Nación

Fecha de Expedición:
15/06/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/06/2004
Medio de Publicación:
Diario Oficial 45594 de junio 29 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 235 DE 2004

(Junio 15)

Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, adoptado mediante la Resolución 400 de 2000.

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio las entidades han formulado solicitudes de creación de subcuentas en las cuentas de presupuesto de gastos de la vigencia, para el registro y revelación de las vigencias expiradas por concepto de transferencias y servicio de la deuda;

Que dada la estructura del Catálogo General de Cuentas, CGC, del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, es necesario incluir en las cuentas que revelan las diferentes etapas de la ejecución del presupuesto de gastos de la vigencia, las vigencias expiradas por concepto de transferencias y servicio de la deuda,

RESUELVE:

Artículo 1º. Crear en la estructura del Catálogo General de Cuentas, las siguientes subcuentas:

030595

Vigencias expiradas transferencias

030596

Vigencias expiradas servicio de la deuda

031095

Vigencias expiradas transferencias

031096

Vigencias expiradas servicio de la deuda

031295

Vigencias expiradas transferencias

031296

Vigencias expiradas servicio de la deuda

031595

Vigencias expiradas transferencias

031596

Vigencias expiradas servicio de la deuda

032295

Vigencias expiradas transferencias

032296

Vigencias expiradas servicio de la deuda

033095

Vigencias expiradas transferencias

033096

Vigencias expiradas servicio de la deuda

Artículo 2º. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 15 de junio de 2004.

El Contador General de la Nación,

Jairo Alberto Cano Pabón.

(C.F.)

Nota: Publicado en el Diario Oficial 45594 de Junio 29 de 2004.