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Circular Externa 002 de 2023 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

Fecha de Expedición:
25/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/05/2023
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 002 DE 2023

 

(Mayo 25)


Para: Entidades Estatales que publican y gestionan sus procesos de contratación en SECOP II, independientemente de su régimen de contratación.

 

Asunto: Lineamientos para el cierre del contrato electrónico en SECOP II.

 

La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, es una entidad de la rama Ejecutiva que actúa como el ente rector encargado de formular la política de compras y contratación estatal en todo el territorio nacional. Para el cumplimiento de sus funciones, el numeral 8 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011 le asignó la competencia de desarrollar y administrar el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), el cual fue creado por el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, como punto único de ingreso de información y de generación de reportes para las Entidades Estatales y la ciudadanía, contando con la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos.

 

En ejercicio de estas atribuciones, la Agencia ha impartido directrices entorno al uso del SECOP II, lo cual ha garantizado la transparencia, publicidad y acceso a la información pública. De manera específica, este ente rector ha requerido a todos los sujetos obligados a transar en la mencionada plataforma para que una vez finalicen sus Procesos de Contratación, procedan a realizar el cierre del expediente electrónico.

 

No obstante, a la fecha existe un número importante de registros de contratos que pese a estar terminados, no han sido cerrados en la plataforma electrónica, lo cual afecta la calidad de la información del sistema de compra pública.

 

Como consecuencia de lo anterior, la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- imparte las siguientes directrices a los sujetos obligados a transar en el SECOP II, las cuales deberán ser cumplidas antes del 31 de julio de 2023: Ver Circular Externa 003 de 2023. Termino ampliado hasta el 10 de noviembre de 2023.

 

1. Cerrar los expedientes electrónicos de los contratos que hayan cumplido con las obligaciones post-contractuales.

 

2. Cerrar el expediente electrónico de los contratos de prestación de servicios y apoyos a la gestión[1], cuyo plazo de ejecución haya finalizado y no requiera de liquidación o no se encuentren obligaciones postcontractuales pendientes.

 

Para el cumplimiento de las anteriores directrices, se anexa a la presente Circular el lineamiento técnico para proceder el cierre electrónico de los contratos.

 

Cordialmente,

 

STALLIN BALLESTEROS GARCÍA

 

Director General Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

 

Elaboró: German Santiago Neira Ruiz Contratista - SIDT

Felipe Ruiz Coordinador Uso y Apropiación - SIDT

Revisó:   Carlos Francisco Toledo Flórez - Subdirector de Información y Desarrollo Tecnológico (E)

Nohelia Del Carmen Zawady Palacio - Subdirectora de Gestión Contractual

Juan David Marín López - Asesor Experto Dirección General

Aprobó:  Stalin Ballesteros García Director General ANCP-CCE

 

NOTA: Ver Anexo y documento original en Anexos.

 

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] Ley 1150 de 2007, artículo 2, numeral 4, literal h. “La prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.”