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Ley 2309 de 2023 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
02/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/08/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52475 del 02 de agosto de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 2309 DE 2023

 

(Agosto 02)

 

Por medio de la cual se aprueba la «Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales resultantes de la Mediación», suscrita en Nueva York, el 20 de diciembre de 2018

 

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA

 

Visto el texto de la «CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS ACUERDOS DE TRANSACCIÓN INTERNACIONALES RESULTANTES DE LA MEDIACIÓN», suscrita en Nueva York, el 20 de diciembre de 2018

 

Se adjunta copia fiel y completa de la versión en español del texto del Tratado, certificado por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de este Ministerio y que consta de seis (6) folios.

 

El Presente Proyecto de Ley consta de catorce (14) folios.

 

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO

 

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de octubre del año 2021.

 

AUTORIZADO. SOMÉTASE A LA CONSIDERACIÓN DEL HONORABLE CONGRESO DE LA REPÚBLICA PARA LOS EFECTOS CONSTITUCIONALES

 

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

 

La Ministra de Relaciones Exteriores

 

MARTHA LUCÍA RAMÍREZ BLANCO

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Apruébese la «Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales resultantes de la Mediación», suscrita en Nueva York, el 20 de Diciembre de 2018.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 7a de 1944, la «Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la mediación», suscrita en Nueva York, el 20 de Diciembre de 2018, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará a la República de Colombia a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

 

El Presidente del Honorable Senado de la República,

 

ALEXANDER LÓPEZ MAYA

 

El Secretario General del Honorable Senado de la República,

 

GREGORIO ELJACH PACHECO

 

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,

 

DAVID RICARDO RACERO MAYORCA

 

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,

 

JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EJECUTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de agosto del año 2023.

 

El Ministro de Relaciones Exteriores,

 

ÁLVARO LEYVA DURÁN

 

El Ministro de Justicia y del Derecho,

 

NÉSTOR OSUNA PATIÑO

 

NOTA: Ver Anexo.