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Resolución 681 de 2023 Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Fecha de Expedición:
13/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 681 DE 2023

 

(Junio 13)

 

Por medio de la cual se Implementa Protocolo Prevención, Atención y Medidas de Protección contra el Acoso Laboral y todas las formas de Violencia contra la Mujer y basadas en Género o Discriminación

 

LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las establecidas en el numeral 24, artículo 7 del Decreto 1449 de 2022, Directiva Presidencial 01 de 2023 y en atención a los siguientes,

 

CONSIDERANDOS,

 

Que la Constitución Política, los tratados y declaraciones internacionales ratificados por Colombia que hacen parte del bloque de constitucionalidad reconocen que la igualdad de género y la no discriminación son principios rectores del Estado Social de Derecho.

 

Que la ley 1010 de 2006 adoptó medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo.

 

Que la ley 1257 de 2008 dicta normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, reforma los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996, adoptando normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización.

 

Que a través de la ley 1482 de 2011, se busca garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación.

 

Que la ley 1496 de 2011, garantiza la igualdad salarial y de cualquier forma de retribución laboral entre mujeres y hombres, fijar los mecanismos que permitan que dicha igualdad sea real y efectiva tanto en el sector público como en el privado y establecer los lineamientos generales que permitan erradicar cualquier forma discriminatoria en materia de retribución laboral.

 

Que la ley 599 de 2000 en su artículo 210A, adicionado por el art. 29, ley 1257 de 2008, define el acoso sexual de la siguiente manera: “El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años”

 

Que la "Política Pública de Equidad de Género para las mujeres: Hacia el desarrollo sostenible del país", contemplada en el CONPES 4080 de 2022, establece la necesidad de fortalecer las políticas de prevención y atención integral de las violencias contra las mujeres, para lo cual establece una serie de actividades que incluyen la elaboración de protocolos sectoriales sobre violencias basadas en género que afectan a las mujeres y la implementación de estrategias de sensibilización y transformación cultural de estereotipos de género para servidores públicos.

 

En el marco de la búsqueda por una sociedad más igualitaria y la supresión de todas las formas de discriminación, el programa de gobierno "Colombia Potencia Mundial de la Vida" establece que, se debe garantizar que todas las mujeres, en su diversidad, disfruten de sus derechos y de una vida libre de violencia.

 

Que la Directiva Presidencial 01 de 2023, establece la obligación de los destinatario la adopción de Protocolo para la prevención, atención y medidas de protección de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en género y/o discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad, y demás razones de discriminación en el ámbito laboral y contractual del sector público; y la participación efectiva de la mujer en las diferentes instancias de la administración pública.

 

Que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, en cumplimiento de la Directiva Presidencial 01 de 2023, y en congruencia con todas las normas previamente invocadas, que regulan la materia, y entendiendo que el acoso o cualquier forma de violencia tienen un efecto negativo sobre el bienestar y la productividad laboral, presenta este protocolo como mecanismo para la prevención, atención y protección frente a todas las formas de acoso laboral, violencia contra las mujeres y basadas en género, así como de los actos de racismo y de discriminación por razón de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación,

 

Que, en mérito de lo expuesto.

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1. ADOPTAR E IMPLEMENTAR. El Protocolo sobre prevención, atención y medidas de protección contra el acoso laboral y todas las formas de violencia contra la Mujer, basadas en Género o Discriminación, dirigido a todo el Talento Humano al servicio del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación, el cual se anexa a la presente resolución y hace parte integral de la misma.

 

ARTÍCULO 2. COMUNICAR. El protocolo a todo el Talento Humano al Servicio del Ministerio de Ciencia Tecnología e Innovación y así dar cumplimiento a la Directiva Presidencial 01 de 2023.

 

ARTÍCULO 3. El presente protocolo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 13 días del mes de junio del año 2023.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

ÁNGELA YESENIA OLAYA REQUENE

 

Ministra Ciencia, Tecnología e Innovación

 

Nota: Ver norma original y anexo en Anexos.