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POLÍTICA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL
Aprobado en comité de MIPG 31 de agosto de 2023
El Decreto Distrital 610 de 2022, adoptó el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA, como un instrumento de gerencia pública para la coordinación integral de las actividades jurídicas anticorrupción en materia de derecho administrativo, disciplinario y penal en el Distrito Capital, con el objeto fomentar la cultura de la legalidad, prevenir los actos de corrupción, disponer medidas ágiles para su detección, corrección y no repetición, el cual debe ser implementado por todas las entidades y organismos distritales[1].
El MGJA se encuentra compuesto por varios elementos como la política de cumplimiento normativo, el órgano de cumplimiento, el plan de cumplimiento normativo, las líneas de defensa, las políticas de alertas de irregularidades whistleblowing y la estructuración de incentivos a la innovación y buenas prácticas en materia de integridad y ética de lo público[2].
El artículo 9 del decreto ibídem, establece la definición de la política de cumplimiento normativo, como “la manifestación expresa y solemne que deberá realizar cada integrante de la alta dirección o de los órganos de gobierno sobre su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público” .
En tal sentido, la política de cumplimiento normativo se desarrollará a través de la implementación del MGJA, que en sus componentes, articula y sistematiza las medidas y herramientas desarrolladas por la administración distrital en la lucha contra la corrupción, con el propósito de fortalecer la cultura de la legalidad y adoptar mecanismos de prevención, seguimiento y sanción oportunos y eficaces frente a este flagelo[3].
El gobierno distrital, con el objetivo de fortalecer la ética de la virtud en el sector público y promover las buenas prácticas administrativas, se inspiró en los principios de debida diligencia, responsabilidad, corresponsabilidad, solidaridad, confianza, buena fe, transparencia, integridad[4], precaución, proactividad, máxima probidad, autocontrol, buen gobierno y primacía de lo sustancial sobre lo formal, y estableció directrices para que cada una de las entidades distritales adoptara su política interna de cumplimiento.
La materialización de la política de cumplimiento se produce, entre otras cosas, con la construcción y aprobación del plan de cumplimiento al interior de cada entidad del Distrito Capital, el cual debe ser elaborado por el Órgano de Cumplimiento[5] y aprobado por la Alta Dirección, y con la implementación de los demás elementos del Sistema Jurídico Integral Anticorrupción SIJIA[6].
Todo esto atendiendo el compromiso irrestricto con el cumplimiento de las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción, evidenciando de manera constante, visible y activa mediante pautas de ejemplaridad, acciones supererogatorias y comportamientos que demuestren que su compromiso con la prevención de la corrupción no solo hace parte de las responsabilidades sustanciales a cargo, sino que proviene de su convicción de respeto y preservación de los intereses públicos[7].
Dicho compromiso, para el caso de la Secretaría Jurídica Distrital, está en cabeza de la alta dirección, y se materializa con la manifestación clara, expresa y solemne de cada uno de los líderes de la entidad, del acatamiento, desarrollo e implementación de las actividades descritas en el artículo 10º del Decreto Distrital 610 de 2022, utilizando esta y otras herramientas para fortalecer la integridad, transparencia y no tolerancia a la corrupción, ello sin perjuicio de otras medidas o acciones que favorezcan la disminución de este riesgo[8].
Los /las empleados/as públicos/as del nivel directivo serán los/as responsables de la promoción y difusión de esta política a los/as servidores/as y colaboradores/as, y de coordinar con el Órgano de Cumplimiento la función de monitoreo de riesgos.
Declaración de conocimiento y aceptación de la Política de Cumplimiento Normativo
Bogotá, D.C. (fecha)
Yo_________________________________ en mi calidad de _______________________ de la Secretaría Jurídica Distrital, identificado (a) con C.C. No.________________ declaro que:
1. Manifiesto mi compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público. 2. Asumo la responsabilidad de difundir entre todos/as los/as servidores/as y colaboradores/as de la entidad esta política, las normas que la rigen y los estándares de cumplimiento, así como promover la mitigación de los riesgos identificados en el plan de cumplimiento. 3. Ejecutaré las medidas para fortalecer la cultura de la legalidad y el cumplimiento del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción MGJA. 4. Propondré las herramientas necesarias para minimizar la ocurrencia de conductas penales o disciplinarias asociadas con la corrupción. 5. Adelantaré las acciones tendientes a la no repetición de dichas conductas. 6. Promoveré la difusión al interior de la entidad del control social para la participación, seguimiento a los recursos públicos y minimizar hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción.
Por el profundo honor y la absoluta responsabilidad que encarna el servicio público, me comprometo a enaltecer mi trabajo adoptando una cultura del cumplimiento normativo y de ética pública en mi actividad diaria. Para esto, quiero manifestar públicamente, en una frase de mi puño y letra, mi deseo de ir más allá de mis meras obligaciones para garantizar la supremacía del interés público:____________________________________________________________
________________________ Firma
[1] Ver artículo 7 del Decreto Distrital 610 de 2022. [2] Ver artículo 8 y siguientes del Decreto Distrital 610 de 2022. [3] Ver inciso 2 del artículo 1 del Decreto Distrital 610 de 2022 [4] Artículo 131 del Plan Distrital de Desarrollo, Código de integridad Decreto Distrital 118 de 2018, Ley 2195 de 2022. [5] Documento 1 de 2023 de la Secretaria Jurídica Distrital aprobado en el Comité de Gestión y Desempeño MIPG el 25 de abril de 2023, ver en https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140398 [6] Ver artículo 33 del Decreto Distrital 610 de 2022. [7] Ver parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 610 de 2022. [8] Ver artículos 2 y 10 del Decreto Distrital 610 de 2022 |