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Decreto 397 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/09/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 397 DE 2023

 

(Septiembre 05)

 

Por el cual se designan los representantes a que se refieren los numerales 7, 8 y 9 del artículo 1 del Decreto 235 de 2021, en la junta directiva del Instituto para la Economía Social - IPES

 

LA ALCALDESA MAYORDE BOGOTÁ D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso segundo del artículo 56 del Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., establece que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, serán designados libremente por la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C.

 

Que el artículo 9 del Acuerdo 001 de 2007 de la junta directiva del IPES, por el cual se adoptan los estatutos del Instituto para la Economía Social, establece que los miembros de dicha instancia serán designados por el alcalde mayor.

 

Que mediante el artículo 1 del Decreto 235 de 2021, se designaron los miembros de la junta directiva del Instituto para la Economía Social - IPES, y se dispuso la forma en que se designarían los representantes de los grupos sociales a los que se refieren los numerales 7, 8 y 9 ídem, así:

 

“7. Un/a representante de los/as vendedores/as informales de la ciudad, designado/a por el/la alcalde/sa Mayor de terna presentada por el/la director/a general del IPES, integrada con los miembros elegidos democráticamente en una asamblea distrital de vendedores informales.

 

8. Un/a representante de los/las comerciantes de las plazas de mercado, designado/a por el/la alcalde/sa Mayor de terna presentada por el/la director/a general del IPES, conformada por los/as comerciantes de las plazas de mercado asignatarios/as de los puestos, locales o bodegas, elegidos entre ellos

 

9. Un/a representante de los grupos sociales atendidos por el IPES, a través de sus proyectos institucionales, designado/a por el/la Alcalde/sa Mayor, de terna presentada por el/la director/a general del IPES, que será conformada con los representantes de: jóvenes entre los 18 y 26 años vulnerables económicamente con ocasión de emergencias comprobadas originadas por eventos naturales o antrópicos y que enfrentan serios problemas de generación de ingresos y exclusión social; la población adulta en edad productiva de 18 a 59 años vulnerable económicamente, la población LGBTI, personas en situación de discapacidad, población desplazada, minorías étnicas, elegidos democráticamente entre ellos, en asamblea general convocada por la entidad”

 

Que mediante oficio No. 10-816-2023-002149 del IP: radicado ante la Secretaría Jurídica Distrital bajo el No. 1-2023-14626, el director del Instituto para la Economía Social presentó las ternas de los grupos poblacionales señalados en los numerales 7, 8 y 9 del artículo 1 del Decreto 235 de 2021, con el fin de que se efectúe la respectiva designación de los miembros que harán parte de la junta directiva del IPES por parte de la alcaldesa mayor de Bogotá D.C.

 

Que adicionalmente, en la referida comunicación, se presentaron los informes y el acta de reunión relacionados con el proceso adelantado por la entidad, para la conformación de la terna para escoger al/la representante de los/as vendedores/as informales; así como al/la representante de las plazas distritales de mercado; y al/la representante de los grupos sociales atendidos por el IPES; que harán parte de la junta directiva del Instituto para la Economía Social.

 

Que para las representantes que serán designadas, se allegó debidamente suscrita por cada una de ellas, la manifestación de no hallarse incursas concretamente para el caso de la junta directiva del IPES, en causales de inhabilidades, incompatibilidades y/o conflictos de intereses, de las establecidas en la Constitución Política, la ley, así como los estatutos de la entidad y demás previstas en las normas sobre el particular, para ser designado, delegado y/o nombrado, y en virtud de ello actuar en la referida junta directiva.

 

Que así mismo por parte del IPES se allegaron las certificaciones respectivas de la inexistencia de antecedentes, inhabilidades o multas en las páginas web de la Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República, Personería de Bogotá, D.C., y la Policía Nacional, para cada una de las representantes que serán designadas mediante el presente Decreto.

 

Que por lo anterior se hace necesario efectuar la designación de los/as representantes a que se refieren los numerales 7, 8 y 9 del artículo 1 del Decreto 235 de 2021, en la junta directiva del Instituto para la Economía Social - IPES.

 

DECRETA:

 

Artículo 1.- Desígnese como miembros de la junta directiva del Instituto para la Economía Social - IPES, a las representantes a los que se refieren los numerales 7, 8 y 9 del artículo 1 del Decreto 235 de 2021, así:

 

- La señora Yolanda Isabel Escobar Sánchez, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.940.366, en representación de los/as vendedores/as informales de la ciudad.

 

- La señora María Consuelo Forero Leguizamón, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.950.414, en representación de los/as comerciantes de las plazas de mercado.

 

- La señora Isolina Díaz Silva, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.013.655, en representación de los grupos sociales atendidos por el IPES.

 

Artículo 2. Comuníquese el presente decreto a las representantes designadas en el artículo 1, por intermedio del Instituto para la Economía Social - IPES.

 

Artículo 3. El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESEY CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de septiembre del año 2023.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.