RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 277 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/09/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/09/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3170 de septiembre 3 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 277 DE 2004

(Septiembre 3)

Modificado por el Decreto Distrital 363 de 2004 , Modificado por el Decreto Distrital 364 de 2004 , Modificado por el Decreto Distrital 365 de 2004, Modificado por el Decreto Distrital 402 de 2004

«Por el cual se suspenden unas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2004".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 55 del Acuerdo 24 de 1995 y el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Acuerdo No. 102 del 26 de diciembre de 2003 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre de 2004, el cual fue liquidado según Decreto No. 524 de diciembre 31 de 2003.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto 714 de 1996 el Gobierno Distrital podrá reducir o aplazar total o parcialmente las apropiaciones presupuestales, cuando la Secretaría de Hacienda estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos.

Que en el Presupuesto de Ingresos de la Administración Central están incorporados $31.135 millones por concepto de Aportes al Fondo de Pensiones Públicas.

Que según oficio No. 2004IE14814 de la Subdirección de Obligaciones Pensionales se prevee un menor valor del recaudo a lo presupuestado por la Administración Distrital, por lo cual se hace necesario suspender dicho valor.

Que mediante el Acuerdo No. 119 de junio 3 de 2004, «el Concejo de Bogotá expidió el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2004 - 2008 «Bogotá sin Indiferencia. Un Compromiso Social, contra la Pobreza y la Exclusión».

Que mediante Resolución No. 0004 de junio 30 de 2004, el Fondo de Vigilancia y Seguridad realizó el proceso de armonización presupuestal con el fin de iniciar la ejecución del nuevo Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas 2004 - 2008 «Bogotá sin Indiferencia. Un Compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión».

Que de acuerdo con lo estipulado en el Decreto No. 197 de junio 29 de 2004 en el Fondo de Vigilancia y Seguridad, una vez se efectuara el proceso de armonización presupuestal nuevamente se suspenderían unas apropiaciones presupuestales, hasta tanto se tenga garantizado el ingreso de los recursos provenientes del Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo.

Que por lo anterior se hace necesario suspender la ejecución de algunas apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, hasta por la suma de sesenta y dos mil ciento treinta y cinco millones de pesos ($62.135.000.000).

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Suspender las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia de 2004 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111 SECRETARÍA DE HACIENDA

SUSPENSIÓN

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

31.000.000.000

3

GASTOS

31.000.000.000

3 3

INVERSIÓN

31.000.000.000

3 3 2

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

31.000.000.000

3 3 2 01

ESTABLECIMlENTOS PÚBLICOS

31.000.000.000

3 3 2 01 17

Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C.

31.000.000.000

111 SECRETARÍA DE HACIENDA

 

03

DIRECCIÓN DISTRITAL DE CRÉDITO PÚBLICO

31.135.000.000

3

GASTOS

31.135.000.000

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

31.135.000.000

3 1 3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

31.135.000.000

3 1 3 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

31.135.000.000

3 1 3 02 06

Fondo de Pensiones Públicas

31.135.000.000

TOTAL SUSPENSIÓN ADMINISTRACIÓN CENTRAL

62.135.000.000

PARÁGRAFO: La suspensión de las Transferencias para Inversión en la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere este artículo se reflejará en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la siguiente entidad distrital así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDOS ROTATORIOS

217

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ D.C.

31.000.000.000

3

GASTOS

31.000.000.000

3 3

INVERSIÓN

31.000.000.000

3 3 1

DIRECTA

31.000.000.000

3 3 1 12

«Bogotá Sin indiferencia. Un Compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión»

31.000.000.000

3 3 1 12 02

EJE URBANO REGIONAL

580.000.000

3 3 1 12 02 11

Hábitat desde los barrios y las UPZ

580.000.000

3 3 1 12 02 11 0264

Construcción y dotación de infraestructura para la Policía Metropolitana

580.000.000

3 3 1 12 03

EJE DE RECONCILIACIÓN

30.420.000.000

3 3 1 12 03 20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

30.420.000.000

3 3 1 12 03 20 6049

Adquisición y sostenibilidad de medios de transporte destinados a la prevención

7.000.000.000

3 3 1 12 03 20 6134

Mejoramiento de programas de vigilancia y comunicaciones para la Policía Metropolitana

23.420.000.000

ARTÍCULO 2o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los tres (3) días del mes de septiembre de dos mil cuatro (2004).

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

PEDRO A. RODRIGUEZ TOBO

Secretario de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3170 de septiembre 3 de 2004.