RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 365 de 2004 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/11/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/11/2004
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3217 de noviembre 11 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 365 DE 2004

(Noviembre 11)

Modificado por el Decreto Distrital 402 de 2004

"Por el cual se modifica el Decreto 277 del 2004 y se efectúa una reducción en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal 2004"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Artículo 64 del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital podrá sustituir rentas e ingresos de acuerdo con el comportamiento real del recaudo, así como la posibilidad de reducir, aplazar o suspender apropiaciones presupuestales o levantarlas cuando se cumpla con las condiciones establecidas en el Estatuto Orgánico de Presupuesto.

Que mediante el Acuerdo 102 del 26 de diciembre de 2003, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2004, el cual fue liquidado según Decreto 524 del 31 de diciembre de 2003.

Que en el Presupuesto de Ingresos de la Administración Central se incluyó la suma de $31.000 millones por concepto del Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo.

Que mediante el Acuerdo 129 del 5 de noviembre de 2004, el Concejo Distrital aprobó unas modificaciones al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del 2004, el cual fue liquidado según Decreto 362 del 9 de noviembre de 2004.

Que en el artículo 3º del Acuerdo 129, se realizó una modificación en el presupuesto de Gastos e inversiones de la Secretaría de Hacienda la cual permitió efectuar una modificación de fuentes en las Transferencias de inversión al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C por $7.000 millones.

Que en artículo 4º del Acuerdo 129, se hizo una sustitución de fuentes en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C, aumentando Ingresos Corrientes - Contribuciones en $1.235 millones y Recursos de Capital en $1.509 millones y disminuyendo Transferencias de la Administración Central en $2.744 millones.

Que los movimientos Presupuestales mencionados anteriormente y que estan señalados en el Acuerdo 129, permiten levantar parcialmente la suspensión de las apropiaciones de inversión, con el fin de posibilitar la ejecución de proyectos prioritarios para el Distrito.

Que por tanto, se hace necesario efectuar un recorte en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones en la Administración Central, en la Secretaría de Hacienda - Transferencias de Inversión al Fondo de Vigilancia de Bogotá, D.C.

En virtud de lo anterior,

DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Levantar la suspensión en la siguiente apropiación del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal de 2004 así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

 

3.3

GASTOS DE INVERSIÓN

9.744.162.868

3.3.2.

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

9.744.162.868

3.3.2.01.

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

9.744.162.868

3.3.2.01.17.

Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá, D.C

9.744.162.868

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

9.744.162.868

PARÁGRAFO: El levantamiento de la suspensión en las Transferencias para Inversión de la Secretaría de Hacienda a que se refiere el presente artículo, se reflejará en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la siguiente entidad distrital así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Y FONDO ROTATORIOS

217

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ, D.C

 

3

GASTOS

 

3.3.

INVERSIÓN

9.744.162.868

3.3.1.

DIRECTA

9.744.162.868

3.3.1.12.

BOGOTÁ Sin Indiferencia. Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

9.744.162.868

3.3.1.12.03

EJE DE RECONCILIACIÓN

9.744.162.868

3.3.1.12.03.20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

9.744.162.868

3.3.1.12.03.20.6049

Adquisición y sostenibilidad de medios de transporte destinados a la prevención

5.000.000.000

3.3.1.12.03.20.6134

Mejoramiento de programas de vigilancia y comunicaciones para la Policía Metropolitana

4.744.162.868

ARTÍCULO 2º- Redúzcase el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia Fiscal de 2004 en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y cuatro millones ciento sesenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho pesos ($9.744.162.868) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

INGRESOS ADICIONALES

9.744.162.868

2.5.

INGRESOS CORRIENTES

9.744.162.868

2.5.1.

TRIBUTARIOS

9.744.162.868

2.5.1.01.

Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo

9.744.162.868

ARTÍCULO 3.- Redúzcase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia Fiscal de 2004 en la suma de nueve mil setecientos cuarenta y cuatro millones ciento sesenta y dos mil ochocientos sesenta y ocho pesos ($9.744.162.868) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

 

3.3.

GASTOS DE INVERSIÓN

9.744.162.868

3.3.2.

TRANSFERENCIAS PARA INVERSIÓN

9.744.162.868

3.3.2.01.

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

9.744.162.868

3.3.2.01.17.

Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá , D.C

9.744.162.868

 

TOTAL RECORTE GASTOS E INVERSIONES

9.744.162.868

ARTÍCULO 4.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 11 días del mes de noviembre de 2004

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

LUIS EDUARDO GARZÓN

EL SECRETARIO DE HACIENDA,

PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO