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Ley 1970 de 2019 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
12/07/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/07/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

LEY 1970 DE 2019

 

(Julio 12)

 

Por medio de la cual se aprueba la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda.

 

EL CONGRESO DE COLOMBIA

 

VISTO EL TEXTO DE LA “ENMIENDA DE KIGALI AL PROTOCOLO DE MONTREAL”, ADOPTADA EL 15 DE OCTUBRE DE 2016, EN KIGALI, RUANDA.

 

Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del precitado instrumento internacional, certificada por la coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados y consta de cinco (5) folios.

 

El presente proyecto de ley consta de dieciséis (16) folios.

 

 RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO

 

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

 

Bogotá, D. C., 13 de marzo de 2018

 

Autorizado. Sométase a la consideración del Honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales.

 

(Fdo.) JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

La Ministra de Relaciones Exteriores,

 

(Fdo.) MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.

DECRETA:

 

Artículo 1o: Apruébese la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda.

 

Artículo 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7 de 1944 la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.

 

Artículo 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

 

El Presidente del Honorable Senado de la República

 

ERNESTO MACIAS TOVAR

 

El Secretario General del Honorable Senado de la República

 

GREGORIO ELJACH PACHECO

 

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes

 

ATILANO ALONSO GIRALDO ARBOLEDA

 

El Secretario General de la H. Cámara de representantes

 

JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO

 

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

 

COMUÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EJECÚTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2019.

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

(FDO.) IVÁN DUQUE MÁRQUEZ


El Ministro de Relaciones Exteriores,

 

CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCÍA.

 

La Ministra de Minas y Energía

 

MARÍA FERNANDA SUÁREZ LONDOÑO.

 

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

 

JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO.

 

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

 

RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN.

 

NOTA: Ver norma original en anexos

 

NOTA: Ver anexos