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LEY 1970 DE 2019
(Julio 12)
Por medio de la cual se aprueba la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
VISTO EL TEXTO DE LA “ENMIENDA DE KIGALI AL PROTOCOLO DE MONTREAL”, ADOPTADA EL 15 DE OCTUBRE DE 2016, EN KIGALI, RUANDA.
Se adjunta copia fiel y completa del texto en español del precitado instrumento internacional, certificada por la coordinadora del Grupo Interno de Trabajo de Tratados de la Dirección de Asuntos Jurídicos internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, documento que reposa en el Archivo del Grupo Interno de Trabajo de Tratados y consta de cinco (5) folios.
El presente proyecto de ley consta de dieciséis (16) folios.
RAMA EJECUTIVA DEL PODER PÚBLICO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Bogotá, D. C., 13 de marzo de 2018
Autorizado. Sométase a la consideración del Honorable Congreso de la República para los efectos constitucionales.
(Fdo.) JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Relaciones Exteriores,
(Fdo.) MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR. DECRETA:
Artículo 1o: Apruébese la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda.
Artículo 2o. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o de la Ley 7 de 1944 la “Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal”, adoptada el 15 de octubre de 2016, en Kigali, Ruanda, que por el artículo primero de esta ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto de la misma.
Artículo 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.
El Presidente del Honorable Senado de la República
ERNESTO MACIAS TOVAR
El Secretario General del Honorable Senado de la República
GREGORIO ELJACH PACHECO
El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes
ATILANO ALONSO GIRALDO ARBOLEDA
El Secretario General de la H. Cámara de representantes
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
COMUÍQUESE Y CÚMPLASE.
EJECÚTESE, previa revisión de la Corte Constitucional, conforme al artículo 241-10 de la Constitución Política.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2019.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
(FDO.) IVÁN DUQUE
MÁRQUEZ El Ministro de Relaciones Exteriores,
CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCÍA.
La Ministra de Minas y Energía
MARÍA FERNANDA SUÁREZ LONDOÑO.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
JOSÉ MANUEL RESTREPO ABONDANO.
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,
RICARDO JOSÉ LOZANO PICÓN.
NOTA: Ver norma original en anexos
NOTA: Ver anexos |