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Resolución 002 de 2023 Fiscalía General de la Nación

Fecha de Expedición:
21/09/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial 52525 del 21 de septiembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 002 DE 2023

 

(Septiembre 21)

 

Por la cual se da cumplimiento a una orden judicial proferida por la Corte Constitucional en la Sentencia T-064 de 2023, y se adopta el Plan de formación para la garantía de derechos de mujeres víctimas de violencia

 

El Director de Asuntos Jurídicos

 

en uso de las facultades establecidas en el numeral 18 del artículo 9° del Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el artículo 30 del Decreto Ley 898 de 2017, y especialmente aquellas delegadas mediante la Resolución número 0-0314 del 17 de febrero de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Ley 016 de 2014, modificado parcialmente por el Decreto Ley 898 de 2017, definió la estructura orgánica y funcional de la Fiscalía General de la Nación.

 

Que el numeral 2 del artículo 14C del Decreto Ley 016 de 2014, asignó a la Dirección de Altos Estudios la función de formular el plan institucional de capacitación y gestionarlo ante el Comité de Formación y Capacitación.

 

Que la Corte Constitucional mediante Sentencia T-064 de 2023, proferida por la Sala Octava de Revisión de tutelas, en el resuelve séptimo ordenó a la Fiscalía General de la Nación, lo siguiente:

 

“(…) que, en un plazo no superior a dos meses, forme al fiscal delegado en enfoque de género, y que, una vez cumplida esta orden, envíe un reporte de ello al (sic) la Corte Constitucional.

 

Adicionalmente, que ponga en marcha un plan de formación de sus funcionarios a efectos de garantizar que en las investigaciones en las que obren mujeres víctimas de violencia en el ámbito familiar:

 

a) Se asegure el goce efectivo de su derecho fundamental a vivir una vida libre de violencia de género en los ámbitos público y privado,

 

b) Acate los estándares internacionales sobre el deber estatal de diligencia en la prevención, investigación, sanción y reparación de la violencia,

 

c) Atienda las reglas jurisprudenciales sobre la administración de justicia con perspectiva de género, y

 

d) Establezca mecanismos de control que desestimulen la tolerancia estatal de las agresiones e impidan que los funcionarios ejerzan actos de violencia institucional en contra de las denunciantes”. (Énfasis fuera del texto original).

 

Que mediante Resolución número 0-0314 del 17 de febrero de 2021, el Fiscal General de la Nación delegó en el Director de Asuntos Jurídicos la facultad de cumplir las obligaciones no pecuniarias contenidas en providencias proferidas por despachos judiciales en contra de la Fiscalía General de la Nación y/o conciliaciones, para lo cual podrá presidir, coordinar y realizar todas las actuaciones necesarias con dicho propósito.

 

Que la Fiscalía General de la Nación se dará por notificada por conducta concluyente frente a la anterior decisión judicial, dado que revisado el buzón de notificaciones tutelas de la entidad, administrado por la Dirección de Asuntos Jurídicos no se advierte notificación formal de la orden precitada.

 

Que el día 22 de agosto de 2023, el Comité de Formación y Capacitación, en sesión virtual mediante comunicación simultánea y sucesiva, aprobó por unanimidad el Plan de formación para la garantía de derechos de mujeres víctimas de violencia, formulado y presentado por la Dirección de Altos Estudios.

 

Que en mérito de lo expuesto, este despacho:

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Dar cumplimiento a la orden judicial proferida por la Corte Constitucional en el numeral séptimo de la parte resolutiva de la Sentencia T-064 de 2023, y para el efecto, adoptar el Plan de formación para la garantía de derechos de mujeres víctimas de violencia de la Fiscalía General de la Nación, el cual fue formulado, presentado, y será ejecutado por la Dirección de Altos Estudios, siendo aprobado de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución y el cual hace parte integral del presente acto administrativo en siete (7) folios.

 

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 21 días del mes de septiembre del año 2023.

 

El Director de Asuntos Jurídicos

 

CARLOS ALBERTO SABOYÁ GONZÁLEZ


NOTA: VER ANEXOS.