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Resolución 015 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/11/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/11/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7856.5 del 14 de nociembre de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 015 DE 2023

 

(Noviembre 09)

 

Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 008 del 05 de mayo del 2023 que conformó el Consejo Distrital de Juventud de la ciudad de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia 2023

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 39, 40 y 57 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la participación de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud está prevista en el artículo 45 de la Constitución Política de Colombia.

 

Que, en cumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 45 de la Constitución Política, el Estado, mediante la Ley Estatutaria 1622 de 2013, "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil y se dictan otras disposiciones", modificada por la Ley 1885 de 2018, "Por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones", estableció el marco institucional para garantizar el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil.

 

Que, en el artículo 39 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013 se estableció la estructura y composición de los Consejos Distritales y Locales de Juventud.

 

Que, en el parágrafo I del artículo 35 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013, se estableció que los jóvenes delegados ante los Consejos Distritales, Departamentales y el Nacional de Juventud, tendrán un periodo de un año y podrán ser reelegidos por un solo periodo adicional.

 

Que, el artículo 40 ídem establece que los alcaldes de Distritos conformarán el Consejo Distrital de Juventud, a razón de un delegado por cada localidad o comuna, según corresponda.

 

Que, de acuerdo con la Resolución 008 de 2023, se conformó el Consejo Distrital de Juventud y que en desarrollo del parágrafo del artículo 35 de la Ley Estatutaria 1622 de 2013, los delegados ejercerán por el periodo de un año a partir de su nombramiento.

 

Que, DANIEL FELIPE ARGÜELLO VILLABONA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.026.301.286, no pudo asumir la delegación hecha por el Consejo Local de Juventud de Ciudad Bolívar, debido a dificultades de carácter personal, por lo que, en ejercicio de su autonomía, dicha instancia en sesión del 3 de julio de 2023 designó la representación en STEVEN ANDRÉS MILLÁN PRECIADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.000.349.782.

 

Que, el 29 de julio de 2023 el Consejo Local de Juventud de Kennedy declaró la vacancia de la designación efectuada como representante ante el Consejo Distrital de Juventud a la joven NASLY VANESSA BUSTAMANTE MARTÍNEZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.032.475.230 y designó al consejero Local de Juventud, CRISTIAN DAVID RINCÓN VILLAREAL, identificado con cédula de ciudadanía No. I .026.304.882 como representante ante la instancia distrital.

 

Que, en la Resolución 08 de mayo del 2023 el consejero ESTEBAN ALEJANDRO CEPEDA NIÑO quedó identificado erróneamente, la cédula de ciudadanía del mentado es 1.021.666.384.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 1 de la Resolución No. 008 del 5 de mayo de 2023, en lo que corresponde a las localidades de Kennedy Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar, el cual quedará así:

 

Localidad / Comunidad / Población

Nombres

Documento de

Identidad

Número de documento

Kennedy

Cristian David Rincón Villareal

Cédula de ciudadanía

1026304882

Rafael Uribe Uribe

Esteban Alejandro Cepeda Niño

Cédula de ciudadanía

1021666384

Ciudad Bolívar

Steven Andrés' Millán

Preciado

Cédula de ciudadanía

1000349782

 

Artículo 2.- Comuníquese el contenido de la presente Resolución a través de la Secretaría Distrital de Gobierno a los interesados.

 

Artículo 3.- La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el artículo 1 de la resolución 008 de 2023.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 09 días del mes de noviembre del año 2023.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

Nota. Ver norma original en Anexos.