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CIRCULAR 36 DE 2004 (Agosto 19)
Ver la Circular de la Secretaría General 74 de 2002 Resulta un tema de vital importancia para los intereses del Distrito Capital el cumplimiento de las sentencias judiciales, en virtud de lo cual este Despacho se permite hacer énfasis a los destinatarios de la presente, para que al interior de sus entidades se establezcan los mecanismos, procedimientos y controles necesarios a efecto de responder con eficiencia y eficacia al deber legal de acatar oportunamente las decisiones de las autoridades judiciales, estrictamente en los términos en que estas son proferidas, evitando la generación de intereses moratorios y su correspondiente pago. Considerando que la Administración Distrital ha dispuesto los recursos necesarios en los correspondientes rubros de "Sentencias Judiciales" de cada una de las entidades, se determina que las causas de demora que en el trámite de cumplimiento de sentencias puedan presentarse, son de carácter administrativo, razón por la cual es imprescindible que al interior de cada una de las entidades se haga un análisis de ellas y se adopten los correctivos a que haya lugar. Como una primera contribución en este esfuerzo, se relacionan en el anexo, las principales disposiciones legales que rigen la responsabilidad y constituyen el marco normativo sobre el particular, esperando les sea de utilidad en este propósito. Cordial saludo, ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General ANEXO A LA CIRCULAR 36 DE 2004 MARCO NORMATIVO RELACIONADO CON EL CUMPLIMIENTO DE SENTENCIAS JUDICIALES POR PARTE DE ENTIDADES ESTATALES
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