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Resolución 2367 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
23/12/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/01/2024
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52627 del 03 de enero de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2367 DE 2023

 

(Diciembre 23)

 

Por la cual se modifican los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico "Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el artículo 173 de la Ley 100 de 1993, el artículo 6 de la Ley 1438 de 2011, el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y en desarrollo de los literales b y c del artículo 5 y artículo 9 de la Ley 1751 de 2015 y el Decreto-Ley 4107 de 2011 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1751 de 2015 reguló el derecho fundamental a la salud como autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, compuesto por los elementos y principios de universalidad, pro homine, equidad, continuidad, oportunidad, prevalencia de los derechos, libre elección, sostenibilidad, solidaridad, eficiencia, interculturalidad, protección a los pueblos indígenas y protección a comunidades indígenas, Rrom y negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

 

Que el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 advierte que el derecho fundamental a la salud comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan. Este derecho incluye entre otros, la participación en la formulación de la política de salud, así como en los planes para su implementación, en los programas de promoción y prevención que sean establecidos, en los procesos de definición de prioridades de salud y en la evaluación de los resultados de las políticas de salud.

 

Que mediante la Resolución 1035 de 2022 se adoptó el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 con sus capítulos diferenciales: indígena para los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, población víctima de conflicto armado, el Pueblo Rrom y la población negra, afrocolombiana, raizal y palenquera.

 

Que, en el marco del desarrollo de la etapa de aprestamiento o preparación para la implementación del plan descrita en el artículo 2 de la Resolución 1035 de 2022, este Ministerio retomó los productos resultantes del contrato de consultoría MSPS-276-2022 desarrollado por la Universidad de los Andes, en los cuales se deja en evidencia que:

 

- Dentro de las barreras de la planeación estratégica, "las herramientas de planeación son insuficientes (Ruiz Gómez et al., 2022a), y existe una desarticulación entre los instrumentos de la política con el ciclo de planeación y ejecución de la administración pública en los tres niveles de gobierno (Ruiz Gómez et al., 2022b).. en ese sentido, se identificó como barrera en materia de formulación y posterior implementación del plan, lo relacionado con el lapso de tiempo entre la aprobación del Plan vigente y la regulación del mismo (Ruiz Gómez et al., 2022b)".

 

- Dentro de las entrevistas y los grupos focales realizados en el marco de la investigación cualitativa, "los participantes mencionaron otras barreras frente a la cadena de valor de los ejes estratégicos, los elementos orientadores y las metas. Los participantes indicaron que estas inconsistencias a lo largo de la cadena de valor limitaban el desarrollo de estrategias. Lo anterior, se relacionó con la falta de metas claramente definidas".

 

Que, teniendo en cuenta las anteriores observaciones y en aras de ser superadas para la implementación del PDSP 2022-2031, se requiere fortalecer la coherencia en términos de precisión del contenido de los ejes estratégicos y establecer de forma comprensible las acciones afirmativas y resultados esperados en su implementación tanto a nivel nacional como territorial.

 

Que el artículo 5 de la Resolución 1035 de 2022 establece que los capítulos diferenciales de los pueblos y comunidades indígenas, del pueblo Rrom y de la población víctima del conflicto armado, surtirán el proceso de armonización en el marco de los elementos estratégicos y operativos del Plan Decenal de Salud Pública 2022- 2031.

 

Que en el marco de la Subcomisión de salud de la mesa de concertación de los pueblos y organizaciones indígenas y en desarrollo de la ruta de armonización concertada con este Ministerio, se derivaron insumos para el proceso de ajuste para la implementación del PDSP 2022- 2031 dirigidos a estos pueblos y comunidades; lo anterior soportado, entre otras, mediante Acta 003 de 22 de diciembre de 2023, sesión 14 de 2023.

 

Que el pueblo Rrom y población víctima de conflicto armado surtieron el proceso de armonización en el marco de los elementos estratégicos y operativos para el ajuste a la implementación del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031.

 

Que, se hace necesaria la claridad en las indicaciones del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031, para su implementación en términos operativos, mediante la actualización y disposición de instrumentos y herramientas metodológicas aprehensibles, y concretas que permitan la definición de acciones que deben desarrollar los territorios, dirigidas a avanzar en la garantía del derecho a la salud de la población en general, incluyendo los enfoques interculturales y diferenciales establecidos normativamente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 1035 de 2022 en lo que refiere a los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico mediante la cual se adopta el Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031.

 

Artículo 2. Modifíquese el artículo 2 de la Resolución 1035 de 2022 el cual queda de la siguiente forma:

 

"Artículo 2. Implementación del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. El Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031 será implementado y ejecutado por los agentes que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud y de Protección Social, con énfasis en las entidades territoriales, las entidades promotoras de salud y entidades adaptadas, las instituciones prestadoras de servicios de salud, en coordinación con los demás actores y sectores que ejerzan acciones y funciones relacionadas con de los determinantes sociales de la salud, quienes concurrirán al desarrollo y cumplimiento de los objetivos, estrategias, metas y demás aspectos señalados en el mencionado Plan.

 

La implementación del Plan Decenal de Salud Pública 2022 - 2031 contemplará cinco (5) etapas:

 

1. Aprestamiento o preparación para la implementación: (Etapa surtida en el segundo semestre de 2022 y año 2023).

 

2. Inicio de la implementación operativa.

 

3. Implementación propiamente dicha

 

4. Evaluación del proceso de implementación.

 

5. Ajustes al proceso de implementación.

 

Los periodos de ejecución en los cuales se llevarán a cabo cada una de las etapas previamente mencionadas son:

 

Etapa de implementación

Acciones hito

Periodo de tiempo

Implementación

Formulación y aprobación en la instancia pertinente de los planes territoriales de salud departamentales, distritales y municipales de manera articulada con los planes de desarrollo.

Enero a mayo de 2024 en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de Planeación.

Implementación del marco estratégico (Ejes, estrategias y metas) del Plan de Decenal de Salud Pública.

2024 —2031

Evaluación

Evaluación del proceso de implementación y del resultado de las metas en el marco de los Ejes Estratégicos.

2025, 2027, 2029 y 2031

Ajustes a la resultados de la 2026, 2028 y implementación

Modificación de los elementos estratégicos y/o operativos que requieran ajuste según los Ajustes a la resultados de la evaluación mencionados en el hito anterior, en el marco de la implementación del Plan Decenal de Salud Pública.

2026, 2028 y 2023

 

 

Artículo 3. Modifíquese el artículo 3 de la Resolución 1035 de 2022, el cual queda de la siguiente forma:

 

"Artículo 3. Seguimiento y evaluación del Plan Decenal de Salud Pública 2022-2031. El Ministerio de Salud y Protección Social, realizará el seguimiento trimestral y anual de metas establecidas en el anexo técnico. Así mismo, evaluará el proceso de implementación del PDSP 2022-2031 en los años 2025, 2027, 2029 y 2031. Por su parte, las entidades territoriales realizarán el seguimiento y evaluación del Plan Territorial en Salud en su jurisdicción, de acuerdo con la metodología, condiciones y periodicidad definidas por el Ministerio de Salud y Protección Social."

 

Artículo 4. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica los artículos 1, 2 y 3 de la Resolución 1035 de 2022 y los capítulos 3, 4, 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del anexo técnico "Plan Decenal de Salud Pública 2022- 2031".

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2023.

 

RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA

 

Ministro de Salud y Protección Social (E)


Nota: Ver norma original y anexo en Anexos.