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Jurídica Distrital

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Circular 005 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
25/01/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 005 DE 2024

 

(Enero 25)

 

Para: Jefe jurídico de las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades entre Entidades Públicas, Empresas de Servicios Públicos Distritales, Empresas Sociales del Distrito, Ente Universitario Autónomo, Alcaldías locales

 

De: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL

 

Asunto: PRESENTACIÓN PLAN ANUAL DE ACCIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO PUBLICO 2024

 

Radicado No. 2-2024-1003

 

La Secretaría Jurídica Distrital en su calidad de ente rector de todos los asuntos jurídicos del Distrito y en aplicación de lo estipulado en el numeral 6 del artículo 21 del Decreto Distrital 556 de 2021, en donde se establece que corresponde a esta Secretaría “Elaborar los instrumentos necesarios para la implementación, seguimiento y evaluación del Plan Maestro de Acciones Judiciales”, emite las siguientes directrices para presentación del Plan Anual Para la Recuperación del Patrimonio Público en la vigencia 2024.


-       Presentación: En virtud de lo establecido en el numeral 6 del artículo 19 del Decreto Distrital 556 de 2021, las oficinas jurídicas de las entidades y organismos distritales deben realizar el Plan Anual de Acción para la Recuperación del Patrimonio Público, para lo cual se suministra la siguiente matriz que hará las veces de dicho plan. Matriz que deberá ser diligenciada indicando las actividades priorizadas y presentarlo para aprobación del Comité de Conciliación.


-       Aprobación: El Comité de Conciliación debe aprobar el plan, de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 20, del Decreto Distrital 556 de 2021 a más tardar el 28 de febrero de 2024.


-       Reporte: La información deberá ser reportada a la Secretaría Jurídica Distrital a más tardar el 5 de marzo de 2024, únicamente a través del siguiente enlace:


https://docs.google.com/forms/d/10NJDBqje0ERrnDK80vK1lCzFq2JWsr8Bc6m9RXlb_ko/viewform?edit_requested=true


-       La matriz puede ser descargada en la última parte del formulario de Google o través del QR que se encuentra a continuación:

 

 

 

La matriz no debe diligenciarse línea, debe diligenciarse previamente y adjuntarse cuando se esté llenando el formulario. Adicionalmente y con el fin de resolver dudas y brindar orientación adicional, se realizará una jornada de socialización el 15 de febrero a las 9 am, a la cual podrá acceder a través del enlace de videollamada que se indica a continuación:

 

Enlace de la videollamada: https://meet.google.com/fvg-gidu-uis

 

Cordialmente,

 

IVÁN DAVID MÁRQUEZ CASTELBLANCO

Secretario Jurídico Distrital (E)

 

Proyectó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo - Directora Distrital de Gestión Judicial

Revisó: Luz Elena Rodríguez Quimbayo - Directora Distrital de Gestión Judicial

Rubén Darío Gallego González Asesor (e) Subsecretaria Jurídica Distrital

Aprobó: Iván David Márquez Castelblanco - Subsecretario Jurídico Distrital

 

Nota: Ver norma original en Anexos.