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Circular 018 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
27/03/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 018 DE 2024

 

(Marzo 27)

 

PARA: SUBSECRETARIOS/AS, DIRECTORES/AS, JEFES/AS DE LAS OFICINAS JURÍDICAS DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO, DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

 

DE: SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL      

 

ASUNTO: Manifestación del compromiso sobre la política de cumplimiento normativo. Decreto Distrital 610 de 2022


RADICADO EXTERNO NO. 2-2024-3867

 

El Decreto Distrital 610 de 2022, adoptó el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción -MGJA- para el distrito capital, como un instrumento de gerencia pública, para la coordinación integral en materia administrativa, disciplinaria y penal, con el objeto de prevenir y corregir actos de corrupción, disponiendo de medidas ágiles para su detección.

 

En consonancia con lo anterior, el artículo 2 del decreto en mención estableció la necesidad de implementación de este instrumento por las entidades y organismos distritales las cuales deberán integrar dicha herramienta de manera complementaria a las políticas, instrumentos y estrategias de trasparencia, integridad y no tolerancia con la corrupción que tengan implementadas. Para el caso del sector descentralizado el MGJA será incorporado de acuerdo con sus dinámicas propias y su nivel de autonomía.

                                         

El citado modelo contiene 6 componentes, y entre ellos, se encuentra la política de cumplimiento normativo, la cual se encuentra descrita en el artículo 9 del Decreto Distrital 610 de 2022 en los siguientes términos:

 

“Artículo 9º.- Política de cumplimiento Normativo. La política de cumplimiento normativo consiste en la manifestación expresa y solemne que deberá realizar cada integrante de la alta dirección o de los órganos de gobierno de cada entidad sobre su compromiso irrestricto y convicción permanente de cumplir todas las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción administrativa y en especial observar un comportamiento coherente con los máximos principios éticos del buen servicio público. 

 

Como consecuencia de este compromiso, las entidades distritales deberán adoptar todas las medidas administrativas que sean necesarias para el desarrollo e implementación del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción - MGJA. 

 

Parágrafo. Cada entidad deberá publicar en su página web una copia de los documentos en los que conste la manifestación de compromiso sobre la política de cumplimiento en la que se evidencien las firmas de los integrantes. Igualmente, deberá ser actualizado cuando se vinculen nuevos integrantes de la alta dirección o de los órganos de gobierno”.

 

Quiere decir lo anterior, que la Política de Cumplimiento Normativo, consiste en la manifestación del compromiso de la alta dirección o alto gobierno de la entidades y organismos distritales de trabajar arduamente por el fortalecimiento de la ética de la virtud, la cultura de la legalidad, la prevención y sanción de acciones que sean contrarias a los fines de la función pública y el interés general. Igualmente, de someterse al compromiso irrestricto con el cumplimiento de las normas jurídicas de integridad, transparencia y lucha contra la corrupción.

 

La manifestación expresa por los miembros del alto gobierno deberá publicarse en la página web de cada entidad y organismos distritales, en la cual, por lo menos se incorporen los siguientes compromisos de conformidad con la cartilla para la implementación del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción MGJA[1]:

 

“(…)

 

1. La responsabilidad de difundir entre todos/as los/as servidores/as colaboradores/as de la entidad esta política, las normas que la rigen y los estándares de cumplimiento, así como promover la mitigación de los riesgos asociados a las actividades que desarrolla.

 

2. El compromiso de adoptar y ejecutar las medidas necesarias para fortalecer la cultura de legalidad y el cumplimiento del Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción.

 

3. La obligación de adoptar las herramientas necesarias para minimizar la ocurrencia de conductas con incidencia penal o disciplinaria asociadas con la corrupción.

 

4. El deber de implementar de las acciones tendientes a la no repetición de dichas conductas.

 

5. El empeño por la promoción y la difusión al interior de la entidad y el control social para la participación y seguimiento a los recursos públicos y hechos o conductas asociadas con posibles actos de corrupción”.

 

Por lo antes expuesto, las entidades del orden distrital deberán realizar las acciones pertinentes para acatar los lineamientos impartidos en la presente circular, con el propósito de garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Distrital 610 de 2022, publicando la manifestación sobre su compromiso para con la política de cumplimiento normativo adoptada dentro del MGJA, y atendiendo lo prescrito en la cartilla para la implementación del MGJA.

 

Cordialmente,

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

Secretario Jurídico Distrital

 

Proyectó: Alma Ramos María. Profesional Especializada – Dirección Distrital de Política

Revisó:  Andrés Felipe Cortés Restrepo – Director Distrital de Política Jurídica

Rubén Darío Gallego González. Profesional Especializado - Subsecretaría Jurídica Distrital

Vivieth Mamian Ramos. Asesora de Despacho. Secretaría Jurídica Distrital

Aprobó:    Zulma Rojas Suárez. Subsecretaria Jurídica Distrital(E)

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTA AL PIE DE PAGINA: