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Resolución 224 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
23/04/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/04/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7998 del 29 de abril del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 224 DE 2024

 

(Abril 23)

 

Por la cual se conforma el Comité de Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2024 - 2026

 

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por en el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2015, el artículo 25 del Decreto Nacional 614 de 1984, los artículos 1 y 5 de la resolución 2013 de 1986 del Ministerio del Trabajo y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el numeral 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016 establece dentro de las funciones del despacho de la Secretaría Jurídica Distrital, la de expedir los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y el desarrollo de los procesos establecidos para la entidad.

 

Que, el artículo 25 del Decreto Nacional 614 de 1984, establece la obligación para todas las empresas e instituciones públicas o privadas, de constituir un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes por parte de los empleadores y de los trabajadores/colaboradores.

 

Que, el artículo 1 de la Resolución 2013 de 1986, del Ministerio Trabajo y Seguridad Social establece que: 

 

“Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se reglamenta y con la presente Resolución.”

 

Que, el artículo 2 ídem, dispone que cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, así: De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes; de 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes; de 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes; de 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.

 

Que el artículo 5 ídem establece que el empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre.


Que a través del artículo 63 del Decreto Ley 1295 de 1994, se cambia la denominación de Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, por Comité Paritario de Salud Ocupacional, además de establecer que el periodo de los miembros del comité será de dos (2) años.

 

Que, el parágrafo 2 del artículo 2 del Decreto Nacional 1443 de 2014, establece que el Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO -, en adelante se denominara Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST.

 

Que, de acuerdo con el número de cargos de la planta de personal prevista para la Secretaría Jurídica Distrital en el Decreto Distrital 324 de 2016 y conforme lo establece el artículo 2 de la Resolución 2013 de 1986, el Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de esta entidad, deberá estar conformado por dos (2) representantes principales y dos (2) suplentes, tanto del empleador como de los trabajadores.

 

Que, con la Resolución 122 de 2017 se creó y reglamento el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital y mediante la Resolución 163 de 2019, se determinó su conformación para la vigencia 2019 -2021.

 

Que, mediante Circular No. 11 del 19 de febrero de 2024, la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital convocó a elección de los representantes de los trabajadores (titulares y suplentes) para la conformación del Comité́ Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para la vigencia 2022-2024.

 

Que mediante Circular 012 de 2024 radicada con memorando 3-2024-1845 del 05 de marzo de 2024, la Dirección de Gestión Corporativa dio alcance a la Circular 011 de 2024 y modificó los puntos 6 a 9 de la citada circular.

 

Que realizado el escrutinio de las votaciones realizadas el día 08 de marzo de 2024, se obtuvo el siguiente resultado:

 

Candidato

Número de votos

%

CHEILA ALEXANDRA ALVARADO ROJAS

31

27,68%

BRICEIDA ALVARADO ROJAS

22

19,64%

WALTER OSPINA ZAPATA

13

11,61%

AZULA URIBE CABALLERO

12

10,71%

PEDRO ALFONSO MEJIA SIERRA

11

9,82%

YOMAIRA AMPARO ALARCON ACERO

10

8,93%

CARMEN ALICIA FORERO FORERO

9

8,04%

VOTO EN BLANCO

4

3,57%

TOTAL

112

100%

 

Que Mediante memorando 3-2024-2057 del 11 de marzo de 2024, la Dirección de Gestión Corporativa comunico los resultados de los escrutinios a todas las dependencias de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Que, mediante memorando 3-2024-3113 del 16 de abril de 2024, el Despacho de la Secretaría Jurídica Distrital designó a ANYELA VIVIETH MAMIAN RAMOS como representante titular y Presidente y a MARÍA TATIANA MEJÍA ROJAS como representante titular por la Administración (empleador) y a CAMILO ANDRES PEÑA CARBONEL y a RICARDO DANIEL ÁLVAREZ MORALES como representantes suplentes en el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST para el periodo 2024 - 2026.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. - Conformación. Conformar el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo -COPASST de la Secretaría Jurídica Distrital para el periodo 2024-2026 así: 

 

REPRESENTANTES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA 

 

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST)

PRINCIPALES

NOMBRE

CEDULA

CARGO

DEPENDENCIA

ANYELA VIVIETH MAMIAN RAMOS (Presidenta)

1075210390

Asesor, Código 105, Grado 05

Despacho Secretaria Jurídica

MARÍA TATIANA MEJÍA ROJAS

1121857540

Asesor, Código 105, Grado 05

Despacho Secretaria Jurídica

SUPLENTES

NOMBRE

CEDULA

CARGO

DEPENDENCIA

RICARDO DANIEL ÁLVAREZ MORALES

1010181160

Asesor, Código 105, Grado 05

Despacho Secretaria Jurídica

CAMILO ANDRES PEÑA CARBONEL

80767640

Director, Oficina Asesora

Oficina Asesora De Planeación

 

REPRESENTANTES DE LOS EMPLEADOS

          

Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST)

PRINCIPALES

NOMBRE

CEDULA

CARGO

DEPENDENCIA

CHEILA ALEXANDRA ALVARADO ROJAS

52.337438

Profesional universitario, código 219, grado 18.

Dirección de Gestión Corporativa

BRICEIDA ALVARADO ROJAS

60.348.229

Profesional universitario, código 219, grado18.

Dirección de Gestión Corporativa

SUPLENTES

NOMBRE

CEDULA

CARGO

DEPENDENCIA

WALTER OSPINA ZAPATA

79.431.243

Auxiliar administrativo, código 407, grado 27.

Dirección de Gestión Corporativa

AZULA URIBE CABALLERO

51.961.579

Técnico operativo, código 314, grado 20.

Dirección de Gestión Corporativa

 

Artículo .- Reglamentación: La reglamentación y demás disposiciones para el correcto funcionamiento del presente comité corresponden a las descritas en la Resolución 122 del 28 de julio de 2017 de la Secretaría Jurídica Distrital.

 

Artículo 3º.- Comunicación. Comunicar a los servidores relacionados en el artículo 1 de la presente Resolución y a los demás servidores de la Secretaría Jurídica Distrital, el contenido de la presente Resolución a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la misma.

 

Artículo .- Vigencia y derogatoria. La presente rige a partir de su publicación y deroga la Resolución 163 de 2019 y 082 de 2022 y las demás que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de abril del año 2024.

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL

 

Nota: Ver norma original en Anexos.