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Decreto 154 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
02/05/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/05/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8004 de 02 de mayo de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 154 DE 2024

 

(Mayo 02)

 

Por medio del cual se determina la integración del Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el articulo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, señaló que los miembros de las juntas directivas de las entidades descentralizadas del Distrito, con excepción de las empresas distritales de servicios públicos domiciliarios, serán designados libremente por el Alcalde Mayor.

 

Que el artículo 7 del Acuerdo 003 de 2008 determina la composición del Consejo Directivo así: "El Consejo Directivo de La Caja de la Vivienda Popular estará integrada por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, quien la presidirá y cinco (5) miembros designados libremente por el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., de conformidad con lo previsto por el inciso 2° del artículo 56 del Decreto 1421 de 1993".

 

Que de acuerdo con el artículo del Decreto Distrital 537 de 2016 “Por medio del cual se determina la integración del Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular”, entre los miembros actuales de dicho Consejo Directivo se encuentra el (la) Subsecretario (a) Técnico (a) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor. Que el Decreto Distrital 140 de 2021 modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, suprimiéndose la Subsecretaría Técnica y creándose la Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional, por lo que es este cargo el que tiene asiento en el Consejo Directivo en mención.

 

Que se hace necesario modificar la conformación del Consejo Directivo de la Caja de Vivienda Popular y designar a el/la Subsecretario/a de Planeación y Política de la Secretaría Distrital del Hábitat, en reemplazo del/la Subsecretario/a Distrital de Fortalecimiento Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CAJA DE VIVIENDA POPULAR. El Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular, estará conformado por los siguientes miembros:

 

a. El/la Alcalde/sa Mayor o su delegado/a que será el/la Secretario/a Distrital del Hábitat, cabeza del sector H'abitat.

 

b. El/la Gerente General de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano.

 

c. El/la Director/a General del Instituto Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático.

 

d. El/la Secretario/a Distrital de Planeación o su delegado/a.

 

e. El/la Subdirector/a de Gestión Judicial de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

f. Ella Subsecretario/a de Planeación y Política de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Parágrafo 1°: El/la director/a General de la Caja de la Vivienda Popular asistirá a las sesiones del Consejo Directivo con voz pero sin voto.

 

Artículo 2°. Comunicar el contenido del presente Decreto a los funcionarios descritos en el artículo anterior, a través de la dirección general de la Caja de Vivienda Popular.

 

Artículo 2°. (sic) El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y deroga el Decreto Distrital 537 de 2016.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de mayo del año 2024.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.