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DECRETO 442 DE 2004 (Diciembre 30) "Por el cual se determina para el año gravable 2005 la base gravable mínima del impuesto predial unificado de los predios a los cuales no se les ha fijado avalúo catastral" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En uso de las facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 38, numerales 4 y 14, y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el parágrafo primero del artículo 1 del Acuerdo Distrital 76 de 2002. DECRETA ARTÍCULO PRIMERO .- La base gravable mínima que regirá para el año 2005 conforme a lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 1 del Acuerdo 76 de 2002 "Por el cual se determina para el año gravable 2003 la base gravable mínima del impuesto predial unificado de los predios a los cuales no se les ha fijado avalúo catastral" serán los valores por metro cuadrado contenidos en la siguiente tabla:
ARTÍCULO SEGUNDO .- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los veintiocho (28) días del mes de diciembre de 2.004 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda |