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Decreto 119 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/04/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 119 DE 2005

(Abril 15)

Derogado por el art. 29, Decreto Distrital 94 de 2006

Modificado parcialmente por los Decretos Distritales 203 y 214 de 2005  

"Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 331 de 2003 y se trasladan unas funciones y se dictan otras disposiciones"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 6 inciso 2° del artículo 38, y artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 331 de 2003 se adoptó la estructura interna de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.

Que el artículo 26 del citado decreto, determina las funciones que debe cumplir la Subdirección de Gestión Judicial de la Dirección Jurídica Distrital.

Que el artículo 27 ibídem, determina las funciones que debe cumplir la Subdirección de Estudios de la Dirección Jurídica Distrital.

Que para el cumplimiento de las funciones asignadas en los literales c y d del artículo 27 citado, se requieren los sistemas de información del área jurídica, a saber "Régimen Legal" y "Sistema de Información de Procesos Judiciales ¿ SIPROJ", éste último alimentado con base en la información originada o administrada por la Subdirección de Gestión Judicial.

Que se hace necesario integrar los sistemas citados para lograr el fortalecimiento de los mismos, como la complementación de la información y la optimización de la gestión administrativa.

Que en consecuencia resulta pertinente por razones del buen servicio, trasladar las funciones previstas en los literales c y d del artículo 27 del Decreto 331 de 2003, de la Subdirección de Estudios a la Subdirección de Gestión Judicial.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO  1°. El artículo 26 del Decreto Distrital 331 de 2003, quedará así:

"Artículo 26º. Subdirección de Gestión Judicial. Son funciones de la Subdirección de Gestión Judicial, las siguientes:

a. Ejercer la defensa judicial de la Secretaría General y de las demás entidades del sector central de la Administración Distrital, de conformidad con las reglas que para el efecto determine el Alcalde Mayor;

b. Apoyar, coordinar y orientar a los organismos y entidades distritales que representan los intereses del Distrito Capital en materia judicial;

c. Realizar el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento de los fallos de las autoridades judiciales;

d. Sugerir, en coordinación con la Subdirección de Estudios, la adopción de políticas y la preparación de instructivos necesarios para orientar a las diferentes entidades con el fin de diseñar la estrategia adecuada de defensa.

e. Adelantar la selección, compilación, sistematización, actualización, publicación y difusión de la información normativa, jurisprudencial y doctrinal relacionada con los temas propios de las diferentes entidades del Distrito Capital a través de los sistemas informáticos que utilice la Dirección Jurídica Distrital.

f. Mantener, actualizar, administrar y procurar el mejoramiento de los sistemas de información normativa, jurisprudencial y doctrinal que utilice la Dirección Jurídica Distrital, actualizar el Boletín Jurídico Virtual y las publicaciones virtuales que se propongan para garantizar el acceso a la referida información, por parte de los servidores públicos distritales y ciudadanos en general."

ARTÍCULO  2°. El artículo 27 del Decreto Distrital 331 de 2003, quedará así:

"Artículo 27º. Subdirección de Estudios. Son funciones de la Subdirección de Estudios, las siguientes:

a. Adelantar las investigaciones, estudios y análisis jurídicos sobre áreas o temas de interés para el Distrito Capital, llevando a cabo la revisión de la normatividad, doctrina y jurisprudencia existente en relación con éstos, a fin de formular los diagnósticos y recomendaciones que sean del caso.

b. Realizar el análisis de las decisiones judiciales que se profieran en procesos en los que las entidades distritales sean parte, para establecer el balance de la gestión judicial de éstas y formular las recomendaciones tendientes a fortalecer su defensa judicial y la prevención del daño antijurídico.

c. Coordinar, de acuerdo con los lineamientos que señale el Comité de Estudios, la publicación impresa de los estudios, investigaciones jurídicas o documentos jurídicos elaborados por la Subdirección u otras dependencias de la Secretaría General, y/o procurar la divulgación de los mismos, o de los allegados por otras entidades públicas para divulgación virtual por parte de la Subdirección de Gestión Judicial, para su conocimiento por parte de los servidores públicos distritales y de la ciudadanía en general.

ARTICULO 3°. El traslado de funciones previsto en el artículo primero del presente decreto conlleva el traslado del personal que desarrolla las citadas funciones de la Subdirección de Estudios a la Subdirección de Gestión Judicial, y demás medidas administrativas inherentes al mismo.

ARTICULO 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 26 y 27 del Decreto Distrital 331 de 2003.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D .C., a los 15 días del mes de abril de 2005

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General