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Decreto 28 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/01/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/01/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3481 de enero 31 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 028 DE 2006

(Enero 31)

Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 400 de octubre 31 de 2005

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 2 del artículo 315 de la Constitución Política, la Ley 4ª de 1991, Ley 124 de 1994, artículos 35 y 38 numeral 2º del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el Código Nacional de Policía, y

CONSIDERANDO

Que según información de la Policía, se ha podido establecer que en el periodo de Enero a Septiembre de 2005 en el horario de 10:00 a 6:00 a.m., se presentaron 106 Homicidios que representan el 42.3% del total, la mayoría de los cuales fueron por riñas y circunstancias asociadas al consumo de alcohol ocasionando el mayor número de lesionados y homicidios, por lo cual se hace necesario tomar medidas preventivas que permitan disminuir dichos delitos.

Que la medida adoptada por el término de tres (3) meses mediante el decreto número 400 del 31 de Octubre de 2005, ha arrojado excelentes resultados disminuyendo notoriamente lo índices de criminalidad en esta localidad, como se puede observar en el cuadro comparativo del SUIVD, con una variación de menos 15.9% de homicidios en el trimestre comprendido entre el mes de noviembre ¿ diciembre de 2005 y enero de 2006, con el mismo trimestre del año inmediatamente anterior.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO ÚNICO: Prorróguese la vigencia del Decreto 400 de octubre 31 de 2005 "Por el cual se adoptan medidas para preservar el orden público y proteger la convivencia en la Localidad de Ciudad Bolívar.", por término indefinido.

Dado en Bogotá, D.C. a los 31 días de enero de 2006

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO

Secretario de Gobierno