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Decreto 173 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/05/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/05/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 173 DE 2026

 

(Mayo 15)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país a la Secretaria Distrital del Hábitat y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3" Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

Que el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de "ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento".

 

Que el señor Washington Fajardo, Coordinador del Laboratorio de Ciudades del Banco Interamericano de Desarrollo, extendió invitación a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat, para asistir y participar en la décimo tercera edición del "Foro Urbano Mundial (WUF13)", que se llevará a cabo del 17 al 22 de mayo de 2026, en la ciudad de Bakú, República de Azerbaiyán.

 

Que, mediante oficio con radicado No. 1-2026-18963 del 7 de mayo de 2026 y correo electrónico del 13 de mayo de 2026, la Secretaría Distrital del Hábitat solicitó el otorgamiento de una comisión de servicios al exterior a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, desde la 1:00 p.m. del 17 de mayo y hasta las 3:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, con el fin de asistir y participar en el mencionado evento, así como realizar el encargo correspondiente.

 

Que el evento denominado Foro Urbano Mundial (WUF13) constituye el principal escenario global en materia de urbanismo sostenible, convocado por ONU-Hábitat, y reúne a gobiernos, organismos multilaterales, sector privado, academia y sociedad civil con el propósito de debatir y construir soluciones frente a los desafíos del desarrollo urbano sostenible. En esta edición, bajo el lema "Garantizar vivienda para el mundo: ciudades y comunidades seguras y resilientes", se abordarán temas estratégicos como la vivienda digna, la resiliencia climática, la planificación inclusiva y la equidad urbana. En este contexto, la participación de Bogotá representa una oportunidad estratégica para posicionar a la ciudad como referente internacional en materia de transformación urbana, políticas de vivienda y modelos de desarrollo sostenible, así como para fortalecer alianzas estratégicas, intercambiar conocimiento y promover la atracción de inversión y cooperación internacional orientadas a proyectos de alto impacto.

 

Que, en ese marco, el referido evento constituye un espacio global de alto nivel para el intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas sobre el futuro de las ciudades. Durante su desarrollo, la Secretaría Distrital del Hábitat tendrá un rol protagónico en diversos espacios estratégicos, entre ellos, la participación como líder de una sesión oficial seleccionada por ONU-Hábitat sobre el programa "Mi Casa en Bogotá", así como su intervención en por lo menos cinco (5) sesiones adicionales organizadas por entidades, como C40, Metrópolis, el BID y ONU-Hábitat; especialmente participará como panelista en las sesiones: "Acelerador de Planificación Urbana C40 y ONU-Hábitat", "Barrios Verdes y Saludables: un diálogo Sur-Sur sobre revitalización urbana en ciudades latinoamericanas y africanas" y "La Vivienda como Motor de Transformación Socioeconómica Mi Casa en Bogotá". Dicha participación estará orientada a presentar las experiencias de Bogotá como referente de buena práctica internacional, consolidar alianzas estratégicas e identificar oportunidades de cooperación e inversión que contribuyan al desarrollo de proyectos de alto impacto para la ciudad y se logrará visibilizar enfoques innovadores en la articulación de instrumentos financieros, gestión del suelo y acompañamiento social, posicionando a la ciudad como referente en la implementación de soluciones habitacionales con impacto estructural.

 

Que la asistencia y participación de la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL se consideran procedentes, toda vez que guardan relación directa con las funciones propias del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, establecidas en la Resolución No. 1134 de 2025, "Por el cual se establece el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital del Hábitat". Dentro de dichas funciones se encuentran, entre otras: "2. Asesorar al Alcalde (sa) Mayor en la adopción de políticas, planes y programas relacionados con el mejoramiento, la construcción y la producción del hábitat digno en el marco del equilibrio territorial y ambiental de la ciudad"; "9. Dirigir el desarrollo y realización de las funciones técnicas y administrativas de la entidad, orientando sus planes y políticas para el debido cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, en el marco de los principios de racionalización del gasto"; y "16. Promover y desarrollar los lineamientos ambientales determinados por el ordenamiento jurídico en lo relacionado con el uso del suelo". Así mismo, su participación en el referido evento le permitirá fortalecer el intercambio técnico y la interlocución estratégica con actores clave del ámbito internacional, así como contribuir al posicionamiento de las políticas públicas del Distrito en materia de hábitat y desarrollo urbano sostenible. De igual manera, su participación facilitará la identificación y gestión de oportunidades de cooperación, así como la atracción de inversión para el desarrollo de proyectos prioritarios para la ciudad.

 

Que, mediante correo electrónico del 7 de mayo de 2026, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la participación de la Secretaria Distrital del Hábitat, en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

Que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), cubrirá los gastos correspondientes a tiquetes aéreos, alojamiento, alimentación y transporte local, es decir, todo lo necesario para llevar a cabo la comisión de servicios al exterior del país.

 

Que el Ministerio del Interior, a través de la Resolución No. 0808 del 12 de mayo de 2026, autorizó a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, a aceptar los gastos referidos.

 

Que con el propósito de que la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL asista y participe en el mencionado evento, se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país desde la 1:00 p.m. del 17 de mayo y hasta las 3:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

Que, durante el término de la comisión, la comisionada tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)."

 

Que, de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat, para garantizar la continua prestación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Que la Directora Administrativa de la Secretaría Distrital del Hábitat, Marcela del Pilar Medina Sánchez, certificó que el servidor público CARLOS ANDRÉS DANIELS JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.171.811, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia, y Control de Vivienda de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, desde la 1:00 p.m. del 17 de mayo y hasta las 3:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, a la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.331.161, Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital del Hábitat, para asistir y participar en la décimo tercera edición del "Foro Urbano Mundial (WUF13)", que se llevará a cabo del 17 al 22 de mayo de 2026, en la ciudad de Bakú, República de Azerbaiyán.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, la servidora pública VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, la comisionada deberá presentar ante este Despacho con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

ARTÍCULO 2º-: Encargar a partir de la 1:00 p.m. del 17 de mayo y hasta las 3:00 p.m. del 23 de mayo de 2026, al servidor público CARLOS ANDRÉS DANIELS JARAMILLO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.171.811, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia, y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat, de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad.

 

ARTÍCULO 3º-: Comunicar a los servidores públicos VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL y CARLOS ANDRÉS DANIELS JARAMILLO, a la Secretaría Distrital del Hábitat, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

VANESSA ALEXANDRA VELASCO BERNAL

vanessa.velasco@habitatbogota.gov.co

2

CARLOS ANDRÉS DANIELS JARAMILLO

Carlos.daniels@habitatbogota.gov.co

 

ARTÍCULO 4º-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de mayo del año 2026.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.