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Decreto 266 de 2026 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/07/2026
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/07/2026
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 266 DE 2026

 

(Julio 08)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país al Secretario Distrital de Salud y se efectúa un encargo

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, y

 

CONSIDERANDO:

 

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, entre las cuales se encuentra: "3" Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."

 

A su vez, el artículo 2.2.5.5.25 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que se podrán conceder comisiones de servicio al interior o al exterior del país con el propósito de "...ejercer las funciones propias del empleo en un lugar diferente al de la sede del cargo, cumplir misiones especiales conferidas por los superiores, asistir a reuniones, conferencias o seminarios, realizar visitas de observación que interesen a la administración y que se relacionen con el ramo en que presta sus servicios el empleado. Esta comisión hace parte de los deberes de todo empleado, por tanto, no puede, rehusarse a su cumplimiento".

 

En tal sentido el Gerente de la sociedad BogotáBio, Leonardo Arregocés Castillo, extendió invitación, al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud, para que participe en una visita técnica orientada al conocimiento de capacidades instaladas; al desarrollo de reuniones de trabajo; al intercambio especializado en manufactura de vacunas, transferencia tecnológica y articulación con proveedores estratégicos en una reunión formal con la alta directiva de SINOVAC; a una sesión presencial extraordinaria de la Asamblea y de la Junta Directiva de BogotáBio, así como visitas y recorridos a las plantas de producción biotecnológica ubicadas en Beijing y Dalian, en la República Popular China del 13 al 17 de julio de 2026.

 

Por ello, la Secretaría Distrital de Salud mediante oficio radicado con No. 1-2026-26997 del 26 de junio de 2026 y correo electrónico del 1 de julio de 2026, solicitó se le conceda comisión de servicios al exterior del país al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, del 9 al 20 de julio de 2026, para asistir y participar en el mencionado evento.

 

La agenda propuesta se articula con las apuestas estratégicas del Distrito en materia de seguridad sanitaria e innovación en salud, en concordancia con los lineamientos del Plan Distrital de Desarrollo "Bogotá Camina Segura", al contribuir al fortalecimiento de la prevención, preparación y respuesta frente a riesgos sanitarios, la consolidación de capacidades públicas para la protección de la vida y el bienestar colectivo, y el robustecimiento de la confianza institucional. Así mismo, la visita permite vincular esta prioridad de ciudad con capacidades productivas, científicas y tecnológicas relevantes para la resiliencia urbana, la gestión de emergencias y la protección de la población, proyectando a Bogotá como un nodo regional de ciencia, tecnología e innovación aplicada a la salud pública, así como un referente internacional de innovación pública y soluciones urbanas orientadas a mejorar las condiciones de vida y la capacidad de respuesta del Distrito.

 

Así, la asistencia del servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, se considera procedente por tratarse de asuntos que interesan a la entidad y guardan relación con sus funciones como Secretario Distrital de Salud, de conformidad con lo establecido en la Resolución 160 de 2021 "Por la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Secretaría Distrital de Salud", de: "1. Dirigir, coordinar, adoptar y supervisar las políticas, coordinar y supervisar su ejecución, planes generales, programas y proyectos distritales del Sector Salud, con la oportunidad requerida., 2. Dirigir y coordinar las políticas para el mejoramiento de la situación de salud de la población del Distrito Capital, mediante acciones en salud pública y dirección del Sistema General de Seguridad Social en Salud, de forma eficiente y oportuna. 3. Fijar las políticas y adoptar los planes generales relacionados con la misión de la Secretaria Distrital de Salud y velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para su ejecución, de acuerdo con los lineamientos y parámetros establecidos."

 

En tal sentido, la asistencia del Secretario Distrital de Salud en el citado evento, constituye un espacio de gran relevancia toda vez que, la Secretaría desempeña un papel central en la orientación sectorial, articulación institucional y seguimiento de iniciativas que buscan robustecer las capacidades del sistema de salud de Bogotá, toda vez que la visita ofrece una oportunidad concreta para ampliar capacidades institucionales, profundizar el diálogo técnico con el socio estratégico y obtener insumos relevantes para la toma de decisiones de alto nivel sobre preparación sanitaria, innovación y desarrollo biotecnológico, y permitirá liderar interlocuciones de alto nivel con actores técnicos e institucionales, fortalecer la visibilidad de Bogotá en escenarios internacionales de innovación y cooperación en salud, y respaldar una iniciativa orientada a recuperar y consolidar capacidades nacionales para la investigación, desarrollo y producción de vacunas y biológicos. Asimismo, aporta legitimidad institucional, continuidad estratégica y capacidad de articulación entre las decisiones de política pública en salud, la gobernanza de BogotáBio y los esfuerzos de la ciudad por fortalecer su preparación y respuesta ante futuras emergencias sanitarias.

 

En virtud de ello, BogotáBio como entidad promotora de esta participación institucional, asumirá la totalidad de los gastos asociados al desplazamiento del Secretario Distrital de Salud, incluyendo tiquetes aéreos, traslados internos, alojamiento y alimentación.

 

Igualmente, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante correo electrónico del 1 de julio de 2026, previa valoración técnica de pertinencia estratégica recomendó la participación del servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, en la presente comisión de servicios al exterior del país.

 

En consecuencia, atendiendo lo dispuesto en el artículo 2.2.5.5.26 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto Nacional 648 de 2017, establece: "Duración de la comisión de servicios. Las comisiones al exterior, se conferirán por el término estrictamente necesario para el cumplimiento de su objeto, más uno de ida y otro de regreso, salvo en los casos en que quien autoriza la comisión, considere que éstos no son suficientes para el desplazamiento al sitio donde deba cumplirse y su regreso al país, en cuyo caso podrá autorizar el término mínimo que considere necesario. (...)" y con el propósito de que el servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, asista y participe en la visita técnica se hace necesario conferir comisión de servicios al exterior del país, del 9 al 20 de julio de 2026, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de vuelos.

 

Durante el término de la comisión el comisionado tendrá derecho a percibir su remuneración, de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015 modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

El artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1 de la Ley 1960 de 2019 establece: "Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño".

 

De acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud, para garantizar la continua presentación de los servicios que ese Despacho tiene a su cargo.

 

Por ello, la Directora de Gestión de Talento Humano (E) de la Secretaría de la Secretaría Distrital de Salud, certificó que el servidor público JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la misma entidad, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1: Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 9 al 20 de julio de 2026, al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.451.376, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud, para que participe en una visita técnica orientada al conocimiento de capacidades instaladas; al desarrollo de reuniones de trabajo; al intercambio especializado en manufactura de vacunas, transferencia tecnológica y articulación con proveedores estratégicos en una reunión formal con la alta directiva de SINOVAC; a una sesión presencial extraordinaria de la Asamblea y de la Junta Directiva de BogotáBio, así como visitas y recorridos a las plantas de producción biotecnológica ubicadas en Beijing y Dalian, en la República Popular China del 13 al 17 de julio de 2026.

 

Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión al servidor público GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado deberá presentar ante este Despacho con copia a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Artículo 2º-: Encargar desde del 9 al 20 de julio de 2026, al servidor público JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 75.102.272, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Distrital de Salud.

 

Artículo 3º-: Comunicar a los servidores públicos GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS y JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA, a la Secretaría Distrital de Salud, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las servidoras públicas de que trata el presente acto administrativo.

 

No.

Nombres y Apellidos

Correos Electrónicos

1

GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS

gobermont@saludcapital.gov.co

2

JUAN GUILLERMO CORREA GARCÍA

jgcorrea@saludcapital.gov.co

 Artículo 4: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.


 

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de julio del año 2026.


CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN   


 Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.