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DECRETO 366 DE 2026
(Septiembre 10)
Por medio del cual se concede un día de cumpleaños y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley No. 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y,
CONSIDERANDO QUE:
En primer lugar, el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993 determina las atribuciones conferidas al Alcalde Mayor de Bogotá, dentro de las cuales se encuentra la de dirigir la gestión administrativa distrital y velar por el adecuado cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la ejecución de las obras a cargo del Distrito Capital.
A su vez, el artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, establece que los empleados públicos podrán solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles, siempre que exista una justa causa, correspondiendo al nominador o a quien este haya delegado la facultad de autorizar o negar dicha solicitud.
En este sentido, el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante Concepto No. 88801 de 2019, precisó que los cargos que integran la alta dirección territorial, entre ellos los secretarios de despacho, no se encuentran sujetos a una jornada laboral determinada, en atención a la naturaleza y responsabilidades propias de sus funciones, las cuales exigen una disponibilidad y dedicación de carácter permanente.
Adicionalmente, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., incorporó en el Plan Institucional de Bienestar Social e Incentivos 2026 el estímulo denominado "Día de Cumpleaños", mediante el cual se reconoce a los servidores y servidoras un (1) día de permiso remunerado durante la vigencia del plan, con ocasión de la celebración de su cumpleaños. Este beneficio deberá ser autorizado por el superior jerárquico, procurando en todo caso garantizar la continuidad y adecuada prestación del servicio.
Por su parte, el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019, establece que los empleos de libre nombramiento y remoción podrán proveerse mediante encargo en casos de vacancia temporal o definitiva, siempre que el servidor designado cumpla los requisitos y el perfil requeridos para el cargo.
En lo particular, mediante memorando radicado con No. 3-2026-21391 del 08 de septiembre de 2026, la Secretaría Privada remitió el formato 4232000-FT-174 "Permisos y Licencias", mediante el cual fue autorizado el disfrute del Día de Cumpleaños al servidor público CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Privada, para el 11 de septiembre de 2026, requiriendo se efectué el respectivo encargo.
En consecuencia, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por el día 11 de septiembre de 2026, para garantizar la continuidad y adecuada prestación del servicio.
Para tal efecto, el Director de Talento Humano de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Sergio Felipe Galeano Gómez, certificó que la servidora pública MARÍA ALEJANDRA BAQUERO CIMADEVILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.020.715.729, Jefe de Oficina, Código 006, Grado 08 de la Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Privada
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Descanso por día de cumpleaños. Conceder el disfrute del Día de Cumpleaños el 11 de septiembre de 2026 al servidor público CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.032.441.789, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá., D.C.
Artículo 2º. Encargo. Encargar por el día 11 de septiembre de 2026 a la servidora pública MARIA ALEJANDRA BAQUERO CIMADEVILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.020.715.729, Jefe de Oficina, Código 006, Grado 08 de la Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de las funciones del empleo de Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Privada de la Alcaldía Mayor de Bogotá., D.C.
Artículo 3º. Comunicaciones. Comunicar el contenido del presente Decreto a los servidores públicos CARLOS JOSÉ LASPRILLA VILLALOBOS y MARÍA ALEJANDRA BAQUERO CIMADEVILLA, a la Secretaria Privada, a la Oficina de Asuntos Estratégicos y Relaciones Gubernamentales, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.
Parágrafo. Para los efectos del presente articulo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de los servidores públicos de que trata el presente acto administrativo.
Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de septiembre del año 2026.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
NOTA: Ver norma original en Anexos. |