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RESOLUCIÓN 0397 DE 2002 (Abril 05) "Por la cual se delegan unas funciones" LA GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, E.S.P. en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial la contenida en el literal K) del artículo 15 de los Estatutos de la Empresa, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los .iterases generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la descentralización de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política faculta a las autoridades administrativas para delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades, en las condiciones que la ley determine. Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la ley 489 de 1998, las autoridades administrativas pueden, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores. Que de conformidad con el artículo 15, literal K) de los Estatutos de la Empresa, el Gerente General tienen dentro de sus funciones la de delegar con sujeción a las normas sobre la materia, las funciones de su competencia Que la delegación es un mecanismo administrativo que le permite a la Empresa actuar con mayor calidad, oportunidad y eficiencia. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en el Secretario General la participación en el Comité de Conciliación de que trata el Artículo Primero de la Resolución 0396 del 5 de abril de 2002. ARTÍCULO SEGUNDO.- Esta Resolución deroga el artículo Décimo Tercero de la Resolución No. 0524 de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá, D.C. a los 05 días del mes de Abril de 2002 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ASTRID ALVAREZ HERNANDEZ GERENTE GENERAL |