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Resolución 1750 de 2006 Ministerio de Transporte

Fecha de Expedición:
08/05/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/05/2006
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46264 de mayo 10 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 001750 DE 2006

(mayo 8)

Derogada por el art. 32, Resolución Min. Transporte 12336 de 2012 ,

por la cual se fija el procedimiento para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los Centros de reconocimiento de conductores y se dictan otras disposiciones.

EL SUBDIRECTOR DE TRÁNSITO (E.),

en ejercicio de las funciones legales que le confiere el artículo 16 del Decreto 2053 de 2003 y las especiales asignadas en el artículo 2° de la Resolución 4415 de 2005 y en los artículos y 6° de la Resolución 1200 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministro de Transporte expidió las Resoluciones 1555 del 27 de junio de 2005, 4415 del 29 de diciembre de 2005 y la 1200 del 5 de abril de 2006, relacionadas con el certificado de aptitud física, mental y de coordinacion motriz para conducir;

Que en las citadas resoluciones se establecieron los requisitos para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los centros de reconocimiento de conductores en el Ministerio de Transporte-Subdirección de Tránsito;

Que la Resolución 1200 de 2006, en el artículo , definió un procedimiento transitorio hasta el 1° de octubre de 2007, para suplir el requisito de reconocimiento de la acreditación ante la Superintendencia de Industria y Comercio como organismo de certificación de personal exigido a los centros de reconocimiento de conductores en el literal h) del artículo 2° de la mencionada resolución;

Que atendiendo los parámetros establecidos en las resoluciones citadas, se hace necesario fijar el procedimiento para la inscripción de los organismos de certificación y el registro de los centros de reconocimiento de conductores;

En mérito de lo antes expuesto, este despacho,

RESUELVE:

CAPITULO I

Inscripción de los organismos de certificación y reporte ante el Ministerio de Transporte de los centros de reconocimiento de conductor es certificados

Artículo 1º. Procedimiento de inscripción de los organismos de certificación. Los organismos de certificación interesados en obtener la inscripción ante el Ministerio de Transporte, para expedir el certificado de conformidad de que trata el artículo de la Resolución 1200 de 2006, deberán someterse al siguiente procedimiento:

a) Solicitud de inscripción dirigida a la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el parágrafo del artículo 5° de la Resolución 1200 de 2006, la cual deberá radicarse en las oficinas de archivo y correspondencia del Ministerio de Transporte;

b) Una vez radicada la solicitud, la Subdirección de Tránsito revisará el cumplimiento de la documentación presentada por el organismo de certificación;

c) Si el organismo de certificación cumple con los requisitos establecidos, el sistema creará automáticamente el número de inscripción y lo incorporará en la correspondiente base de datos del Ministerio de Transporte, asignándole una clave y un usuario;

d) Con base en lo anterior, la Subdirección de Tránsito a través de acto administrativo inscribirá al organismo de certificación y ordenará en el mismo acto su publicación en la página web del Ministerio de Transporte;

e) Si el organismo de certificación no cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 1200 de 2006, la Subdirección de Tránsito lo requerirá por escrito, para que este, dentro de los términos legales, cumpla con lo requerido.

Parágrafo. La Subdirección de Tránsito sólo inscribirá los organismos de certificación que hayan tramitado o radicado su solicitud antes del 1º de octubre de 2007.

Artículo 2º. Reporte de los organismos de certificación. Los organismos de certificación reportarán al Ministerio de Transporte a través de un protocolo de transferencia de archivos FTP, la información relacionada con los centros de reconocimiento de conductores a los cuales estos les han expedido el certificado de conformidad. La información debe reportar utilizando la clave y el usuario asignados para tales fines, de acuerdo con el estándar e instructivo establecidos en el Anexo 1, el cual hace parte integral de la presente resolución.

Parágrafo. El formato del certificado de conformidad expedido por el organismo de certificación debe llevar un número en la parte superior que identifique al centro de reconocimiento de conductores ante el Ministerio de Transporte, el cual debe tener la siguiente estructura: NIT, Código de la ciudad de ubicación y el consecutivo de identificación de la sede principal o de las sucursales del centro de reconocimiento de conductores.

CAPITULO II

Registro de los centros de reconocimiento de conductores y reporte ante el Ministerio de Transporte de los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir

Artículo 3º. Procedimiento para el registro de los centros de reconocimiento de conductores. Los centros de reconocimiento de conductores interesados en obtener el registro ante el Ministerio de Transporte, para los efectos de lo establecido en las Resoluciones 1555 y 4415 de 2005 y 1200 de 2006, deberán someterse al siguiente procedimiento:

a) Solicitud de registro dirigida a la Subdirección de Tránsito del Ministerio de Transporte, acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2° de la Resolución 1200 de 2006, la cual deberá radicarse en la s oficinas de archivo y correspondencia del Ministerio de Transporte;

b) Una vez radicada la solicitud, la Subdirección de Tránsito revisará el cumplimiento de la documentación presentada por el centro de reconocimiento de conductores;

c) Si el centro de reconocimiento de conductores cumple con los requisitos establecidos, el Sistema creará automáticamente el número de registro y lo incorporará en la correspondiente base de datos del Ministerio de Transporte, asignándole una clave y un usuario;

d) La Subdirección de Tránsito a través de acto administrativo registrará al centro de reconocimiento de conductores y ordenará en el mismo acto su publicación en la página web del Ministerio de Transporte;

e) Si el centro de reconocimiento de conductores no cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 1200 de 2006, la Subdirección de Tránsito lo requerirá por escrito, para que este, dentro de los términos legales, cumpla con lo requerido.

Artículo  4º. Reporte de los certificados de aptitud física, mental y de coordinacion motriz para conducir.  Modificado por la Resolución del Min. Transporte 1838 de 2007. Los centros de reconocimiento de conductores deberán colocar diariamente en el sitio FTP, la información relacionada con los certificados de aptitud física, mental y de coordinacion motriz para conducir expedidos por estos, utilizando la clave y el usuario asignados para tales fines, de acuerdo con el estándar e instructivo establecidos en el Anexo 2, el cual hace parte integral de la presente resolución.

Parágrafo 1°. La Subdirección de Tránsito registrará a los centros de reconocimiento de conductores que hayan tramitado o radicado su solicitud sólo hasta tanto entre en funcionamiento el Registro Unico Nacional de Tránsito, de acuerdo con lo preceptuado en la Resolución 1200 de 2006.

Parágrafo 2°.  Modificado por la Resolución del Min. Transporte 3949 de 2006. Los Organismos de certificación en coordinación con los centros de reconocimiento de conductores establecerán el número máximo diario de certificados médicos, que estos centros, de acuerdo con la capacidad instalada puedan expedir y reportar al Ministerio; el número de reportes de certificados médicos que exceda al máximo determinado, será rechazado por el sistema.

Parágrafo 3°. Para los mismos fines, y de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5° de la presente resolución, los médicos registrados ante los organismos de tránsito, teniendo en cuenta la jornada laboral de 8 horas hábiles y una atención personalizada de 20 minutos por usuario, reportarán al Ministerio de Transporte, máximo 24 certificados médicos diarios, en las condiciones señaladas en el anexo 2 de la presente disposición.

CAPITULO III

Otras disposiciones

Artículo 5º. Para efectos de lo establecido en la presente resolución en relación con la expedición de los certificados de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, en las jurisdicciones de los organismos de tránsito en donde no existan centros de reconocimiento de conductores debidamente registrados ante el Ministerio de Transporte, dichos organismos de tránsito deberán reportar previamente al Ministerio de Transporte, la relación de los médicos registrados ante estos, conforme al estándar e instructivo del anexo 3, así mismo, los médicos deberán cumplir en lo pertinente, con lo establecido en el artículo 4º y en el Anexo 2, los cuales hacen parte integral de la presente disposición.

Parágrafo°. Adicionado por el art. 1, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006

Artículo 6º. El certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, como requisito previo para la expedición de la licencia de conducción es válido, cuando este ha sido expedido por un centro de reconocimiento de con ductores o por el médico registrado ante los organismos de tránsito, y el mismo, ha sido reportado y cargado al sistema del Ministerio de Transporte, es decir, publicado en la página web.

Artículo 7º. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2006.

Raúl Francisco Ochoa Jaramillo.

ANEXO NUMERO 1

SUBDIRECCION DE TRANSITO

Formato para reportar ante el Ministerio de Transporte la información correspondiente a los centros de reconocimiento de conductores certificados por los organismos de certificación

1. Estructura para la elaboración del archivo plano:

El envío de la información se debe realizar utilizando la transferencia de archivos FTP en la carpeta con el nombre del usuario que se le entrega inicialmente y en formato plano (código ASCII), teniendo en cuenta la siguiente estructura:

Nombre del campo

Descripción

Longitud

Posiciones

Tipos de campo

Requerimiento

ORGTIPIDO

Tipo de identificación del Organismo de Certificación

1

1 a 1

Alfanumérico (1)

Obligatorio

ORGIDENTO

Identificación del Organismo de Certificación

11

2 a 12

Numérico (2)

Obligatorio

ORGTIPIDC

Tipo de identificación del Centro de Reconocimiento de Conductores

1

13 a 13

Alfanumérico (1)

Obligatorio

ORGIDENTC

Identificación del Centro de Reconocimiento de Conductores

11

14 a 24

Numérico (2)

Obligatorio

ORGDIVIPO

Código de la ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento

8

25 a 32

Numérico (3)

Obligatorio

ORGSUCURSAL

Consecutivo para identificar Centros de Reconocimiento sede principal o sucursales

3

33 a 35

Numérico (4)

Obligatorio

ORGFECHA_EXP

Fecha de expedición del certificado

8

36 a 43

Date (5)

Obligatorio

ORGFECHA_VEN

Fecha de vencimiento del certificado

8

44 a 51

Date (6)

Obligatorio

ORGMAXCER

Número máximo de certificados médicos

2

52 a 53

Numérico (7)

Obligatorio

(1) Tipo de Identificación del Organismo de Certificación y del Centro de Reconocimiento de Conductores: digitar la letra N -> NIT

(2) Modificado por el art. 2, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Identificación del Organismo de Certificación y del Centro de Reconocimiento de Conductores: debe digitar el número del NIT del Organismo de Certificación incluyendo el dígito de verificación sin rayas con extensión. dat.

(3) Código de la Ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento de Conductores: debe digitar el código de la División Político Nacional DANE. En la página del Ministerio, en el link Estándares y Software se colocará la tabla que contiene estos códigos.

(4) Consecutivo para identificar los Centros de Reconocimiento Sede principal o Sucursales: Para la sede principal es el número cero (0).

Si existen sucursales se comienza con el número uno (1).

(5) Fecha de expedición del certificado de conformidad: Digitar la fecha bajo el siguiente formato AAAAMMDD. (Ejemplo 20060507)

(6) Fecha del vencimiento del certificado de conformidad: Digitar la fecha bajo el siguiente formato AAAAMMDD. (Ejemplo 20060507)

(7) Modificado por el art. 2, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Número máximo de certificados médicos diarios que puede expedir el Centro de Reconocimiento de Conductores de común a cuerdo con el organismo de certificación o el Médico registrado ante el Organismo de Tránsito.

2. Instrucciones para el diligenciamiento:

- Los datos numéricos se justificarán a la derecha, saturando a la izquierda con ceros (0) los espacios de las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo ORGDIVIPO (Código de la Ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento en (8) dígitos) el dato 05001000 (Medellín)

 Para grabarlo debe digitarse así:

0

5

0

0

1

0

0

0

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Los datos alfanuméricos se justificarán a la izquierda, saturando a la derecha con espacios las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo ORGTIPIDC Tipo de Identificación del Centro de Reconocimiento (1 carácter) el dato NIT.

 Para grabarlo debe digitarse así:

N

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Las fechas se registrarán en el formato Año-Mes-Día, por ejemplo:

Se desea registrar en el campo ORGFECHA_EXP (Fecha de Expedición del certificado de conformidad) SIETE DE MAYO DEL DOS MIL SEIS

 Para grabarlo debe procederse así:

2

0

0

6

0

5

0

7

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

3. Nombre del archivo:

El archivo se debe nombrar en letra minúscula de la siguiente forma:

Prefijo oc, NIT del Organismo de Certificación incluyendo el dígito de verificación sin rayas con extensión .dat.

Ejemplo: Para el Organismo de certificación XX con NIT 998776363-5 el nombre del archivo es: oc9987763635.dat

El archivo se debe colocar en la carpeta denominada oc número del NIT del organismo de certificación. Ejm del nombre de la carpeta: oc9987763635

4. Reportes: Modificado por el art. 3, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Una vez colocada la información por el organismo de certificación en el sitio FTP, e l Ministerio de transporte la procesará diariamente. El sistema le generará un boletín el cual le indicará si la información procesó correctamente o presentó errores. El boletín se encuentra ubicado en la carpeta denominada boletines del sitio FTP.

ANEXO NUMERO 2

Formato para reportar ante el Ministerio de Transporte la información correspondiente a los certificados de aptitud física, mental y coordinación motriz para conducir, expedidos por los centros de reconocimiento de conductores o por los médicos inscritos ante los organismos de tránsito

1. Estructura para la elaboración del archivo plano:

El envío de la información se debe realizar utilizando la Transferencia de archivos FTP en la carpeta con el nombre del usuario que se le entrega inicialmente y en formato plano (código ASCII), teniendo en cuenta la siguiente estructura: Adicionado por el art. 6, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Nombre del campo

Descripción

Longitud

Posiciones

Tipos de campo

Requerimiento

CERTIPIDE

Tipo de identificación del Centro de Reconocimiento de Conductores o Médico registrado ante el organismo de tránsito

1

1 a 1

Alfanumérico (1)

Obligatorio

CERIDENTE

Identificación del centro de reconocimiento de conductores o médico registrado ante el organismo de tránsito

11

2 a 12

Numérico (2)

Obligatorio

CERDIVIPO

Código de la ciudad donde se encuentra el centro de reconocimiento de conductores o médico registrado ante el organismo de tránsito

8

13 a 20

Numérico (3)

Obligatorio

CERSUCURSAL

Consecutivo para identificar la principal o sucursales de centros de reconocimiento

3

21 a 23

Numérico (4)

Obligatorio

CERTIPO_FUENTE

Carácter que identifica que es un centro de reconocimiento de conductores o médico registrado ante el organismo de tránsito

1

24 a 24

Alfanumérico (5)

Obligatorio

CERTIPIDU

Tipo de identificación del usuario al que le practicarán el examen médico

1

25 a 25

Alfanumérico (6)

Obligatorio

CERIDENTU

Número de identificación del usuario al que le practicarán el examen médico

11

26 a 36

Numérico (7)

Obligatorio

CERFECHANAC

Fecha de nacimiento del usuario al que le practicarán el examen médico

8

37 a 44

Date (8)

Obligatorio

CERCATEG

Categoría de la licencia de conducción

2

45 a 46

Alfanumérico (9)

Obligatorio

CERTIPO_TRAMITE

Código del tipo de trámite de la licencia de conducción

2

47 a 48

Numérico (10)

Obligatorio

CERTIPO_SERVICIO

Código del tipo de servicio

1

49 a 49

Numérico (11)

Obligatorio

CERRESTRICCION Modificado por el art. 5, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Código de la restricción

2

50 a 51

Numérico (12)

Obligatorio

CERFECHA_VEN_LIC

Fecha de vencimiento de la futura licencia de conducción

8

52 a 59

Date (13)

No obligatorio

CERFECHA_EXAMEN Modificado por el art. 5, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Fecha del examen médico practicado al usuario< /o:p>

8

60 a 67

Date (14)

No obligatorio

(1) Tipo de identificación del centro de reconocimiento o médico inscrito ante el organismo de tránsito: debe digitar N -> NIT para Centro de Reconocimiento o C -> cédula para médico inscrito ante el organismo de tránsito.

(2) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Identificación del centro de reconocimiento de conductores o médico inscrito ante el organismo de tránsito: debe digitar el número del NIT del centro de reconocimiento NIT incluyendo el dígito de verificación sin rayas con extensión. dat. o el número de la cédula del médico según sea el caso.

(3) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Código de la ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento o Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito:

 Debe digitar el código de la División Político-Nacional DANE. En la página del Ministerio, en el link Estándares y   software se colocará la tabla que contiene estos códigos. Cuando no tenga, debe dejar los espacios.

(4) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Consecutivo asignado que identifica sucursales de los centros de reconocimiento: Para la sede principal es el número cero (0). Si existen sucursales se comienza con el número uno (1).

(5) Carácter que identifica que es un Centro de Reconocimiento de conductores o Médico inscrito ante el organismo de  tránsito: deben digitar la letra C para centro de reconocimiento o la letra M para el médico inscrito ante el organismo de  tránsito.

(6) Tipo de Identificación del usuario al que le practicarán el examen médico: debe digitar C -> Cédula, T -> Tarjeta de  Identidad o E -> Extranjería.

(7) Número de identificación del usuario al que le practicarán el examen médico: debe digitar el número de la cédula del usuario.

(8) Fecha de Nacimiento del Usuario al que le practicarán el examen médico: debe digitar la fecha de la siguiente  forma: AAAAMMDD (año, mes, día) . (Ejemplo 19980801).

(9) Categoría de la licencia de conducción a la que aspira el usuario: debe digitar 01 -> Primera, 02 -> Segunda, 03 ->  Tercera, 04 > Cuarta, 05 -> Quinta, 06 -> Sexta. La categoría está sujeta a la última disposición del Ministerio de Transporte.

(10) Código del tipo de trámite de la licencia de conducción: debe digitar 20 -> Expedición Inicial, 21 -> Refrendación, 22 ¿ > recategorización, 28 -> recategorización con documento anterior.

(11) Código del tipo de servicio para el cual se va a presentar el usuario: debe digitar 1 -> Oficial, 2 -> Público, 3 ->  Particular.

(12) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Código de la restricción de acuerdo al examen médico. En la página del Ministerio, en el link Estándares y Software se colocará la tabla que contiene estos códigos. Cuando no tenga, debe dejar los espacios.

(13) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Fecha de Vencimiento de la futura licencia de conducción de acuerdo a la restricción que registre el examen médico: debe digitar la fecha de la siguiente forma AAAAMMDD (año, mes. Día). (Ejemplo 20060507). Cuando no tenga, debe dejar los espacios.

(14) Modificado por el art. 4, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. Fecha del examen médico practicado al usuario: debe digitar la fecha de la siguiente forma AAAAMMDD (año, mes, día) . (Ejemplo 20060507).

2. Instrucciones para el diligenciamiento: Modificado por el art. 7, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

- Los datos numéricos se justificarán a la derecha, saturando a la izquierda con ceros (0) los espacios de las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo CERDIVIPO (Código de la Ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento en (8) dígitos) el dato 05001000 (Medellín).

 Para grabarlo debe digitarse así:

0

5

0

0

1

0

0

0

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

-Los datos alfanuméricos se justificarán a la izquierda, saturando a la derecha con espacios las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo CERCATEG (Categoría del usuario (2 caracteres) el dato QUINTA.

 Para grabarlo debe digitarse así:

0

5

La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Los datos alfanuméricos se justificarán a la izquierda, saturando a la derecha con espacios las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo CERTIPIDE (Tipo de Identificación del Centro de Reconocimiento de Conductores o Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito ) (1 caracter) el dato NIT o C.

 Para grabarlo debe digitarse así:

N

C

La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Las fechas se registrarán en el formato Año - Mes - Día, por ejemplo:

 Se desea registrar en el campo CERFECHA_EXAMEN (fecha del examen médico practicado al usuario) de conformidad) SIETE DE MAYO DEL DOS MIL SEIS

Para grabarlo debe procederse así:

2

0

0

6

0

5

0

7

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

3. Nombre del archivo:

El archivo se debe nombrar en letra minúscula de la siguiente forma:

3.1 Para Centros de Reconocimiento de Conductores:

Prefijo c, número que identifica la principal o sucursal, código de la ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento, el número de identificación o NIT incluyendo el dígito de verificación sin rayas con extensión. dat.

Ejemplo 1: para el Centro de Reconocimiento de Conductores XX como sede principal de la ciudad de Bogotá con el nit 88970000-1, el archivo se nombrara así:

- c00011001000889700001.dat

Ejemplo 2: para el Centro de Reconocimiento de Conductores YY como sucursal 1 de la ciudad de Medellín con el nit 9997654-6, el archivo se nombrara asi:

- c0010500100099976546.dat

El archivo se debe colocar en la carpeta denominada: c, número que identifica la principal o sucursal, código de la ciudad donde se encuentra el Centro de Reconocimiento, número del NIT del centro de reconocimiento. Ejm. del nombre de la carpeta: c00011001000889700001

3.2 Para médicos inscritos ante el organismo de tránsito:

Prefijo m, número asignado por el Ministerio de Transporte (000), código de la ciudad donde se encuentra el médico, el número de identificación con extensión.dat.

Ejemplo 1: para el Médico AA de la ciudad de Bogotá identificado con el número de cédula 16345789, el archivo se nombrara así:

- m0001100100016345789.dat

Ejemplo 2: Modificado por el art. 8, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006. para el médico ZZ de la ciudad de Medellín identificado con el número de cédula 9789654, el archivo se nombrara así:

- m0000500100019789654.dat

El archivo se debe colocar en la carpeta denominada: m número asignado por el Ministerio de Transporte (000), código de la ciudad donde se encuentra el médico, el número de identificación del medico. Ejm. del nombre de la carpeta: c m0000500100019789654

4. Reportes: Modificado por el art. 9, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Una vez colocada la información por los centros de reconocimiento de conductores o por los médicos inscritos ante el organismo de tránsito en el sitio FTP, el Ministerio de Transporte la procesará diariamente. El sistema le generara un boletín el cual le indicará si la información procesó correctamente o presentó errores. El boletín se encuentra ubicado en la carpeta denominada boletines del sitio FTP.

ANEXO NUMERO 3

Formato para reportar ante el Ministerio de Transporte la información correspondiente a la relación de los médicos registrados ante los organismos de tránsito

1. Estructura para la elaboración del archivo plano:

El envío de la información se debe realizar utilizando la transferencia de archivos FTP en la carpeta con el nombre del usuario que entregó al organismo y en formato plano (código ASCII), teniendo en cuenta la siguiente estructura: Modificado por el art. 10 Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Nombre del campo

Descri pción

Longitud

Posiciones

Tipos de campo

Requerimiento

ORGCODIGO

Código del Organismo de Tránsito

8

1 a 8

Númérico) (1)

Obligatorio

ORGTIPIDM

Tipo de identificación del Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito

1

9 a 9

Alfanumérico (2)

Obligatorio

ORGIDENTM

Identificación del Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito

11

10 a 20

Numérico (3)

Obligatorio

ORGDIVIPO

Código de la ciudad donde se encuentra el Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito

8

21 a 28

Numérico (4)

Obligatorio

ORGSUCURSAL

Consecutivo para identificar Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito

3

29 a 31

Numérico (5)

Obligatorio

ORGREGISTRO

Número del registro del Médico inscrito ante el Organismo de Tránsito

10

32 a 41

Numérico (6)

Obligatorio

ORGFECHA _
INSCRIPCION

Fecha de Inscripción en el Organismo de Tránsito

8

42 a 49

Date (7)

Obligatorio

(1) Código del organismo de tránsito, se debe digitar el número que tiene asignado.

(2) Tipo de identificación del médico, se debe digitar la letra C de cédula.

(3) Identificación del médico, se debe digitar el número de la cédula.

(4) Código de la ciudad donde se encuentra el médico inscrito ante el organismo de  tránsito: Debe digitar el código de la División Político Nacional DANE . En la página  del Ministerio, en el link estándares y software se colocara la tabla que contiene estos códigos. Cuando no tenga debe dejar los espacios.

(5) Consecutivo asignado que identifica a los médicos. Sede principal: Debe colocarse el número cero (000).

(6) Número registro del médico. Se digita el número de registro asignado por el Ministerio  de la Prot ección Social.

(7) Fecha de inscripción del médico ante el organismo de tránsito. Digitar la fecha bajo el  siguiente formato AAAAMMDD . (Año, Mes, Día ) (Ejemplo 20060507).

2. Instrucciones para el diligenciamiento: Modificado por el art. 11 Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

- Los datos numéricos se justificarán a la derecha, saturando a la izquierda con ceros (0) los espacios de las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo ORGCODIGO (Código del Organismo de Tránsito en (8) dígitos) el dato 05001000 (Medellín)

 Para grabarlo debe digitarse así:

0

5

0

0

1

0

0

0

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Los datos alfanuméricos se justificarán a la izquierda, saturando a la derecha con espacios las posiciones que falten. Por ejemplo se desea registrar en el campo ORGTIPIDM (Tipo de identificación del médico (1 carácter) el dato CEDULA .

 Para grabarlo debe digitarse así:

c

 La cuadrícula indica la longitud del campo.

- Las fechas se registrarán en el formato Año - Mes - Día,

 Por ejemplo: Se desea registrar en el campo ORGFECHA_INSCRIPCION (Fecha de  inscripción del médico ante el Organismo de Tránsito) ENERO SIETE DEL DOS MIL  SEIS.

Para grabarlo debe procederse así:

2

0

0

6

0

1

0

7< /o:p>

La cuadrícula indica la longitud del campo.

3.  Nombre del archivo: Modificado por el art. 12, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Para transmitir el archivo por FTP debe utilizar o nombrar los archivos de la siguiente forma:

Código del organismo de tránsito, el sufijo med y la extensión .dat.

Ejemplo: Para el Organismo de Tránsito de Bogotá con código 11001000 ->   11001000med.dat

Ejemplo para el organismo de tránsito de Medellín con código 05001000 ->    05001000med.dat

4. Reportes: Modificado por el art. 13, Resolución Min. Transporte 2700 de 2006.

Una vez colocada la información por el organismo de tránsito en el sitio FTP, el Ministerio de transporte la procesará diariamente. El sistema le generara un boletín el cual le indicará si la información procesó correctamente o presentó errores. El boletín se encuentra ubicado en la carpeta denominada boletines del sitio FTP.

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46.264 de mayo 10 de 2006.