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Acuerdo Local 3 de 2006 Junta Administradora Local de Engativa

Fecha de Expedición:
15/12/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3677 de diciembre 27 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 03 DE 2006

(Diciembre 15)

Liquidado por el Decreto Local 07 de 2006

"Por medio del cual se aprueba el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal de 2007".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ENGATIVÁ

En uso de las facultades legales conferidas en artículo número 69, numeral cuarto del Decreto Ley 1421 de 1993

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local - JAL, dentro de los tres primeros días de las sesiones ordinarias del mes de diciembre, a nivel de programas el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto hasta nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto.". El mismo Decreto prevé que "El computo de ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del presente Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del F.D.L. y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la Ley 617 de 2000".

Que en los anteriores términos, dentro del proceso de estudio del proyecto de Acuerdo, se solicitó por medio de oficio No de fecha 11 de Diciembre de 2006, a la Alcaldesa local, concepto escrito sobre los ajustes, modificaciones, reducción de partidas, aplicación de sumas disponibles , sin exceder su cuantía, para ser aplicados en otras inversiones o gastos; de igual manera su visto bueno para exceptuar del computo de ingresos el ITEM EXCEDENTES FINANCIEROS , los cuales serán distribuidos en el mes de Enero una vez se conozca la liquidación real a 31 de diciembre de 2006 y finalmente, la exclusión del Parque BOX Coulvert del listado de obras inconclusas ya que éste se encuentra totalmente financiado según lo informó por escrito el IDRD previstas en el Decreto 1139.

Que la Secretaría de Hacienda Distrital informó a la administración Local, mediante oficio 2006EE255082 del 12 de octubre de 2.006, que la cuota de Transferencia de la Administración Central asignada para Inversión al Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2007 es de $ 27.024.007.884.00.

Que la cuantía de los ingresos de la Localidad de Engativá, corresponde entonces a VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($27.211.857.884.00).

Que al estudio de la Circular No. 07 de marzo 31 de 2006 de la Dirección Distrital de Presupuesto se tomaron en cuenta los lineamientos de Política Presupuestal Vigencia Fiscal 2007, orientados al plan de inversión local al igual que los generales aplicables a nuestro proceso particular.

Que en el debate se consideraron también las propuestas discutidas y elaboradas por los delegados de la UPZ, en el marco del objetivo estratégico de "Participación con decisión" del Plan de desarrollo Local. Este proceso que contó con el respaldo de la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Subsecretaría de asuntos locales, como un ejercicio de participación de la comunidad en los asuntos para el desarrollo y ejecución de las políticas públicas sociales, sectoriales y poblacionales.

Que la administración aportó con el proyecto de Acuerdo, la proyección de Ingresos Corrientes para la Vigencia Fiscal 2007, basada en el comportamiento histórico del recaudo de estos ingresos en la Localidad. De igual manera aportó la comunicación del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal -CONFIS No. 13 del 21 de Noviembre de 2006, por medio de la cual en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10, literal (f) del decreto 714 de 1996, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal del año 2007, conforme a la distribución presentada.

Que durante los debates se revisó y precisó la forma de la redacción de algunos programas con el fin de asegurar la máxima eficacia de la distribución presupuestal.

Que las modificaciones al proyecto de Presupuesto 2007 durante el proceso de discusión y aprobación se efectuaron en el marco de las normas y disposiciones vigentes.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO. Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de la Localidad de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2007 por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($55.071.373.084.00) según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

PRESUPUESTO

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

27.859.515.200,00

2

INGRESOS

27.211.857.884,00

2,1

INGRESOS CORRIENTES

187.850.000,00

2,1,2

NO TRIBUTARIOS

187.850.000,00

2,1,2,03

Multas

15.750.000,00

2,1,2,04

Rentas Contractuales

119.600.000,00

2,1,2,99

Otros Ingresos No Tributarios

52.500.000,00

2,2

TRANSFERENCIAS

27.024.007.884,00

2,2,4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

27.024.007.884,00

2,2,4,05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

27.024.007.884,00

2,2,4,05,01

Vigencia

27.024.007.884,00

2,2,4,05,02

Vigencia Anterior

0,00

2,4

RECURSOS DE CAPITAL

0,00

2,4,1

Recursos del Balance

0,00

2,4,1,03

Venta de Activos Fijos

0,00

2,4,3

Rendimientos por operaciones financieras

0,00

2,4,3,02

Otros Rendimientos por Operaciones Financieras

0,00

2,4,5

Excedentes Financieros

0,00

2,4,9

Otros recursos de capital

0,00

 

TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD

55.071.373.084,00

 

INICIAL

 

ARTICULO SEGUNDO. Fijase los cómputos del Presupuesto Anual de Gastos e Inversión de la Localidad de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de Enero y el 31 de Diciembre del año 2007 por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($55.071.373.084.00) según el siguiente detalle:

CODIGO

NOMBRE

APROPIACION DISPONIBLE

3

GASTOS

55.071.373.084,00

3,3

INVERSIÓN

55.071.373.084,00

3,3,1

DIRECTA

27.211.857.884,00

3,3,1,12

BOGOTÁ Sin indiferencia, Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión

27.211.857.884.00

3,3,1,12,01

EJE SOCIAL

10.311.020.000,00

3,3,1,12,01,01

Bogotá sin hambre

4.005.020.000,00

3,3,1,12,01,02

Más y mejor educación para todos y todas

2.071.000.000,00

3,3,1,12,01,03

Salud para la vida digna

1.558.000.000,00

3,3,1,12,01,04

Restablecimiento de derechos e inclusión social.

80.000.000,00

3,3,1,12,01,05

Cero tolerancia con el maltrato, la mendicidad y la explotación laboral infantil

80.000.000,00

3,3,1,12,01,06

Bogotá con igualdad de oportunidad para las mujeres

260.000.000,00

3,3,1,12,01,07

Capacidades y oportunidades para la generación de ingresos y empleo

350.000.000,00

3,3,1,1201,08

Escuela ciudad y ciudad escuela: La ciudad como escenario de formación y aprendizaje

368.000.000,00

3,3,1,12,01,09

Cultura para la inclusión social

500.000.000,00

3,3,1,12,01,10

Recreación y deporte para todos y todas

1.039.000.000,00

3,3,1,12,02

EJE URBANO REGIONAL

13.173.749.000,00

3,3,1,12,02,11

Hábitat desde los barrios y las unidades de planeación zonal - UPZ

12.873.749.000,00

3,3,1,12,02,13

Sostenibilidad urbano-rural

300.000.000,00

3,3,1,12,03

EJE DE RECONCILIACIÓN

1.282.725.325,00

3,3,1,12,03,16

Gestión pacífica de conflictos

80.000.000,00

3,3,1,12,03,17

Derechos humanos para todas y todos

80.000.000,00

3,3,1,12,03,18

Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de derechos humanos y de derecho internacional humanitario

80.000.000,00

3,3,1,12,03,20

Atención integral de violencia, delincuencia y orden público

632.725.325,00

3,3,1,12,03,21

Sistema de justicia de la ciudad

50.000.000,00

3,3,1,12,03,22

Bogotá, menos vulnerable ante eventos críticos.

100.000.000,00

3,3,1,12,03,24

Participación para la decisión

80.000.000,00

3,3,1,12,03,25

Comunicación para la participación

80.000.000,00

3,3,1,12,03,29

Inclusión económica y desarrollo empresarial sectorial

100.000.000,00

3,3,1,12,04

OBJETIVO GESTIÓN PUBLICA HUMANA

2.444.363.559,00

3,3,1,12,04,30

Administración moderna y humana

1.775.863.559,00

3,3,1,12,04,31

Localidades modernas y eficaces

399.000.000,00

3,3,1,12,04,36

Comunicación para la solidaridad

175.000.000,00

3,3,1,12,04,37

Bogotá transparente y efectiva

94.500.000,00

3,3,6

OBLIGACIONES POR PAGAR

27.859.515.200.00

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0.00

 

TOTAL GASTOS +DISPONIBILIDAD FINAL

55.071.373.084,00

ARTICULO TERCERO: El anexo informativo hace parte integral del presente acuerdo en los términos del articulo 14 del decreto 1139 de 2000 y las inversiones se ajustarán a lo previsto en el mismo.

ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir del (01) de Enero del año 2007.

Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días de diciembre de 2006.

MIGUEL ANGEL FERREIRA

Presidente JAL Engativá

GABRIEL A. CONTRERAS MENESES

Secretario JAL Engativá

Sancionado a los veintidós (22) días del mes de diciembre de 2006

HILDA MARIA MANCERA DE MANCERA

Alcaldesa Local de Engativá

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3677 de diciembre 27 de 2006.