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Concepto 5 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. - Hospital del Sur I Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
--/ 00/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO 05 * DE 2004

 Ver  art. 4, Acuerdo Distrital 37 de 1993

Referencia: Gastos de Representación

Apreciado Doctor:

De acuerdo a la solicitud de la Gerencia se emite el presente concepto jurídico como respuesta a sus planteamientos de derecho esbozados en su comunicación y teniendo en cuenta el oficio No. 11644 enviado el 5 de Diciembre de 2003, por esta oficina jurídica donde se estipuló que:

"Con el presente le corre traslado del Concepto Jurídico emitido por la Oficina Jurídica del Hospital del Sur E.S.E., para que dentro de los Treinta (30) días hábiles siguientes al recibo de este comunicado, proceda a concertar con el Hospital del Sur E.S.E., la forma como usted, va a devolver los dineros que la Empresa le canceló como Gasto de Representación, durante el periodo que se desempeño como el Jefe de la Oficina de Control Interno de Gestión Pública y Autocontrol, sin tener derecho a ello"(negrilla y subrayado fuera del texto).

1. TERMINOS Y ALCANCE DE SU RESPUESTA

Mediante comunicación No. 1340 del 11 de Febrero del 2004 usted nos informa lo siguiente:

"Por lo expuesto por la normatividad citada y la jurisprudencia referenciada, considero que no estoy obligado a devolver suma alguna a las arcas de la institución" (negrilla y subrayado fuera del texto).

Dando respuesta a su solicitud y de conformidad con las facultades concedidas en el numeral 4 de la Asesoría Jurídica del Acuerdo No. 7 del 2000 del HOSPITAL DEL SUR ESE, esta Oficina Jurídica se pronuncia en los siguientes términos analizando desde el punto de vista jurídico su respuesta:

2. RESUMEN FACTICO RELEVANTE PARA EL CONCEPTO

2.1. El Doctor MAX HERMES SIERRA POVEDA, el cual mediante el artículo 1 de la Resolución No. 266 del 16 de octubre de 2001 expedida por el HOSPITAL DEL SUR ESE, se le nombra y se confiere en una comisión para ocupar el cargo de Jefe de Oficina de gestión Pública y Autocontrol, Código 115, Grado 04 con una asignación mensual de $1.798.981.00 sin gastos de representación.

2.2. Se posesionó el día 19 de octubre de 2001 de la siguiente forma:

a. Clase de Funcionario: Público

b. Fecha de Comisión: Octubre 19 de 2001

c. Cargo: Jefe de oficina de Gestión Pública y Autocontrol.

d. Código: 115

e. Grado: 04

f. Asignación Salarial: $1.798.981.00 para la época.

g. Efectividad: Octubre 19 de 2001.

De la anterior se plantea el siguiente problema jurídico a resolver:

¿El Doctor MAX HERMES SIERRA POVEDA de acuerdo con su cargo tenia derecho a recibir Gastos de Representación cuando ocupa el cargo de Jefe de Oficina Asesora de Gestión Pública y Autocontrol?

3. NORMATIVIDAD JURÍDICA Y JURISPRUDENCIA APLICABLE AL CASO EN CONCRETO

3.1 Decreto No. 1921 de 1994.

"Artículo 6° De la asimilación de las plantas de cargos. Corresponde a los organismos y entidades realizar la asimilación de los cargos contenidos en su planta de personal, de acuerdo con las equivalencias establecidas a continuación, a partir de la vigencia fiscal de 1995:

(...)

CODIGO DENOMINACIÓN ACTUAL NUEVO CODIGO NUEVA DENOMINACIÓN

Nivel Asesor

181005

Asesor

1100

Asesor

Nivel Ejecutivo

271505

Jefe de Unidad 1

2100

Jefe de Grupo

271510

Jefe de Unidad 2

2100

Jefe de Grupo

271515

Jefe Servicios 1

2100

Jefe de Grupo

271520

Jefe Servicios 2

2100

Jefe de Grupo

271525

Jefe de Grupo 1

2100

Jefe de Grupo

271530

Jefe de Grupo 2

2100

Jefe de Grupo

271535

Jefe de Departamento 1

2105

Jefe de Departamento

271540

Jefe de Departamento 2

2105

Jefe de Departamento

271545

Jefe de Sección

2110

Jefe de Sección

271550

Jefe de División o de Oficina

2115

Jefe de División o de oficina

271555

Subdirector Administrativo

2120

Subdirector Administrativo

271560

Subdirector Científico

2125

Subdirector Científico

271565

Coordinador Técnico

0

Coordinador Técnico

(...)"

3.2 Acuerdo No. 26 del 19 de diciembre de 1997.

"ARTÍCULO 3. NOMENCLATURAS Y GRADOS. Establecer la siguiente clasificación de cargos con sus respectivos grados para los diferentes empleos públicos que conforman el Subsector Oficial de Salud en el Distrito Capital.

(...)

NIVEL ASESOR

CÓDIGO CARGO

NOMENCLATURA ADMINISTRATIVA

GRADO

NOMENCLATURA FUNCIONAL

ASIGNACIÓN MENSUAL

GASTOS REPRESENT

1100

ASESOR

3

ASESOR

$1.509.723

 

1100

ASESOR

2

ASESOR

$1.330.077

 

1100

ASESOR

3

ASESOR

$1.172.886

 

NIVEL EJECUTIVO

CÓDIGO CARGO

NOMENCLATURA ADMINISTRATIVA

GRADO

NOMENCLATURA FUNCIONAL

ASIGNACIÓN MENSUAL

GASTOS REPRESENT

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

2115

JEFE

4

JEFE DE DIVICIÓN O DE OFICINA

$1.172.880

30%

(...)

(...)

(...)

(...)

 

(...)

2115

JEFE

3

JEFE DE DIVICIÓN O DE OFICINA I NIVEL

$1.172.880

30%

3.3 Decreto No. 1569 del 5 de agosto de 1998.

"Artículo 1°. Del campo de aplicación. El sistema de nomenclatura y clasificación de empleos que se establecen en el presente decreto regirá para las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1998".

"Artículo 2°. De la noción de empleo. Se entiende por empleo el conjunto de funciones que una persona natural debe desarrollar y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines del Estado.

Las funciones y los requisitos específicos para su ejercicio serán fijados por las autoridades competentes para crearlos, con sujeción a los generales determinados en el presente decreto."

"Artículo 15. De la Clasificación de los empleos de las entidades públicas que conforman el Sistema de Seguridad Social en Salud. De acuerdo con la naturaleza general de las funciones, la índole de sus responsabilidad y los requisitos exigidos para su desempeño, los empleos del área asistencial de las entidades territoriales que conforman el Sistema de Seguridad Social en Salud se clasifican en los siguientes niveles jerárquicos:

Directivo, Asesor, Ejecutivo, Profesional, Técnico y Auxiliar"

"Artículo 16. De la naturaleza general de las funciones. A los empleos agrupados en los niveles jerárquicos de que trata el artículo anterior, les corresponda las siguientes funciones generales:

(...)

b. Nivel Asesor. Este nivel agrupa los empleos cuyas funciones consisten en asistir y aconsejar directamente a los empleados públicos del nivel directivo;

c. Nivel Ejecutivo. Comprende los empleos cuyas funciones consisten en la coordinación y control de las unidades o dependencias internas de los organismos de salud y se encargan de ejecutar y desarrollar su política, planes y programas;

"Artículo 19. De la nomenclatura y clasificación de empleos de nivel Asesor.

Código

Denominación del Empleo

105

Asesor

115

Jefe de Oficina

"Artículo 20. De la nomenclatura y clasificación de empleos del nivel Ejecutivo. El nivel Ejecutivo está integrado por los siguientes empleos:

Código

Denominación del Empleo

223

Jefe de Grupo

280

Jefe de Departamento

290

Jefe de Sección

210

Jefe de División

257

Director o Jefe de Centro de Salud"

3.4 Acuerdo No. 5 del 27 de septiembre de 2000 de la Junta Directiva del Hospital Sur ESE.

"ARTÍCULO PRIMERO: Determinar la Estructura Organizacional del Hospital del Sur empresa Social del Estado, la cual será la siguiente:

1. Gerencia.

1.1. Oficina Asesora de Gestión Pública y Autocontrol.

1.2. Oficina Asesora de (...).

2. (...)"

3.5 Acuerdo No. 6 del 6 de octubre de 2000 de la Junta Directiva del Hospital del Sur ESE.

"ARTÍCULO PRIMERO: Suprimir a partir de la fecha de los antiguos Hospitales Trinidad Galán y Kennedy Primer Nivel, hoy fusionados, en el Hospital del Sur Empresa Social del Estado los siguientes cargos:

(...)".

"ARTÍCULO SEGUNDO: Las funciones propias del Hospital del Sur Empresa Social del Estado, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:

(...).

2. PLANTA GLOBAL

NUMERO DE EMPLEOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO

CÓDIGO

GRADO

(...)

(...)

(...)

(...)

2

JEFE DE OFICINA

115

04

(...)

(...)

(...)

(...)"

3.6. Acuerdo No. 7 del 6 de octubre de 2000 de la Junta Directiva del Hospital del Sur ESE.

"ARTÍCULO PRIMERO. Aprobar el Manual Específico de Funciones y Requisitos para los diferentes cargos que conforman la planta de personal del Hospital del Sur Empresa Social del Estado (...).

(...).

NIVEL ASESOR

I. IDENTIFICACIÓ DEL CARGO

DENOMINACIÓN DEL CARGO

JEFE DE OFICINA

Código:

11504

Número de Cargos:

2

Ubicación:

Dependencia a la que se le asigne.

Naturaleza del Cargo:

De libre nombramiento y remoción.

Cargo del Superior Inmediato:

Gerente

OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA

II. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES

1. Evaluar el Sistema de Control Interno de la Entidad y proponer a la Gerencia las recomendaciones para su mejoramiento.

2. (...)"

"Artículo 34. De ajuste de las plantas de personal y de los manuales específicos de funciones y requisitos. Para efectos de la aplicación del sistema de nomenclatura y clasificación de empleos de que trata el presente decreto, las autoridades territoriales competentes procederán a ajustar las plantas de personal y los respectivos manuales de funciones y de requisitos, dentro de los tres (3) meses siguientes a la vigencia de este decreto.

Para ello se deberá tener en cuenta las nuevas denominaciones de empleo, la naturaleza general de las funciones de los mismos y los requisitos mínimos exigibles, en relación con las funciones que tenía establecido el empleo anterior."

"Artículo 36. De la reclasificación de empleos. Se entiende que un empleo ha sido reclasificado cuando, modifica o no su denominación dentro de un mismo nivel jerárquico, se redefinan sus funciones, se les asignen mayores responsabilidades, se exijan mayores calidades para su desempeño y se ubique en un grado superior de la escala salarial correspondiente".

3. ANÁLISIS JURÍDICO AL CASO EN CONCRETO

PRIMERO. Al Doctor MAX HERMES SIERRA POVEDA de conformidad con al Resolución No. 0266 del 16 de octubre de 2001 expedida por la Gerencia del HOSPITAL DEL SUR ESE no se le asignaron gastos de representación.

SEGUNDO. El cargo de Jefe de Oficina del nivel asesor al cual fue nombrado el Doctor MAX HERMES SIERRA POVEDA no tiene derecho a gastos de representación de conformidad con la asignación del código de su carga y grado, y teniendo en cuenta: los artículos 15 y 19 del Decreto No. 1569 de 1998, artículo 1 del Acuerdo No. 5 de 2000, artículo 2 del Acuerdo No. 6 de 2000 y artículo 1 del Acuerdo No. 7 de 2000 emitidos por la Junta Directiva del HOSPITAL DEL SUR ESE.

4. CONCLUSIÓN

De acuerdo a las consideraciones expuestas, es concepto de está oficina:

El Doctor MAX HERMES SIERRA POVEDA de acuerdo con su cargo NO tenía derecho a recibir Gastos de Representación cuando ocupo el cargo de Jefe de Oficina Asesora de Gestión Pública y Autocontrol.

Por consiguiente debe reintegrar el dinero adecuado ha esta entidad, por favor comunicarse con esta Oficina para tal efecto.

Este concepto se emite bajo los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Atentamente,

CARLOS ALBERTO CUBILLOS GARCIA

Copia Subgerencia de Administrativa y Financiera.

Gerencia

* Nota: Él número se agrega para efectos de su incorporación al Régimen Legal de Bogota D.C.