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ACUERDO 314 DE 2008 (Junio 23) Por el cual se reglamenta la
actividad física, cultural y educativa en los establecimientos geriátricos y
gerontológicos del distrito a través de programas intergeneracionales y se
dictan otras disposiciones EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Decreto ley 1421 de 1993, en su Artículo 12 numeral 1 Ver Proyecto de Acuerdo 066 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: Ver el Acuerdo Distrital 312 de 2008 ARTÍCULO 1. Las instituciones geriátricas y gerontológicas del Distrito implementarán dentro de sus actividades lúdicas, una hora de ejercicio diario coordinado por especialistas, previa valoración y concepto médico y de la terapeuta física y aceptación por parte del mayor. ARTICULO 2. Las Alcaldías Locales, deberán promover programas actividades físicas, culturales y educativas que propendan por la integración generacional de la comunidad con los establecimientos geriátricos y gerontológicos que se encuentren dentro de su localidad. ARTÍCULO 3. La Administración Distrital podrá realizar convenios con la Universidad Distrital u otras instituciones educativas, donde se cuente con programas de terapia física, ocupacional y gerontológica, para que destinen estudiantes que se encuentren en práctica de carreras afines a la cultura, la educación y el deporte y sirvan de apoyo a los programas que se implementarán en las instituciones geriátricas o gerontológicas del Distrito. ARTÍCULO 4. La Administración Distrital reglamentará lo pertinente para el cumplimiento del presente acuerdo. ARTÍCULO 5. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÌQUESE Y CÙMPLASE
SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. 23 de junio de 2008 |