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Acuerdo 6 de 2008 Empresa de Renovación Urbana - ERU

Fecha de Expedición:
22/10/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/11/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4094 de noviembre 7 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 06 DE 2008

(Octubre 22)

Por el cual se modifica la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de la EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE BOGOTÁ, D.C.

LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE BOGOTÁ, D. C.,

Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo No. 03 de 2004 la Empresa de Renovación Urbana adoptó la estructura organizacional para dar cumplimiento a la misión y objeto de la Empresa

Que mediante Acuerdo No. 02 de 2004 la Empresa de Renovación Urbana estableció la planta de personal, la escala salarial y los Factores salariales de los servidores públicos de la Empresa.

Que mediante Acuerdo 01 de 2004, literal f) del artículo 19 se otorgó facultades a la Junta Directiva para adoptar la estructura organizacional, establecer las funciones de sus dependencias y determinar la planta de personal, el régimen, la escala salarial, la remuneración y clasificación de los empleos.

Que el Acuerdo 257 de 2006 estableció las normas básicas de la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital. Que dicho Acuerdo en su capítulo 12 creó la Secretaría del Hábitat como cabeza del sector Hábitat, quedando la Empresa de Renovación Urbana como entidad vinculada al mismo.

Que para responder a la misión establecida en el sector Hábitat para el tema de renovación urbana se requiere adaptar la estructura organizacional de la Empresa a la realidad de una entidad pública, que debe asumir los retos planteados en el marco de dicha reforma administrativa.

Que la Empresa de Renovación Urbana consolidó un documento técnico soporte para la propuesta de reforma administrativa de la Empresa, con base en un proceso de revisión estratégica y de estructuración de macroprocesos, según Estudio Técnico que fue presentado al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital,

Que mediante oficio DIR No. 0517 del 2 de abril de 2008, el Departamento Administrativo del Servicio Civil emite concepto técnico favorable al Acuerdo de modificación de Estructura Organizacional de la ERU

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

CAPÍTULO I

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

ARTÍCULO 1.- La EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE BOGOTÁ, D.C. Empresa Industrial y Comercial del Distrito, se ajustará a la siguiente estructura organizacional:

1.- Despacho del Gerente

1.1.- Oficina Asesora de Planeación

1.2.- Oficina Asesora de Comunicaciones

2.- Dirección Técnica

3.- Dirección Jurídica

4.- Dirección Financiera

5.- Dirección Comercial

6.- Dirección de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario

CAPÍTULO II

DE LA GERENCIA GENERAL

ARTÍCULO 2.- DESPACHO DEL GERENTE. La Gerencia General, además de las funciones establecidas en los estatutos de la Empresa y las que la Junta Directiva le delegue, le corresponderá:

1. Dirigir las acciones requeridas para el desarrollo y realización de las funciones técnicas, sociales, financieras, legales y administrativas de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá, D.C.

2. Establecer y desarrollar los mecanismos que permitan promover y promocionar los proyectos de la Empresa ante la comunidad, las Empresas del Distrito, el sector privado y los particulares.

3. Establecer los mecanismos y procedimientos que garanticen la participación democrática de los ciudadanos en los proyectos que desarrolla la Empresa.

4. Ejecutar y hacer cumplir las disposiciones estatutarias de la Empresa y las determinaciones de la Junta Directiva.

5. Establecer y mantener el Sistema de Control Interno, el cual debe ser adecuado a la naturaleza, estructura y misión de la Empresa de Renovación Urbana.

6.  Expedir los actos administrativos y celebrar de acuerdo a su competencia, los contratos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de las funciones de la Empresa de renovación Urbana.

7. Establecer la política en los asuntos relacionados con la gestión administrativa, financiera, recursos físicos y sistemas de información de la Empresa.

8. Establecer y adoptar las políticas de planeación institucional, organización, métodos y procedimiento de trabajo, en concordancia con los programas y proyectos de la administración Distrital.

9. Establecer los planes, programas y proyectos institucionales de la Empresa.

10. Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Empresa.

ARTÍCULO 3.- OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN. La Oficina Asesora de Planeación tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar al Gerente General en la formulación estratégica de los planes, programas y proyectos de la entidad.

2. Asesorar al Gerente General en el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, del Modelo Estándar de Control Interno y del Plan Institucional, de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia.

3. Realizar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de la Empresa en correspondencia con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Distrito Capital, el Plan de Ordenamiento Territorial y las Políticas del Sector.

4. Diseñar y aplicar indicadores de gestión en concordancia con la implementación del sistema de gestión de calidad, el modelo estándar de control interno, con el fin de generar acciones para la toma de decisiones y mejoramiento continuo de los procesos.

5. Realizar el seguimiento y monitoreo al cumplimiento de objetivos y metas de los programas y proyectos que se ejecutan en la entidad generando procesos de retroalimentación para la toma de decisiones.

6. Generar herramientas, mecanismos y/o instrumentos necesarios que permitan hacer seguimiento, monitoreo y/o evaluación a Planes de Acción, Planes Operativos, Plan de Gestión, Presupuesto Orientado a Resultados, Plan Estratégico y del Plan de Contratación de Inversión elaborados por las respectivas direcciones conforme a la normatividad vigente.

7. Consolidar y presentar los diferentes informes generados por cada una de las direcciones en el marco del balance de gestión de la Administración Distrital y de los procesos de rendición de cuentas.

8. Asesorar y coordinar la formulación de los proyectos de inversión con las diferentes dependencias de la Empresa de acuerdo con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Distrito Capital, el Plan de Ordenamiento Territorial, las Políticas del Sector y el plan estratégico de la entidad.

9. Asesorar y coordinar la elaboración del presupuesto de Inversión de las Direcciones, para ser incorporado en el Anteproyecto y Proyecto de Presupuesto Anual de la entidad, realizando el respectivo seguimiento.

ARTÍCULO 4.- OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES. La Oficina Asesora de Comunicaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar al Gerente General en el manejo de los medios de comunicación y estrategias comunicativas que fortalezcan la interacción con los usuarios y funcionarios de la Empresa.

2. Diseñar y desarrollar las políticas y estrategias de comunicación organizacional de la Empresa.

3. Desarrollar y evaluar, el plan estratégico de comunicaciones, las campañas de divulgación y comunicación sobre los logros institucionales, acontecimientos, eventos y actos que se impulsen en la Empresa, y velar por el correcto uso de la imagen institucional.

4. Dar a conocer los adelantos y proyectos de la Empresa y preparar informes especiales de acuerdo con el medio de comunicación.

5. Establecer relaciones permanentes de comunicación con los medios, las entidades del gobierno y el sector privado, en el orden distrital, regional, nacional e internacional.

6. Desarrollar las políticas de relación con la comunidad y de promoción de la participación democrática en los proyectos de la Empresa.

7. Conformar y coordinar el comité editorial de la Empresa, así como definir, desarrollar y evaluar las políticas editoriales, realizando las actividades necesarias para la publicación de los materiales requeridos por la entidad de acuerdo con las necesidades de cada una de las dependencias.

8. Realizar las actividades necesarias para la revisión y publicación de los materiales requeridos por la Empresa, en coordinación con cada una de sus dependencias.

9. Divulgar, previa autorización del Gerente, las comunicaciones sobre actividades, políticas y planes de la Empresa.

10. Implementar en la Empresa la imagen visual y demás procesos de comunicación expedidos por la Alcaldía Mayor.

ARTÍCULO 5.- DIRECCIÓN TÉCNICA. La Dirección Técnica tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir la Identificación y formulación de proyectos de renovación urbana.

2. Dirigir la evaluación técnica, social, ambiental y económica de las actuaciones integrales en áreas deterioradas del suelo urbano y en zonas de expansión.

3. Dirigir la adquisición de suelo y bienes inmuebles, con base en los estudios socioeconómicos en aras de implementar actuaciones urbanas integrales.

4. Dirigir la programación de operaciones urbanas integrales.

5. Asesorar y participar en la formulación y gestión de macroproyectos de renovación urbana y adoptar los instrumentos que sean necesarios para tal fin.

6. Dirigir el análisis y la evaluación de los riesgos de los diferentes proyectos de renovación urbana.

7. Dirigir la revisión de los planes de gestión social de los proyectos estratégicos de renovación urbana.

8. Dirigir las acciones necesarias para una adecuada gestión del suelo en los proyectos promovidos por la Empresa.

9. Dirigir y diseñar estrategias que contribuyan a mitigar los impactos negativos generados por la adquisición de predios para obras de renovación urbana y por acciones de relocalización de las poblaciones afectadas, cuando sea necesario.

10. Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento de los planes de gestión social de los proyectos prioritarios de la Empresa.

11. Dirigir y diseñar metodologías de acercamiento a las comunidades impactadas por el desarrollo de proyectos de renovación urbana.

12. Dirigir el acompañamiento interinstitucional en el traslado de las familias residentes que lo requieran, así como la reubicación de las actividades productivas.

13. Apoyar las actividades de reconocimiento y liquidación de las compensaciones económicas derivadas de los procesos de renovación urbana.

14. Dirigir la estandarización de los procesos de compra de predios y expropiación.

15. Asesorar y coordinar con la Dirección Jurídica la adquisición de predios, aplicando estrategias para agilizar y minimizar los riesgos técnicos que dichos procesos conlleven.

16. Definir los procedimientos para la administración y vigilancia de los bienes inmuebles que sean adquiridos por la Empresa.

17. Dirigir el desarrollo de los esquemas técnicos necesarios para la ejecución de actuaciones integrales e implementar instrumentos de gestión del suelo en áreas deterioradas de la ciudad.

18. Dirigir la aplicación de los instrumentos de gestión urbanística previstos en el Plan de Ordenamiento Territorial.

ARTÍCULO 6.- DIRECCIÓN JURÍDICA. La Dirección Jurídica, tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir, asesorar y emitir conceptos en los aspectos jurídicos, los proyectos de acuerdos, resoluciones y cualquier otro acto administrativo que elabore o expida la Empresa en cumplimiento de sus funciones, y sobre los proyectos de ley, decretos y acuerdos que someta a su consideración la Gerencia.

2. Asesorar en materia jurídica y contractual a la Gerencia General, en los temas misionales y de funcionamiento que se requieran.

3. Defender los derechos e intereses de la Empresa cuando actúe en trámites judiciales, prejudiciales y extrajudiciales bien sea en calidad de actor o demandado, así como liderar acciones estratégicas y pedagógicas destinadas a prevenir y mitigar la ocurrencia del daño antijurídico.

4. Asesorar jurídicamente todos los aspectos generales de derecho público y privado, acerca de situaciones administrativas y demás asuntos jurídicos.

5. Asesorar y coordinar con la Dirección Técnica, todos los procesos de adquisición de predios, aplicando estrategias para agilizar y minimizar los riesgos jurídicos que dichos procesos conlleven.

6. Estandarizar los procesos de compra de predios y expropiación.

7. Preparar y/o revisar las respuestas y emitir conceptos en los aspectos jurídicos a los derechos de petición y de consulta que formulen los particulares y las distintas autoridades, que tengan relación con los asuntos de competencia de la Empresa, dentro de los términos señalados en la ley.

8. Recepcionar y tramitar oportunamente las quejas y soluciones que se formulen, en relación con el cumplimiento de la misión de la Empresa, en los términos que la ley señale

9. Proyectar actos administrativos y hacer seguimiento a la publicidad de los mismos.

10. Proyectar los actos administrativos que resuelvan en segunda instancia, los recursos interpuestos en los procesos disciplinarios.

11. Compilar, seleccionar, sistematizar, actualizar, y difundir la información normativa, jurisprudencial y doctrinal relacionada con los temas de la Empresa.

12. Orientar la realización de estudios en el campo jurídico, para fortalecer la gestión jurídica y la defensa judicial.

13. Autenticar las copias de los documentos que reposen en los archivos de las diferentes dependencias de la Empresa cuando así lo dispongan las normas vigentes sobre la materia.

14. Definir los procedimientos para la administración y vigilancia de los bienes inmuebles que sean adquiridos por la Empresa.

ARTÍCULO 7. DIRECCIÓN FINANCIERA. La Dirección Financiera, tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir la elaboración de estudios económicos y financieros necesarios para garantizar la viabilidad y rentabilidad social y económica de las actuaciones urbanas integrales a ser gestionadas por la ERU.

2. Dirigir el diseño, implementación, desarrollo, seguimiento y mejoramiento de metodologías, guías y demás herramientas necesarias, que permitan identificar la Tasa Interna de Retorno de los proyectos a formular, registrar, viabilizar y ejecutar por la Empresa.

3. Diseñar, proponer y operacionalizar mecanismos alternativos de financiamiento para la ejecución de los proyectos de renovación urbana a cargo de la Empresa.

4. Realizar, en coordinación con la Subdirección Corporativa, las acciones necesarias para diseñar y mantener actualizado el Sistema de Costos de la Empresa de Renovación Urbana.

5. Elaborar términos de referencia y pliegos de condiciones para la contratación de estudios con enfoque económico, necesarios para viabilizar iniciativas de la Empresa de Renovación Urbana.

6. Brindar apoyo a los responsables de los proyectos que adelante la Empresa, en el soporte de la información de análisis de mercado, análisis socioeconómicos, condiciones financieras, económicas y de gestión.

7. Realizar el seguimiento de los proyectos para consolidar resultados y proyecciones, a fin de prever los faltantes o excedentes financieros y asegurar el equilibrio de recursos para nuevos proyectos.

ARTÍCULO 8. DIRECCIÓN COMERCIAL. La Dirección Comercial, tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir y proponer políticas de comercialización para la ejecución de los proyectos de renovación urbana a cargo de la Empresa.

2. Dirigir y diseñar mecanismos que fomenten la participación privada en proyectos de renovación urbana.

3. Dirigir la realización de alianzas estratégicas y la suscripción de convenios y acuerdos que concreten la gestión pública y privada de la renovación urbana.

4. Promover e impulsar la constitución de Entidades Gestoras y demás formas asociativas, con el fin de agilizar la operación de las Unidades de Gestión Urbanística y la ejecución de los proyectos de la Empresa.

5. Diseñar, proponer y operacionalizar mecanismos alternativos de comercialización para la ejecución de los proyectos de renovación urbana.

6. Dirigir y gestionar la vinculación de la cooperación técnica internacional a los proyectos de la Empresa.

7. Dirigir y diseñar estrategias comerciales y de mercadeo de los proyectos y productos inmobiliarios de la Empresa.

8. Dirigir y diseñar el marketing de los proyectos de renovación urbana que desarrolle la Empresa.

9. Preparar y llevar a cabo eventos promocionales de los principales proyectos de la Empresa con el fin de atraer la participación de inversionistas privados en los proyectos.

ARTÍCULO 9- DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA Y C.I. DISCIPLINARIO. La Dirección de Gestión Corporativa y de Control Interno Disciplinario tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir los procesos relacionados con el manejo del Talento Humano, de recursos técnicos y financieros, contratación, servicios generales y de los sistemas de información de la Empresa.

2. Dirigir los procesos contables, la elaboración y presentación de balances e informes financieros de la Empresa.

3. Dirigir la formulación de planes y programas tendientes a garantizar que el recurso humano al servicio de la Empresa cuente con las condiciones en materia de capacitación, dotación, bienestar, incentivos y salud ocupacional.

4. Dirigir, orientar y vigilar la aplicación de normas y políticas en materia de contratación administrativa en todas las etapas del proceso.

5. Dirigir y coordinar la elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras, de acuerdo con las necesidades de la Empresa.

6. Coordinar y responder por los procesos de selección de proponentes, celebración, ejecución y liquidación de contratos y convenios interadministrativos y de cooperación con el fin de garantizar que estos se ajusten al marco legal de contratación y a los planes, programas y proyectos de la Empresa.

7. Dirigir el proceso de ordenación de pagos por concepto de gastos de personal, gastos generales y de inversión, de conformidad con los procedimientos establecidos para tal fin.

8. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Empresa, conforme a lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley 734 de 2002.

9. Diseñar políticas para el desarrollo de estrategias de racionalización del gasto en la Empresa y velar por su efectiva aplicación.

10. Adoptar las políticas en materia de producción y manejo documental en la Empresa y de administración del archivo de la entidad, de acuerdo con las políticas definidas por el Archivo Distrital.

11. Dirigir y diseñar el plan informático y de sistemas de información institucional.

ARTÍCULO  10. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Acuerdo 03 de 2004.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los veintidós (22) días del mes de octubre de dos mil ocho (2008).

CATALINA VELASCO CAMPUZANO

Presidente

DORYS PATRICIA NOY PALACIOS

Secretaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4094 de noviembre 7 de 2008