RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución Reglamentaria 34 de 2009 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
21/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4345 de diciembre 23 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 034 DE 2009

(Diciembre 21)

Modificada por la Resolución Reglamentaria 13 de 2011

"Por medio de la cual se prescriben los métodos y establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá D.C,; y se dictan otras disposiciones".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 42 de 1993, el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 361 de 2009 y

CONSIDERANDO

Que los artículos 267 de la Constitución Política de Colombia y 4 de la Ley 42 de 1993, determinan el control fiscal como una función pública, que vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles; el cual se ejercerá por la Contraloría General de la República, en forma posterior y selectiva, conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establece la ley.

Que el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia señala que "la vigilancia de la gestión fiscal de los departamentos, distritos y municipios donde haya contralorías, corresponde a éstas y se ejercerá en forma posterior y selectiva". El mismo artículo especifica que los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268, en concordancia con lo anterior, el artículo 105 del Decreto Ley 1421 de 1993, estipula que la vigilancia de la gestión fiscal del Distrito y de los particulares que manejen fondos o bienes del mismo, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C.

Que el Contralor de Bogotá D.C., de conformidad con el artículo 268 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 109 del Decreto Ley 1421 de 1993, tiene entre otras las siguientes atribuciones: prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas de los sujetos pasivos de vigilancia de competencia de la Contraloría de Bogotá D.C., revisarlas y fenecerlas, llevar el registro de la deuda pública, exigir informes sobre su gestión, conceptuar sobre la calidad y eficiencia del control interno, presentar informes sobre el estado de los recursos naturales y medio ambiente, y certificar la situación de las Finanzas y el Balance de Hacienda del Distrito Capital.

Que el Artículo 15 de la ley 42 de 1993 define la cuenta como el informe acompañado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario.

Que la Contaduría General de la República expidió las resoluciones 375 de 2007 por la cual se modifican los artículos 10 y 11 de la Resolución 248 de 2007 respecto a los plazos de reporte de la información contable a la Contaduría General de la Nación y 357 de 2008 por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación siendo necesario que la Contraloría de Bogotá D.C., articule la información solicitada a la forma y términos estipulados por ésta, para el caso de las entidades y organismos del sector público.

Que el capítulo V del Título II de la Ley 42 de 1993, reglamenta el régimen de sanciones y faculta a los contralores para su imposición cuando haya lugar en el ejercicio de la vigilancia y control de la gestión fiscal de la administración pública o particulares que manejen fondos, bienes o recursos públicos señalando las causales, forma y monto de las mismas.

Que el artículo 27 numeral 4 de la Ley 142 de 1994 establece que en las empresas de servicios públicos con aportes oficiales, son bienes de la Nación, de las entidades territoriales o de las entidades descentralizadas, los aportes hechos por ellas al capital, los derechos que ellos confieren sobre el resto del patrimonio y los dividendos que puedan corresponderles.

Que la Ley 527 de 1999 "Por medio de la cual se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones" posibilita, el uso de las firmas digitales para asegurar la autenticidad o veracidad de la información.

Que el Artículo 14 de la Ley 951 de 2005 "Por la cual se crea el acta de informe de gestión" determinó que los órganos de control en el ámbito de su competencia, vigilarán el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos allí establecidos, documento electrónico que se presentará en la rendición de la cuenta al culminar la gestión.

Que el Decreto 1027 de 2007, "Por el cual se modifica la fecha de entrega del Informe Ejecutivo Anual de Evaluación del Sistema de Control Interno", fijó el término para la entrega del Informe ejecutivo anual de evaluación del Sistema de Control Interno, siendo necesario que la Contraloría de Bogotá en virtud de los principios de coordinación y armonía entre las autoridades administrativas adopte los términos estipulados por esta Entidad.

Que el artículo 103 de la Resolución Orgánica No. 5544 del 17 de diciembre de 2003, de la Contraloría General de la República, establece que de conformidad con los numerales 1, 2 y 12 del artículo 268 Constitucional, las contralorías territoriales podrán adoptar o adaptar la presente resolución en las materias de su competencia, acorde con su estructura orgánica y la naturaleza de los sujetos de control.

Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009 expedido por el Concejo de Bogotá, D. C. "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", faculta al Contralor de Bogotá para definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y los Acuerdos, delegar en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Contraloría de Bogotá, D.C., mediante acto administrativo, funciones generales o específicas del ejercicio de la vigilancia y del control fiscal, con excepción de los casos de que trata el artículo 24 del citado Acuerdo; agrupar por sectores a los sujetos del control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras, asimismo ejercer a nivel micro y macro la vigilancia de gestión fiscal.

Que el artículo 47 del Acuerdo 361 de 2009, consagra entre otras las siguientes funciones para las Direcciones Sectoriales de Fiscalización: responder ante el Contralor de Bogotá por el ejercicio de la vigilancia fiscal de las entidades, los servidores públicos y los particulares que ejerzan funciones o manejen fondos y bienes del Distrito Capital en el sector de su competencia; dar conformidad a los planes de mejoramiento suscritos por los sujetos de control producto del ejercicio auditor y efectuar el seguimiento sobre su cumplimiento, de acuerdo con las normas vigentes y sin perjuicio del adelanto de los procesos de responsabilidad fiscal por la autoridad competente o la adopción de otras medidas inherentes al ejercicio de la vigilancia fiscal; definir conjuntamente con la Dirección de Planeación las fuentes de información que deberán compartir, los flujos de la información, las materias de análisis, investigación y de resultados relevantes de su vigilancia fiscal, observando como principio rector la simplificación y racionalización de las exigencias de información y evitando la duplicidad de solicitudes que de la misma se realicen a los sujetos pasivos de la vigilancia fiscal.

Que la Contraloría de Bogotá, D.C., expidió las Resoluciones Reglamentarias No. 020 del 20 de septiembre de 2006, "Por medio de la cual se prescriben los métodos y se establece la forma, términos y procedimientos para la rendición de la cuenta y la presentación de informes, se reglamenta su revisión y se unifica la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá, D.C.", No. 001 de enero 26 de 2007, "Por la cual se modifica la Resolución Reglamentaria 020 del 20 de septiembre de 2006", No. 003 del 22 de enero de 2008 "Por la cual se prorroga el término para la presentación de algunos informes de la Cuenta Consolidada Anual a la Contraloría de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones" y No. 009 de junio 16 de 2008 "Por la cual se establece el término para la presentación de la cuenta consolidada de los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones".

Que la Resolución Reglamentaria 026 de 2009, "Por la cual se agrupa por sectores, se define la complejidad y se reasignan los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las direcciones sectoriales de fiscalización de la Contraloría de Bogotá, D.C.", señala los sujetos de control competencia de este organismo de control y establece que la vigilancia y control fiscal a los Patrimonio Autónomos se adelantara a través de las Entidades que adopten esta figura.

Que en la citada resolución reglamentaria se incluyeron como sujetos de control la empresa Capital Salud entidad promotora de salud del régimen subsidiado S.A.S "CAPITAL SALUD EPS S.A.S", Empresa de Energía de Cundinamarca EEC- ESP S.A., y GESTAGUAS S.A. ESP.

Que la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios modifican las formas de contratación estatal, siendo necesario ajustar los formatos e instructivos del informe de contratación que los sujetos de control presentan a la Contraloría de Bogotá, D.C., así como establecer mecanismos que permitan conocer oportunamente los procesos contractuales en sus diferentes etapas, incluyendo información de los interventores.

Que mediante Memorando 12100-08055 del 22 de septiembre de 2009, suscrito por la Director Técnico para el Control Social y Desarrollo Local, solicita que en el caso de los Fondos de Desarrollo Local FDL, la cuenta la rendirá el Alcalde Local incluyendo la información de aquellos entes que tienen o llegaren a tener la facultad de contratar, ordenar gastos y pagos con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local y demás entidades que administren bienes o fondos públicos locales, en los programas, subprogramas y proyectos de los planes de desarrollo locales como las Unidades Ejecutivas Locales UEL.

Que producto de las mesas de trabajo realizadas con las Direcciones Sectoriales, Economía y Finanzas Distritales e Informática se decidió adicionar, eliminar o modificar algunos formatos y documentos y detallar la información periódica que debe presentar cada sujeto de control.

Que en el objetivo 2 del Plan Estratégico de la Contraloría de Bogotá, D.C., se determinó perfeccionar la ejecución de los recursos, a fin de mejorar la gestión y la calidad de nuestros productos bajo los principios de transparencia y objetividad, mediante la actualización y uso eficiente de la plataforma tecnológica de la entidad y la cultura de cero papel, salvo en los casos estrictamente necesarios.

Que se hace necesario adoptar los cambios, establecer el tipo y la periodicidad de la información contractual, suprimir la presentación de documentos físicos, salvo en los casos estrictamente necesarios, relacionar los sujetos de control en el Anexo A de conformidad con la reasignación establecida y exigir la firma digital a los representantes legales o quienes hagan sus veces, para asegurar la veracidad y autenticidad de la información que presentan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría de Bogotá, D.C.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Circular Sec. General 089 de 2010

RESUELVE:

TÍTULO I

GENERALIDADES

CAPÍTULO I

DEL OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

ARTÍCULO 1º. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución tiene por objeto prescribir los métodos y la forma de rendir la cuenta por parte de los responsables del manejo de fondos, bienes o recursos públicos del Distrito Capital y unificar la información que se presenta a la Contraloría de Bogotá, D.C.

Aplica a los sujetos de control dentro de los cuales se encuentran las entidades y organismos del orden distrital, los órganos autónomos e independientes, las sociedades de economía mixta, las empresas industriales y comerciales del Estado, las Empresas Sociales del Estado, los particulares, patrimonios autónomos, encargos fiduciarios y las demás entidades y personas jurídicas y naturales que manejen y/o administren bienes, recursos o fondos públicos en sus diferentes y sucesivas etapas de planeación, recaudo, percepción, adquisición, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición, sin importar su monto o participación, dada la competencia que sobre su vigilancia y control fiscal ha sido conferida a la Contraloría de Bogotá, D.C., por la Constitución Política, la Ley y los Acuerdos Distritales.

Aplica también a las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios Oficiales, Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios constituidas como Industriales y Comerciales del Distrito, las Empresas de Servicios Públicos Mixtas, en donde el porcentaje mayoritario de su capital social sea del Distrito, las Empresas de Servicios Públicos Privadas sin participación accionaria directa o indirecta del Distrito Capital que manejen recursos de naturaleza pública del ente Distrital.

PARÁGRAFO 1. De conformidad con el artículo 14 numeral 14.21 de la Ley 142 de 1994, se consideran servicios públicos domiciliarios, los de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica y distribución de gas combustible, así como los demás servicios previstos en normas especiales.

PARÁGRAFO 2. Entiéndase por participación, la entrega de bienes, dineros, u otros recursos que el Distrito Capital realiza para integrar el capital social de una empresa, convirtiéndose al efecto en socio de la misma; y por aportes oficiales, la entrega de bienes, dineros u otros recursos distritales para la ejecución de proyectos específicos de una empresa, previa la suscripción del respectivo contrato, y que por lo mismo no entran a formar parte del capital social, sean éstos realizados por el Distrito y/o sus entidades descentralizadas.

PARÁGRAFO 3. Se entiende por participación directa la que hacen las entidades distritales de cualquier orden en dichas empresas para conformar su capital y ser socio de las mismas. Por indirecta, aquella que se realiza a través de la participación accionaría de dichas Empresas, en otras sociedades de Servicios Públicos Domiciliarios.

PARÁGRAFO 4. La rendición de la cuenta de los Curadores Urbanos se regirá por el acto administrativo mediante el cual la Contraloría de Bogotá, reglamente la forma y términos para su presentación.

CAPÍTULO II

DE LA CUENTA Y LA RENDICIÓN

ARTÍCULO 2º. CUENTA. Se entiende por cuenta la información que deben presentar a la Contraloría de Bogotá D.C., los responsables del erario distrital, acompañada de los soportes que sustentan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los gestores públicos.

Para efectos de la presente resolución, la cuenta se conformará por el conjunto de formatos electrónicos CB y documentos electrónicos CBN presentados por los sujetos de control de la Contraloría de Bogotá, D.C., en la forma y términos aquí establecidos.

ARTÍCULO  3º. RENDICIÓN DE CUENTA. Es la presentación de información en virtud del deber legal y ético que tiene el servidor público, persona natural o jurídica a quien se le hayan confiado bienes o recursos del Distrito Capital, de responder e informar sobre la administración, manejo y rendimientos de fondos, bienes o recursos públicos asignados y sobre los resultados de su gestión en el cumplimiento del mandato que le ha sido conferido.

PARÁGRAFO. Para efecto de la presente resolución se entiende por Responder, la obligación que tiene el servidor público y particular que administre o maneje fondos, bienes o recursos públicos, de asumir la responsabilidad que se derive de su gestión fiscal. Así mismo, se entenderá por Informar, la acción de comunicar a la Contraloría de Bogotá D.C., sobre la gestión fiscal desplegada en el manejo de fondos, bienes o recursos públicos y sus resultados de manera parcial o consolidada.

ARTÍCULO  4º. DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN Y UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS AUDITORES: Los Jefes de los Organismos y dependencias de la administración distrital y demás sujetos de control están en la obligación de suministrar la información requerida en el medio acordado, así como los accesos directos sobre sistemas en línea, previa autorización de claves y atributos, y de asignar espacios físicos y elementos logísticos adecuados para los Equipos de Auditoría Comisionados, de tal manera que garanticen condiciones de salubridad, iluminación y seguridad, así como, la independencia de la gestión fiscalizadora y se haga expedito el examen de documentos y la consulta de archivos electrónicos con las especificaciones requeridas por la Contraloría de Bogotá D.C.

CAPÍTULO III

DE LOS RESPONSABLES

ARTÍCULO  5º. RESPONSABLES DE RENDIR CUENTA POR ENTIDAD. Modifcado por el art. 7, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010. El  jefe de entidad, el rector de institución educativa, el liquidador, el representante legal o quien haga sus veces, de los sujetos de control de la Contraloría de Bogotá, D.C., son responsables de rendir la cuenta sobre su gestión financiera, operativa, ambiental y de resultados.

La información que se entregue a la Contraloría de Bogotá D.C., se presentará en la forma indicada en la presente resolución, debidamente refrendada por los responsables.

 PARÁGRAFO. Modificado por el art. 1, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010. En el caso de los Fondos de Desarrollo Local (FDL), la cuenta la rendirá el Alcalde Local, en su condición de Gerente de los Proyectos, incluyendo la información de aquellos entes que tienen o llegaren a tener la facultad de contratar, ordenar gastos y pagos con cargo a los Fondos de Desarrollo Local y demás entidades que administren bienes o fondos públicos locales, en los programas, subprogramas y proyectos de los Planes de Desarrollo Locales tales como las Unidades Ejecutivas Locales (UEL).

No obstante, previamente a la rendición de la cuenta del periodo correspondiente que deban rendir los Fondos de Desarrollo Local, las Unidades Ejecutivas de Localidades, deberán registrar a través de SIVICOF y en los formatos de rendición de la cuenta de cada uno de los FDL, bajo su estricta responsabilidad, de manera discriminada y debidamente diligenciada la información contractual tramitada en la UEL en el período de la respectiva cuenta, de manera tal que la inversión de los recursos del respectivo FDL se refleje en forma absoluta e integral.

La Contraloría Distrital podrá, en cualquier momento, desarrollar auditorias a la contratación que se realice y ejecute a través de dichas Unidades Ejecutivas de Localidades en las entidades que ordenen gastos y pagos con cargo a los recursos locales.

ARTÍCULO 6º. RESPONSABLES DE RENDIR CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. Los responsables de rendir cuenta de que trata el artículo 5º, en caso de retiro definitivo, deberán rendir cuenta de su gestión a la Contraloría de Bogotá D.C., conforme a lo establecido en el Título II – Capítulo IX de la presente resolución.

ARTÍCULO 7º. RESPONSABLES DE RENDIR CUENTAS ESPECIALES. Las cuentas relativas a manejo de recursos mediante contratos de concesión o convenios con organismos nacionales o internacionales y cualquier otra modalidad de transferencias o aportes de recursos públicos distritales, diferentes a encargos fiduciarios y contratos de fiducia pública, se integrarán y presentarán en la cuenta de la respectiva entidad pública contratante, sin perjuicio de que la Contraloría de Bogotá D.C. pueda solicitar a los concesionarios, jefe, director, coordinador o quien haga sus veces, del respectivo organismo nacional, internacional, ente privado o público receptor, la información que considere necesaria para corroborarla con la suministrada por la entidad concedente o suscriptora del convenio, y la que se requiera para el cabal ejercicio del control fiscal.

No obstante, la Contraloría de Bogotá, D.C. podrá reglamentar de manera específica el control fiscal y la rendición de cuenta por parte de los organismos o entidades mencionadas anteriormente, con las cuales se suscriban los respectivos contratos o convenios.

ARTÍCULO 8º. RESPONSABLES DE RENDIR INFORMACIÓN PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL MACROECONÓMICO. La información requerida para la certificación y registro de la deuda pública, el dictamen a los estados contables consolidados del Distrito Capital, el estado de las finanzas del Distrito Capital, el análisis del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), deberá ser presentada por el jefe de entidad, el representante legal, o quien haga sus veces en las entidades y organismos públicos del orden distrital, conforme a lo establecido en el Título IV de la presente resolución.

CAPÍTULO IV

DE LA PRESENTACIÓN Y FORMA

ARTÍCULO   9º. MECANISMO PARA LA PRESENTACIÓN. La rendición de cuenta a la Contraloría de Bogotá, de que trata la presente resolución, deberá realizarse por parte de los responsables, a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL – SIVICOF, cumpliendo con los estándares y validaciones dispuestos en el mismo.

Para rendir la información mediante SIVICOF, cada sujeto de control deberá certificar la veracidad de la información allí registrada en cada Informe (Grupo de Formatos Electrónicos) y/o Documentos electrónicos, mediante la respectiva firma digital.

Una vez transmitida la información y generado el comprobante de transacción en el SIVICOF, ésta no podrá modificarse, en caso de ser necesario el sujeto de control deberá remitir al correspondiente Director Técnico Sectorial, una solicitud para la autorización de reenvío o retransmisión de la información, relacionando el motivo y las modificaciones pertinentes. La Contraloría de Bogotá D.C. se reservará el derecho de autorizar o negar el reenvío o la retransmisión de la información a través de SIVICOF, cuando lo estime pertinente, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar, de conformidad con la Ley 42 de 1993.

En caso de autorizarse y para la respectiva habilitación del sistema el Director Técnico Sectorial informará por escrito a la Dirección de Informática el término máximo en el cual el sujeto de control deba realizar el envió de la información.

PARÁGRAFO  1. Con la firma digital de cada Informe (Grupo de Formatos Electrónicos) y/o Documentos Electrónicos, el sujeto de control certifica a la Contraloría de Bogotá D.C., que la información presentada es precisa, correcta, veraz y completa, por tanto, el jefe de entidad, el rector, el representante legal o quien haga sus veces del sujeto de control será responsable ante la Contraloría por cualquier imprecisión, inconsistencia, falsedad u omisión en los datos, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar.

PARÁGRAFO 2. Para el envío de la información de que tratan los artículos 13, 32, 33 de la presente resolución, por medio del sistema SIVICOF, el sujeto de control deberá solicitar autorización a la respectiva Dirección Sectorial, mediante oficio radicado dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de los términos establecidos en cada uno de estos artículos. Para la respectiva habilitación del sistema, el Director Técnico Sectorial informará por escrito a la Dirección de Informática el término máximo en el cual el sujeto de control deba realizar el envió de la información.

PARÁGRAFO 3. Los documentos fuente que soporten la gestión fiscal, financiera, operativa y de resultados, reposarán en las correspondientes entidades, a disposición de este ente de vigilancia y control fiscal, quien podrá solicitarlos, examinarlos, evaluarlos o consultarlos en cualquier tiempo.

ARTÍCULO 10º. FIRMA DIGITAL. Con el fin de asegurar que la información transmitida a través del Sivicof sea la perteneciente a cada una de las entidades sujeto de control y para evitar el uso del papel, será exigible la firma digital de que trata la Ley 527 de 1999 y sus decretos reglamentarios.

ARTÍCULO  11º. FORMA DE LA PRESENTACIÓN. La información de la cuenta se clasifica en FORMATOS ELECTRÓNICOS –CB- (Datos parametrizados que deberán ser diligenciados, enviados y validados utilizando SIVICOF), DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS –CBN- (Datos contenidos en documentos elaborados en procesadores de palabra y hojas electrónicas, referentes a informes, estudios o cualquier otro tipo de documento que se exija como parte de la cuenta, los cuales deberán ser remitidos utilizando la opción respectiva en el SIVICOF. Ver Anexo C). Las dos clasificaciones anteriores serán firmadas digitalmente de acuerdo con lo establecido en la presente resolución.

PARÁGRAFO. Los formatos electrónicos y documentos electrónicos que componen la cuenta en los diferentes períodos, son agrupados por SIVICOF en un concepto denominado tipo de informe, el cual varía en su contenido dependiendo de: la periodicidad, el sector y la naturaleza del sujeto de control. A continuación en el Cuadro 1 se muestra un ejemplo de los tipos de informe según su periodicidad:

Cuadro 1. Clasificación de la información contenida en la cuenta.

CAPÍTULO V

DEL PERÍODO

ARTÍCULO 12º. DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. La cuenta se rendirá por los siguientes períodos: mensual, intermedio, anual y ocasional. El contenido de dichos informes se define en el Título II y de la presente resolución.

La cuenta mensual comprende el período del primero al último día de cada mes; la intermedia comprende el período del 1 de enero al 30 de junio de la vigencia fiscal en curso, la cuenta anual comprende el período del 1 de enero al 31 de diciembre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y la ocasional corresponde a información adicional o especializada que podrá solicitar este Organismo de Control.

ARTÍCULO 13°. DE LA RENDICIÓN DE LA CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. La cuenta que debe presentar el jefe de entidad, el rector, el representante legal, o quien haga sus veces en los sujetos de control de la Contraloría de Bogotá D.C., cuando culmine su gestión, cubrirá el período comprendido entre la fecha de corte de la última rendición de cuenta efectuada (intermedia o anual) y la fecha de retiro definitivo del cargo. El contenido del informe se define en el Título II – Capítulo IX de la presente resolución.

ARTÍCULO 14º. DE LA INFORMACIÓN PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL MACROECONÓMICO. La información requerida para la certificación y registro de la deuda pública, el dictamen a los estados contables consolidados del Distrito Capital, el estado de las finanzas del Distrito Capital, el análisis del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), será rendida por los períodos establecidos en el Título IV de la presente resolución.

CAPÍTULO VI

DE LOS TÉRMINOS

ARTÍCULO  15º. DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD. Modifcado por el art. 1, Resolución Contraloria Distrital 013 de 2011. El término máximo para la rendición de la cuenta consolidada a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal - SIVICOF mensual, intermedia y anual a la Contraloría de Bogotá, D.C., será el siguiente:

Mensual: El noveno día hábil siguiente al mes reportado.

Intermedia: El primer día hábil del mes de Agosto.

Anual: El décimo primer día hábil del mes de Febrero.

PARÁGRAFO 1º. Los Fondos Servicios Educativos de los Colegios Instituciones adscritas a la Secretaria de Educación, según el Capítulo III del Titulo II de la presente resolución reglamentaria, presentarán la información intermedia y anual, así:

FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS

TÉRMINO

a. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 1, 2, 3, 4 y 14

Último viernes del mes de julio y el último viernes del mes de febrero del año siguiente a la vigencia reportada respectivamente

b. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 5, 6, 7 y 15

Último jueves del mes de julio y el último jueves del mes de febrero del año siguiente a la vigencia reportada respectivamente.

c. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 8, 10 y 17

Último miércoles del mes de julio y el último miércoles del mes de febrero del año siguiente a la vigencia reportada respectivamente.

d. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 9, 11, 12, 13 y 20

Último martes del mes de julio y el último martes del mes de febrero del año siguiente a la vigencia reportada respectivamente.

e. Los Fondos de Servicios Educativos de las Localidades 16, 18 y 19

Último lunes del mes de julio y el último lunes del mes de febrero del año siguiente a la vigencia reportada respectivamente.

PARÁGRAFO 2º. El liquidador del sujeto de control, cuando culmine el proceso de liquidación, deberá presentar el informe señalado en el Artículo 32 de la presente resolución, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes.

PARÁGRAFO 3º. Las entidades o sujetos de control que inicien procesos de transformación, fusión, escisión o se acojan a la Ley 1116 de 2006, deberán presentar cuenta consolidada anual, por el período comprendido entre el 1 de enero de la vigencia y la fecha de promulgación del acto administrativo que ordene tal evento, dentro de los (10) diez días hábiles siguientes a la fecha de expedición del acto administrativo que así lo decrete y a la culminación de cada una de las etapas o fases previstas.

Los estados financieros (CBN-1009 Balance General) y la relación de inventarios (CBN-1026 inventario físico) con que participan en el nuevo ente, se presentará dentro del mes siguiente a la fecha en que se adopte la medida.

Cuando este proceso coincida con el cierre de la vigencia fiscal (31 de diciembre) la cuenta consolidada anual se rendirá en los términos señalados en el Artículo 15º de la presente Resolución Reglamentaria.

PARÁGRAFO 4º. En caso que el sujeto de control no presente la información durante los términos establecidos en la presente resolución, la Contraloría de Bogotá D.C. podrá efectuar la verificación respectiva en la fuente, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionatorio determinado en la Ley 42 de 1993 y la Resolución Reglamentaria que regule este proceso.

ARTÍCULO 16º. DEL INFORME DE CONTABILIDAD. La información contable se presentará a la Contraloría de Bogotá, D.C. a través del Sivicof de manera intermedia y anual conforme a los parámetros y plazos señalados por la Contaduría General de la Nación para las entidades y organismos del sector público.

ARTÍCULO 17º. DEL INFORME EJECUTIVO ANUAL DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO. El documento electrónico CBN-1022 Informe Ejecutivo Anual de Control Interno, se presentará a la Contraloría de Bogotá, D.C. a través del Sivicof en los términos que establezca el Departamento Administrativo de la Función Pública.

ARTÍCULO 18º. DE LA RENDICIÓN DE CUENTA AL CULMINAR LA GESTIÓN. El informe al culminar su gestión debe presentarse dentro de los 15 días hábiles siguientes al retiro.

ARTÍCULO 19º. DE LA INFORMACIÓN PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL MACROECONÓMICO. La información requerida para la certificación y registro de la deuda pública, el dictamen a los estados contables consolidados del Distrito Capital, el estado de las finanzas del Distrito Capital, el análisis del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas y del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), será presentada dentro de los términos establecidos en el Título IV de la presente resolución.

ARTÍCULO 20º. DE LA INFORMACIÓN OCASIONAL. La información ocasional se remitirá conforme al término establecido por el Director Técnico Sectorial respectivo.

TÍTULO II

DEL CONTENIDO Y REVISIÓN DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD

ARTÍCULO 21º. CONTENIDO DE LA INFORMACIÓN. La información de la cuenta está agrupada para cada período mensual, intermedio o anual en diferentes tipos de informe, los cuales incluyen formatos electrónicos –CB- y documentos electrónicos –CBN- firmados digitalmente como se establece en el artículo 10 de la presente resolución. En el Anexo A: Sujetos de control por capítulo, se relacionan los sujetos de vigilancia y control fiscal que integran los siguientes capítulos:

CAPÍTULO I

ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO QUE PRESTAN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR AL 90% DEL TOTAL DEL CAPITAL

ARTÍCULO  22º. Modificado por el art. 4, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011. Los sujetos de control señalados en este capítulo presentarán la información que se detalla a continuación:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME  FINANCIERO

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CBN-1001

Programa Anual de Caja – PAC

X

CBN-1002

Ejecución cuentas por pagar de la vigencia anterior.

X

CBN-1003

Presupuesto Orientado a Resultados – POR

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

DEUDA PUBLICA

CB-0105

Informe Mensual Deuda Pública Interna y Externa

X

CB-0106

Deuda Pública – Informe Acumulado

X

CB-0107

Información sobre Emisión y Colocación de Bonos.

X

CB-0108

Deuda Pública – Condiciones Financieras de Créditos Vigentes

X

CB-0109

(SEUD) – Sistema Estadístico Unificado de Deuda.

X

CB-0110

Deuda pública - Registro de Créditos Nuevos

X

CB-0111

Deuda Pública – Tabla de Amortización

X

CB-0112

Deuda Pública – Relación de Comisiones

X

CB-0113

Deuda Pública – Destino de los Recursos.

X

CBN-1091

Informe sobre condiciones económicas y estudios previos para la contratación.

X

CBN-1004

Informe sobre cupo de endeudamiento, aprobado por el Concejo de Bogotá.

X

CBN-1005

Informe sobre el comportamiento de los indicadores de solvencia.

X

CBN-1006

Informe sobre los hechos económicos de deuda.

X

INVERSIONES

CB-0114

Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras

X

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

X

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos

X

CBN-1092

Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones o manejo de recursos de tesorería.

X

CONTRATACIÓN

 CB-0201

Archivo Contratación Modificado por el art. 2, Resolución Contraloria Distrital 013 de 2011

X

 CB-0202

Archivo Novedades  Modificado por el art. 2, Resolución Contraloria Distrital 013 de 2011

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

1. Las Entidades que no registren deuda pública y/o inversiones financieras y recursos de tesorería (fondos en cuentas corrientes y de ahorro), no deben diligenciar los formatos correspondientes, caso en el cual deberán incorporar el documento CBN-1092 señalando que no poseen obligaciones de deuda y/o no poseen inversiones y no manejan recursos de tesorería.

 2. Cuando se trate de recursos Distritales que conforman portafolios de inversiones financieras manejados a través de entidades fiduciarias, deben clasificarse y relacionarse en el formato CB-0114. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

 3. Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato CB-0115 . Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

RENTAS, REGALIAS Y PATRIMONIALES

CB-0122 Y CB-0124 aplican únicamente Secretaria De Hacienda Distrital.

CB-0123 aplica únicamente Secretaria Distrital de Ambiente.

CB-0122

Rentas por Cobrar.

X

CB-0123

Información sobre Regalías

X

CB-0124

Inversiones patrimoniales

X

INFORME DE GESTIÓN

CB-0413, CB-0416 y CB-0417 y el documento CBN-1001 aplican únicamente a la Secretaria de Hacienda Distrital

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0407

Relación Proceso judiciales

X

CB-0413

Información sobre los procesos por tipo.

X

CB-0416

Depósitos Judiciales.

X

CB-0417

Información sobre devoluciones.

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo.

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1101

Informe de Representación Externa – Dirección de Impuestos Distritales

X

PENSIONES

Aplica únicamente al Fondo de Prestaciones Económicas FONCEP

CB-0801

Pensionados de la vigencia.

X

CB-0802

Bonos pensionales.

X

CB-0803

Pensionados fallecidos

X

CB-0804

Personas sustitutas o sobrevivientes.

X

CB-0805

Información del consorcio.

X

CB-0806

Ajuste de pensiones.

X

CB-0807

Acreencias en pensiones

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES _ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

1. Los formatos CB-0122, CB-0124, CB-0413, CB-0416, CB-0417 aplican únicamente para la Secretaría de Hacienda Distrital.

2. El formato CB-0123 aplica únicamente para la Secretaria Distrital de Ambiente.

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

RENTAS, REGALIAS Y PATRIMONIALES

CB-0122 Y CB-0124 aplican únicamente Secretaria De Hacienda Distrital.

CB-0123 aplica únicamente Secretaria Distrital de Ambiente

CB-0122

Rentas por Cobrar.

X

CB-0123

Información sobre Regalías

X

CB-0124

Inversiones patrimoniales

X

TALENTO HUMANO

CB-0301

Información del Recurso Humano (Relación de Funcionarios)

X

CB-0302

Información del Recurso Humano

X

GESTIÓN

CB-0413, CB-0416, CB-0417 y los documentos CBN-1031 y CBN-1101 aplican únicamente a la Secretaria de Hacienda Distrital

Los documentos CBN-1028 y CBN-1029 aplican únicamente para las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y para las empresas industriales y comerciales del distrito que prestan servicios públicos domiciliarios.

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0406

Plan estratégico

X

CB-0407

Delación de procesos judiciales

X

CB-0413

Información sobre los procesos por tipo.

X

CB-0416

Depósitos Judiciales.

X

CB-0417

Información sobre devoluciones.

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo.

X

CBN-1015

Informe de austeridad en el gasto.

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1022

Informe ejecutivo anual de Control Interno.

X

CBN-1024

Plan Anual de Compras.

X

CBN-1025

Cierre presupuestal de la vigencia.

X

CBN-1028

Plan de Gestión por servicios

X

CBN-1029

Informe sobre silencios administrativos positivos

X

CBN-1031

Informe de Peticiones, quejas y reclamos sobre pensiones.

X

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados.

X

CBN-1101

Informe de Representación Externa – Dirección de Impuestos Distritales

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X

CBN-1106

Plan de Contratación de la siguiente vigencia

X

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional.

X

CBN-1108

Informe financiero detallado del esquema de aseo en el D.C.

X

BALANCE SOCIAL

CBN - 1103

Informe Balance Social

X

GESTIÓN AMBIENTAL

CBN-1112 Aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y al Fondo Financiero de Salud.

CBN-1114 Aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

 CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

 CBN-1112

Información Gestión Ambiental Externa Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

 CBN-1113

Informe Gestión Ambiental Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

 CBN-1114

Información Ambiental Externa Proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

ESTADÍSTICAS
EDUCACIÓN

CB-0701

Información sobre alumnos retirados

X

CB-0702

Información estadística

X

CB-0703

Información sobre retiros

X

CBN-1095

Actas y acuerdos del Consejo Directivo

X

CBN-1096

Resoluciones expedidas por la Rectoría

X

ESTADÍSTICAS
INFORMATICA

CB-0704

Inventario de Software Ofimático e informático

X

CB-0705

Inventario de Aplicaciones automatizadas en producción.

X

CB-0706

Inventario de Aplicaciones automatizadas en desarrollo.

X

CB-0707

Inventario de servidores.

X

CB-0708

Inventario de computadores personales.

X

CB-0709

Inventario de impresoras

X

CB-0710

Inventario de equipos complementarios.

X

CB-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnología informática

X

CB-0712

Seguridad Informática

X

CBN-1100

Plan de Informática

X

PENSIONES

Aplica únicamente al Fondo de Prestaciones Económicas FONCEP

CB - 0801

Pensionados de la vigencia.

X

CB - 0802

Bonos pensionales.

X

CB - 0803

Pensionados fallecidos

X

CB - 0804

Personas sustitutas o sobrevivientes.

X

CB - 0805

Información del consorcio.

X

CB - 0806

Ajuste de pensiones.

X

CB - 0807

Acreencias en pensiones

X

CBN-1032

Indicadores de pensiones.

X

CONTABILIDAD

CBN-1030 aplica únicamente al Fondo de Prestaciones Económicas FONCEP.

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CB-0905

CUENTAS POR COBRAR

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1016

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales.

X

CBN-1019

Informe de Control Interno contable

X

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CBN-1021

Informe de Auditoría Externa.

X

CBN-1023

Informe de Composición Accionaria.

X

CBN-1026

Inventario Físico.

X

CBN-1030

Estados contables del Consorcio.

X

1. Los formatos CB-0122, CB-0124, CB-0413, CB-0416, CB-0417 y los documentos CBN-1031 y CBN-1101 aplican únicamente para la Secretaría de Hacienda Distrital.

2. Los documentos CBN-1112 aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y al Fondo Financiero de Salud y CBN-0504 aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

3. El formato CB-0123 aplica únicamente para la Secretaria Distrital de Ambiente.

4. Los documentos CBN-1028 y CBN-1029 aplican únicamente para las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y para las empresas industriales y comerciales del distrito que prestan servicios públicos domiciliarios. 

5. La Unidad Administrativa de Servicios Públicos UAESP, adicionalmente presentará el documento electrónico CBN- 1108 informe financiero intermedio y consolidado anual.

CAPÍTULO II

EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

ARTÍCULO  23ºModificado por el art. 4, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011. Las Empresas Sociales del Estado adscritas a la Secretaría Distrital de Salud señaladas en el Artículo 84 del Acuerdo 257 de 2006, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CBN-1001

Programa Anual de Caja – PAC

X

CBN-1002

Ejecución cuentas por pagar de la vigencia anterior.

X

CBN-1003

Presupuesto Orientado a Resultados - POR

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

INVERSIONES

CB-0114

Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras

X

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

X

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos

X

CBN-1092

Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones o manejo de recursos de tesorería.

X

CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

CB-0205

Contratos por venta de servicios de salud

X

 1. Cuando se trate de recursos Distritales que conforman portafolios de inversiones financieras manejados a través de entidades fiduciarias, deben clasificarse y relacionarse en el formato CB-0114. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

 2. Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato CB-0115. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

SALUD

CB-0117

Información de cartera por Deudor y edades

X

CB-0118

Informe sobre cuentas por pagar por edades

X

CB-0119

Informe sobre glosas definitivas

X

CB-0120

Informe sobre facturación

X

CB-0125

Informe de procesos disciplinarios por glosas definitivas

X

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0407

Relación Proceso judiciales

X

CB-0408

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Objetivos

X

CB-0409

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Metas

X

CB-0410

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Proyectos Tipo.

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo.

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES _ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

SALUD

CB-0117

Información de cartera por Deudor y edades

X

CB-0118

Informe sobre cuentas por pagar por edades

X

CB-0119

Informe sobre glosas definitivas

X

CB-0120

Informe sobre facturación

X

CB-0125

Informe de procesos disciplinarios por glosas definitivas

X

TALENTO HUMANO

CB-0301

Información del Recurso Humano (Relación de Funcionarios)

X

CB-0302

Información del Recurso Humano

X

GESTION

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0406

Plan estratégico

X

CB-0407

Relación Proceso judiciales

X

CB-0408

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Objetivos

X

CB-0409

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Metas

X

CB-0410

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Proyectos Tipo.

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo.

X

CBN-1015

Informe de austeridad en el gasto.

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1022

Informe ejecutivo anual de Control Interno.

X

CBN-1025

Cierre presupuestal de la vigencia.

X

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados.

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X

CBN-1106

Plan de Contratación de la siguiente vigencia

X

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional

X

GESTIÓN AMBIENTAL

 CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

 CBN-1113

Informe Gestión Ambiental Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

BALANCE SOCIAL

CBN - 1103

Informe Balance Social

X

ESTADÍSTICA INFORMATICA

CB-0704

Inventario de Software Ofimático e informático

X

CB-0705

Inventario de Aplicaciones automatizadas en producción.

X

CB-0706

Inventario de Aplicaciones automatizadas en desarrollo.

X

CB-0707

Inventario de servidores.

X

CB-0708

Inventario de computadores personales.

X

CB-0709

Inventario de impresoras

X

CB-0710

Inventario de equipos complementarios.

X

CB-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnología informática

X

CB-0712

Seguridad Informática

X

CBN-1100

Plan de Informática

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

CBN-1016

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales.

X

CBN-1019

Informe de Control Interno contable

X

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CBN-1024

Plan Anual de Compras.

X

CBN-1026

Inventario Físico.

X

CAPÍTULO III

FONDOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LOS COLEGIOS INSTITUCIONES ADSCRITAS A LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

ARTÍCULO 24º. Los Fondos de Servicios Educativos de los Colegios Instituciones adscritas a la Secretaria de Educación presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

 CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0418

Formato único de Ingresos y Bajas Fondos de Servicios Educativos

X

CBN-1095

Actas y acuerdos del Consejo Directivo

X

CBN-1096

Resoluciones expedidas por la Rectoría

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES _ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CONTRATACIÓN
Corresponde únicamente a la información del II Semestre de la vigencia reportada.

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

GESTION

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0418

Formato único de Ingresos y Bajas Fondos de Servicios Educativos

X

CBN-1022

Informe Ejecutivo Anual de Control Interno

X

CBN-1034

Informe de gestión.

X

CBN-1035

Informe estado de planta física:

X

CBN-1036

Proyectos académicos adelantados.

X

CBN-1037

Informe sobre el servicio de transporte.

X

CBN-1110

Manual de Control Interno

X

ESTADISTICAS

EDUCACIÓN

CB-0713

Cobertura de Alumnos

CB-0714

Servicio de orientación

X

CB-0715

Programa de Gobierno: Escuela Ciudad Escuela

X

CB-0716

Programa de Gobierno: Útiles Escolares

X

CB-0717

Programa de Gobierno: Gratuidad

X

CB-0718

Programa de Gobierno: Subsidios Condicionados a la Asistencia Escolar

X

CB-0719

Programa de Gobierno: Transporte Escolar

X

CB-0720

Programa de Gobierno: Refrigerios

X

CB-0721

Resultado Pruebas de Estado

X

CBN-1095

Actas y acuerdos del Consejo Directivo

X

CBN-1096

Resoluciones expedidas por la Rectoría

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES _ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CAPÍTULO IV

SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA INFERIOR AL 90% Y EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS MIXTAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DEL DISTRITO CAPITAL IGUAL O SUPERIOR AL 50% E INFERIOR AL 100% DEL CAPITAL

ARTÍCULO  25º. Modificado por el art. 4, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011. Los sujetos de control cuyas características y naturaleza jurídica correspondan a las señaladas en este capítulo, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

DEUDA PUBLICA

CB-0105

Informe Mensual Deuda Pública Interna y Externa

X

CB-0106

Deuda Pública – Informe Acumulado

X

CB-0107

Información sobre Emisión y Colocación de Bonos.

X

CB-0108

Deuda Pública – Condiciones Financieras de Créditos Vigentes

X

CB-0109

(SEUD) – Sistema Estadístico Unificado de Deuda.

X

CB-0110

Deuda pública - Registro de Créditos Nuevos

X

CB-0111

Deuda Pública – Tabla de Amortización

X

CB-0112

Deuda Pública – Relación de Comisiones

X

CB-0113

Deuda Pública – Destino de los Recursos.

X

CBN-1091

Informe sobre condiciones económicas y estudios previos para la contratación.

X

CBN-1004

Informe sobre cupo de endeudamiento, aprobado por el Concejo de Bogotá.

X

CBN-1005

Informe sobre el comportamiento de los indicadores de solvencia.

X

CBN-1006

Informe sobre los hechos económicos de deuda.

X

INVERSIONES

CB-0114

Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras

X

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

X

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos

X

CBN-1092

Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones o manejo de recursos de tesorería.

X

CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

1. Las Entidades que no registren deuda pública y/o inversiones financieras y recursos de tesorería (fondos en cuentas corrientes y de ahorro), no deben diligenciar los formatos correspondientes, caso en el cual deberán incorporar el documento CBN-1092 señalando que no poseen obligaciones de deuda y/o no poseen inversiones y no manejan recursos de tesorería.

 2. Cuando se trate de recursos Distritales que conforman portafolios de inversiones financieras manejados a través de entidades fiduciarias, deben clasificarse y relacionarse en el formato CB-0114. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010 

 3. Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato CB-0115. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTION

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados

X

CONTABILIDAD

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

TALENTO HUMANO

CB-0301

Información del Recurso Humano (Relación de Funcionarios)

X

CB-0302

Información del Recurso Humano

X

GESTION

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0406

Plan estratégico

X

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de los controles de advertencia.

X

CBN-1028

Plan de Gestión por servicios.

X

CBN-1029

Informe sobre silencios administrativos positivos

X

CBN-1038

Informe de la Oficina de Control Interno.

X

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados.

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X

CBN-1106

Plan anual de Contratación siguiente vigencia

X

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional

X

GESTIÓN AMBIENTAL

CBN-1112 Aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y CBN-1114 Aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

 CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1112

Información Gestión Ambiental Externa Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1113

Informe Gestión Ambiental Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1114

Información Ambiental Externa Proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

RESPONSABILIDAD SOCIAL

CBN - 1051

Informe de Responsabilidad y Gestión Social Corporativa

X

ESTADÍSTICAS
INFORMÁTICA

CB-0704

Inventario de Software Ofimático e informático

X

CB-0705

Inventario de Aplicaciones automatizadas en producción.

X

CB-0706

Inventario de Aplicaciones automatizadas en desarrollo.

X

CB-0707

Inventario de servidores.

X

CB-0708

Inventario de computadores personales.

X

CB-0709

Inventario de impresoras

X

CB-0710

Inventario de equipos complementarios.

X

CB-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnología informática

X

CB-0712

Seguridad Informática

X

CBN-1100

Plan de Informática

X

CONTABILIDAD

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

CBN-1019

Informe de control Interno contable

X

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CBN-1021

Informe de Auditoría Externa.

X

CBN-1023

Informe de Composición Accionaria.

X

CBN-1026

Inventario Físico.

X

CBN-1039

Estado de Ingresos comparado con el período anterior.

X

CBN-1040

Estado de costos y gastos comparado con el periodo anterior.

X

CBN-1041

Estado de cartera comparado con el periodo anterior.

X

CBN-1043

Plan de Inversiones.

X

CBN-1044

Informe sobre la naturaleza de los aportes o participaciones Distritales.

X

1. Los formatos CB-0405: relación peticiones, quejas y reclamos y CBN-1029 Informe sobre silencios administrativos positivos no aplica para las empresas de servicios públicos que no se encargan de la distribución de los mismos.

2. Los documentos CBN-1112 aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y CBN-1114 aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

CAPÍTULO V

EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS PRIVADAS (participación directa o indirecta del Distrito Capital inferior al 50 % del capital.) Y LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS PRIVADAS SIN PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DEL DISTRITO CAPITAL QUE MANEJEN RECURSOS DE NATURALEZA PÚBLICA DEL DISTRITO CAPITAL.

ARTÍCULO  26º. Modificado por el art. 4, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011. Los sujetos de control cuyas características y naturaleza jurídica correspondan a las señaladas en este capítulo, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

INVERSIONES

CB-0114

Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras

X

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

X

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos

X

CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

 1. Cuando se trate de recursos Distritales que conforman portafolios de inversiones financieras manejados a través de entidades fiduciarias, deben clasificarse y relacionarse en el formato CB-0114. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

 2. Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato CB-0115. Modifcado por el art. 5, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010

INFORMACIÓN INTERMEDIA

 

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1029

Informe sobre silencios administrativos positivos

X

CBN-1045

Informe de Gerencia.

X

CBN-1050

Indicadores de Gestión.

X

CBN-1051

Informe de Gestión Social Corporativa.

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X

CBN-1106

Plan anual de Contratación siguiente vigencia

X

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional

X

GESTIÓN AMBIENTAL

CBN-1112 Aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y CBN-1114 Aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

 CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1112

Información Gestión Ambiental Externa Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1113

Informe Gestión Ambiental Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1114

Información Ambiental Externa Proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

RESPONSABILIDAD SOCIAL

CBN - 1051

Informe de Responsabilidad y Gestión Social Corporativa

X

CONTABILIDAD

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

CBN-1018

Estados de Resultados

X

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CBN-1021

Informe de Auditoría Externa.

X

CBN-1023

Informe de Composición Accionaria.

X

CBN-1046

Estructura de Costos.

X

CBN-1047

Estados de Cambios en la situación financiera

X

1. Los formatos CB-0405: relación peticiones, quejas y reclamos y CBN-1029 Informe sobre silencios administrativos positivos no aplica para las empresas de servicios públicos que no se encargan de la distribución de los mismos.

2. Los documentos CBN-1112 aplica únicamente a los sujetos de control que integran el SIAC y CBN-1114 aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

CAPÍTULO VI

FONDOS DE DESARROLLO LOCAL (FDL)

ARTÍCULO  27º. Modificado por el art. 4, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011. Los Fondos de Desarrollo Local creados en virtud del Artículo 87 del Decreto Ley 1421 de 1993, o aquel que lo modifique, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CB-0126

Relación Registros presupuestales por Rubro

X

CBN-1001

Programa Anual de Caja – PAC

X

CBN-1002

Ejecución cuentas por pagar de la vigencia anterior.

X

CBN-1003

Presupuesto Orientado a Resultados – POR

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

 X

CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

GESTIÓN

CB-0412

Ingresos por conceptos de multas y querellas

X

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y fecha limite establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0406

Plan estratégico

X

CB-0407

Relación de procesos judiciales

X

CB-0408

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Objetivos

X

CB-0409

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Metas

X

CB-0410

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión. Proyectos Tipo.

X

CB-0411

Relación de proyectos viabilizados por las UEL.

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo

X

CBN-1015

Informe de austeridad en el gasto.

X

CBN-1016

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales.

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1022

Informe ejecutivo anual de Control Interno.

X

CBN-1024

Plan Anual de Compras.

X

CBN-1025

Cierre presupuestal de la vigencia.

X

CBN-1027

Plan de Acción de los proyectos ejecutados en la vigencia.

X

CBN-1052

Plan de Acción de cada proyecto para la nueva vigencia.

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X

CBN-1106

Plan anual de Contratación siguiente vigencia

X

CBN-1065

Relación de los Proyectos de Inversión.

X

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados.

X

CBN-1105

Manual de Contratación

X 

CBN-1106

Plan Anual de Contratación

X 

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional

X

GESTIÓN AMBIENTAL

CBN-1114 Aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

 CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1113

Informe Gestión Ambiental Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

CBN-1114

Información Ambiental Externa Proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura Suprimido por el art. 2, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

X

BALANCE SOCIAL

CBN-1103

Balance Social

X

ESTADÍSTICAS INFORMÁTICA

CB-0709

Inventario de impresoras

X

CB-0710

Inventario de equipos complementarios.

X

CB-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnología informática

X

CB-0712

Seguridad Informática

X

CBN-1100

Plan de Informática

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y plazos establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

X

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_ RECÍPROCAS

X

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

CBN-1019

Informe de Control Interno contable

X

CBN-1026

Inventario Físico.

X

CBN-1039

Estado de Ingresos comparado con el período anterior.

X

1. El documento CBN-1114 aplica aquellos sujetos que ejecutan proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura.

 PARÁGRAFO: Derogado por el art. 3, Resolución Contraloria Distrital 019 de 2010. La contratación que se realice por quienes tienen o llegaren a tener la facultad de contratar, ordenar gastos y pagos con cargo a los Fondos de Desarrollo Local y demás entidades que administren bienes o fondos públicos locales, en los programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo, tales como las Unidades Ejecutivas Locales UEL; deberá reportarse por los Fondos de Desarrollo Local, así como mantener los archivos correspondientes.

CAPÍTULO VII

EMPRESAS PRIVADAS O PARTICULARES QUE ADMINISTREN, MANEJEN Y/O INVIERTAN BIENES Y/O RECURSOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 28º. Los sujetos de control señalados en este capítulo, presentaran la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

CONTRATACION

CB-0201

Archivo Contratación

X

CB-0202

Archivo Novedades

X

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

X

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1054

Relación de otros trámites.

X

CONTABILIDAD

CBN-1056

Estados financieros al cierre del semestre.

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

RECURSO HUMANO

CB-0301

Información del Recurso Humano (Relación de Funcionarios)

X

CB-0302

Información del Recurso Humano

X

GESTIÓN

CB-0402

Plan de mejoramiento.

X

CB-0404

Indicadores de Gestión

X

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

X

CB-0407

Relación Proceso judiciales

X

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1054

Relación de otros trámites.

X

CONTABILIDAD

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

X

CBN-1021

Informe de Auditoría Externa.

X

CBN-1057

Estados financieros al cierre del ejercicio.

X

PARÁGRAFO. La información prevista en este artículo no aplica para los Curadores Urbanos, se regirán por el acto administrativo mediante el cual la Contraloría de Bogotá, reglamente la forma y términos para su presentación.

CAPÍTULO VIII

PATRIMONIOS AUTÓNOMOS O ENCARGOS FIDUCIARIOS CONSTITUIDOS COMO CONSECUENCIA DE LA CELEBRACIÓN DE FIDUCIAS QUE ADMINISTREN, MANEJEN O INVIERTAN BIENES O RECURSOS PÚBLICOS

ARTÍCULO 29º. Los responsables de rendir cuenta señalados en el Artículo 5º de la presente resolución y cuyas entidades hayan conformado patrimonios o encargos fiduciarios, como consecuencia de la celebración de fiducia que administre, maneje o invierta bienes o recursos públicos, o aquellos que se llegaren a crear, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN MENSUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

INVERSIONES

CB-0115

Informe sobre recursos de tesorería.

X

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos.

X

EGRESOS

CBN-1109

Informe de Egresos del Patrimonio Autónomo desagregado por terceros.

X

GESTIÓN

CBN-1097

Actas de comité fiduciario

X

CBN-1098

Informe sobre la evolución del patrimonio autónomo o encargo fiduciario

X

1. Cuando corresponda a recursos Distritales manejados en cuentas corrientes y/o de ahorros a través de entidades fiduciarias, se deben clasificar y registrar en el formato CB-0115.

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de las advertencias comunicadas.

X

CBN-1045

Informe de Gestión

X

CBN-1051

Informe de Responsabilidad Social y Gestión Social Corporativa

X

CONTABILIDAD

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

X

CBN-1018

Estados de Resultados

X

PARÁGRAFO 1. El Fondo de Pensiones Públicas del Distrito presentará la información señalada en el presente artículo.

PARÁGRAFO 2. Es responsabilidad de los sujetos de control que celebren fiducia informar su creación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la Dirección Sectorial de la Contraloría de Bogotá, D.C., indicando la participación patrimonial del distrito, el objeto y el término de su duración.

CAPÍTULO IX

DE LA RENDICIÓN DE CUENTA AL CULMINAR UNA GESTIÓN

ARTÍCULO 30º. El jefe de entidad, el rector, el representante legal, o quien haga sus veces en los sujetos de control de la Contraloría de Bogotá D.C., al culminar la gestión presentará la siguiente información:

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

X

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

X

GESTIÓN

CBN-1065

Relación de los Proyectos de Inversión.

X

CBN-1115

Informe de Gestión al culminar la gestión

X

CBN-1099

Informe de contratación al culminar la gestión

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y forma establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

PARÁGRAFO. Esta rendición no exime al nuevo responsable de la presentación que debe realizar sobre la cuenta consolidada intermedia o anual, o de otra información que sea pertinente.

CAPÍTULO X

SUJETOS DE CONTROL DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN.

ARTÍCULO 31º. Los sujetos de control que se encuentren en procesos de liquidación, presentarán la siguiente información:

INFORMACIÓN INTERMEDIA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTION

CBN-1058

Informe de avance y ejecución del proceso liquidador 1er. semestre.

X

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CBN-1059

Copia de autorización de liquidación.

X

CBN-1060

Informe de avance y ejecución del proceso liquidador 2º semestre.

X

CONTABILIDAD

Conforme a los parámetros y forma establecidos por la Contaduría General de la Nación.

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

X

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

X

CBN-1009

Balance general

X

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

X

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

X

PARÁGRAFO. En el caso del proceso de liquidación de la Empresa Comercial del Servicio de Aseo S.A. ESP (en liquidación) ECSA S.A. ESP., la Unidad Administrativa de Servicios Públicos UAESP, presentará únicamente el CBN-1058 y el CBN-1060.

ARTÍCULO 32º. CONTENIDO DEL INFORME CULMINADO EL PROCESO DE LIQUIDACIÓN. El liquidador del sujeto de control, cuando culmine el proceso de liquidación, deberá presentar la siguiente información:

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CBN-1061

Acta Final de liquidación.

X

CBN-1062

Escritura Pública de protocolización de liquidación.

X

CBN-1063

Informe de Ejecución y terminación de la liquidación.

X

CAPÍTULO XI

ENTIDADES EN PROCESO DE TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN Y ESCISIÓN

ARTÍCULO 33º. Las entidades o sujetos de control que inicien procesos de transformación, fusión, escisión o se acojan a la Ley 1116 de 2006 deberán presentar cuenta consolidada anual, por el período comprendido entre el 1 de enero de la vigencia y la fecha de promulgación del acto administrativo que ordene tal evento.

Así mismo, deberán presentar los estados financieros (CBN-1009 Balance General) y la relación de inventarios (CBN-1026 inventario físico) con que participan en el nuevo ente.

CAPÍTULO XII

CUENTA PAGO DE RECOMPENSAS

ARTÍCULO 34º. Los responsables del manejo de los recursos destinados a atender el pago de recompensas, operaciones de inteligencia, contrainteligencia y pago de información especializada que realiza la Policía Metropolitana de Bogotá D.C., con cargo al presupuesto distrital, rendirán la información contentiva de la relación de gastos efectuados en el período, el informe de gestión y el Estado de Tesorería en el cual se consignen todos los movimientos y el saldo del rubro por períodos intermedios, con fecha de cierre a 30 de junio y 31 de diciembre de cada ejercicio fiscal. Esta información deberá presentarse en medio físico (copia dura y medio magnético) en la Dirección de Apoyo al Despacho, con destino al Contralor de Bogotá; el primer día hábil de los meses de agosto y febrero de cada vigencia respectivamente.

CAPÍTULO XIII

DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS

DOMICILIARIOS SUJETOS DE CONTROL DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.

ARTÍCULO 35º. CONTROL FISCAL EN LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS CON PARTICIPACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL. El control fiscal en las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, cuando el Distrito Capital, según la definición del parágrafo segundo del artículo primero, obtiene la condición de socio, se ejercerá sobre su participación en el capital, los derechos que le confieren sobre el patrimonio y los dividendos que puedan corresponderle, evaluando la gestión empresarial que permita determinar que el manejo de los recursos públicos se realice de acuerdo con los principios establecidos en la ley.

Parágrafo.- Para el cumplimiento de las funciones a ella asignada, la Dirección Sector Hábitat y Servicios Públicos, tendrá acceso a los libros, documentos e informaciones que al final de cada ejercicio la empresa coloca a disposición del accionista en los términos establecidos en el Código de Comercio modificado por la Ley 222 de 1995 y demás normas concordantes como queda regulado en la presente resolución, con aplicación de los principios y sistemas de vigilancia, que prevén la Ley 42 de 1993, Ley 610 de 2000, y conforme a la normatividad de orden constitucional.

ARTÍCULO 36º. CONTROL SOBRE LOS APORTES. Cuando se trate de inversiones o aportes según la definición del parágrafo segundo del artículo primero de la presente Resolución, la vigilancia de la gestión fiscal en las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios se contraerá a los correspondientes contratos realizados por éstas con el fin de determinar su legalidad, cumplimiento de sus fines y rendimiento financiero, conforme a los principios y postulados de la Ley 80 de 1993, de los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994, de la Ley 689 de 2001 y demás disposiciones concordantes y/o complementarias.

ARTÍCULO 37º. NATURALEZA DEL CONTROL EN LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. La evaluación de la gestión fiscal de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios sujetos de control de la Contraloría de Bogotá, se apoyará en el análisis sistemático de la rentabilidad económica y social de dichas Empresas, realizado a través de métodos e indicadores que le permitan al ente fiscalizador acceder a los pronunciamientos que den razón sobre la economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales, para lo cual se atenderá a la concepción de gestión socioeconómica que contempla la Constitución, al igual que a las directrices previstas para la planeación estratégica y para el mejoramiento estructural y funcional de ellas y a los sistemas de control establecidos en la Ley 142 de 1994, todo ello en concordancia con lo que al respecto establece la Ley 42 de 1993.

ARTÍCULO 38º. CONTROL FISCAL A LOS DIRECTIVOS. La vigilancia fiscal sobre las actuaciones de los directivos o representantes legales que ejercen los derechos emanados de la condición de accionista oficial, recaerá sobre la gestión que se realiza con fundamento en dicho carácter, para lo cual se tendrá acceso a los documentos determinados en el artículo 446 del Código de Comercio y siguientes:

- Actas de la Asamblea de Accionistas o Junta de Socios.

- Actas de la Junta Directiva.

- Regulación estatutaria o reglamentaria sobre el grado de responsabilidad de los administradores.

ARTÍCULO 39º. INFORMACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios proporcionará a la Contraloría de Bogotá D.C., la información obtenida como ejercicio de las atribuciones otorgadas por los artículos 31, 51, 60, 61, 79.11, 19.20.22.23.24.27 de la Ley 142 de 1994 y normas concordantes, modificados por la Ley 689 de 2001, así mismo pondrá a disposición de la Contraloría el Sistema Único de Información creado por el artículo 14 de la nueva Ley, cuando se trate de actos y de hechos relativos a las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios con participación oficial.

ARTÍCULO 40º. CONSECUENCIA DE LA TOMA DE POSESIÓN. Si se produjere la toma de posesión de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios del ámbito de control de la Contraloría de Bogotá. D.C., conforme a lo regulado en el Capítulo IV del Título VII de la Ley 142 de 1994, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios deberá comunicarle a este organismo de control las medidas tomadas en torno a su decisión y en este caso la Dirección Sector Hábitat y Servicios Públicos deberá practicar las visitas que considere convenientes, así como ordenar las pruebas conducentes, a fin de determinar las responsabilidades fiscales en virtud de los aportes o participación del Distrito Capital o de sus entidades descentralizadas.

ARTÍCULO 41º. CONTROL FISCAL A LAS PRIVATIZACIONES. La Contraloría de Bogotá D.C., a través de la Dirección Sector Hábitat y Servicios Públicos, ejercerá un control oportuno e inmediato a los procesos de valoración, venta, capitalización, descapitalización, concesiones, enajenación de las participaciones del Distrito Capital y privatizaciones de las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, teniendo en cuenta la regulación de la Ley 142 de 1994 y demás disposiciones concordantes y/o complementarias, con el fin de que aquéllas se hagan en condiciones que salvaguarden el patrimonio público, como lo dispone el artículo 4º de la Ley 226 de 1995.

PARÁGRAFO. Para tal efecto la Dirección Sector Hábitat y Servicios Públicos, tendrá acceso al programa respectivo de la empresa de servicios públicos domiciliarios en relación con los estudios técnicos que lo fundamentan y a los contratos que se suscriban o ejecutan en desarrollo de ese programa.

CAPÍTULO XIV

DE LA REVISIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CUENTA CONSOLIDADA POR ENTIDAD Y SU RESULTADO

ARTÍCULO 42º. REVISIÓN. La revisión de la cuenta es el estudio especializado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario durante un período determinado, con miras a establecer la economía, la eficacia, la eficiencia y la equidad de sus actuaciones.

La Contraloría de Bogotá, D.C., mediante el proceso de Prestación de Servicio Micro, en sus distintas modalidades de auditoría, revisará la información que los responsables presenten sobre su gestión fiscal, con el propósito de emitir pronunciamientos articulados e integrales sobre la misma.

ARTÍCULO 43º. RESULTADO Y FENECIMIENTO. La Contraloría de Bogotá, D.C., se pronunciará a través de los Informes de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral, sobre la gestión fiscal de los responsables que deben rendir cuenta, de acuerdo con los procedimientos establecidos para tal efecto por el organismo de control.

El resultado será emitido a través del dictamen integral contenido en el Informe de Auditoría, mediante el fenecimiento o no de la cuenta, el cual constará de una "opinión", sobre la razonabilidad de los estados contables y el "concepto" sobre la gestión fiscal y sus resultados incluyendo el cumplimiento de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

El mencionado fenecimiento de la cuenta corresponde a una vigencia fiscal completa que comprende el período del 1 de enero a diciembre 31 del respectivo año, lo anterior sin perjuicio de la periodicidad con que se presente la información.

1. La cuenta consolidada por sujeto de control, será fenecida por parte de la Contraloría de Bogotá D.C., en los siguientes eventos:

a. La opinión de los estados contables sea limpia y el concepto de la gestión sea favorable sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

b. La opinión de los estados contables sea limpia y el concepto de la gestión sea con observaciones que no incidan significativamente sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

c. La opinión de los estados contables sea con salvedades y el concepto de la gestión sea favorable sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

d. La opinión de los estados contables sea con salvedades y el concepto de la gestión sea con observaciones que no incidan significativamente sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

2. La cuenta consolidada por sujeto de control "no será fenecida" por parte de la Contraloría de Bogotá D.C., en los siguientes eventos:

a. La opinión sobre los estados contables sea negativa o haya abstención de opinión, sin importar el concepto de la gestión sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales.

b. Cuando el concepto de la gestión sobre la aplicación de los criterios de economía, eficiencia, eficacia, equidad y valoración de los costos ambientales, sea desfavorable, sin importar la opinión de los estados contables.

PARÁGRAFO 1. En caso de no fenecimiento de la cuenta, el Director Sectorial dará traslado del Informe de Auditoria a la autoridad disciplinaria correspondiente, para evaluación en los términos del Código Disciplinario Único, de las conductas en las que posiblemente se haya incurrido y que afectaron el no fenecimiento de la misma.

PARÁGRAFO 2. La Contraloría de Bogotá D.C., tendrá como plazo máximo dos (2) años contados a partir de la fecha de la presentación de la cuenta anual consolidada, para emitir el pronunciamiento a que se refiere este artículo; fecha después de la cual, si no se llegaré a producir pronunciamiento alguno, se entenderá fenecida la misma.

ARTÍCULO 44º. LEVANTAMIENTO DEL FENECIMIENTO. Si con posterioridad al pronunciamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., aparecen pruebas de operaciones fraudulentas o irregulares, se levantará el fenecimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 17 de la Ley 42 de 1993.

TÍTULO III

DEL PLAN DE MEJORAMIENTO

El Plan de Mejoramiento se presentará en la forma y términos establecidos mediante resolución reglamentaria expedida por la Contraloría de Bogotá, D.C.

ARTÍCULO 45º. CONTENIDO DEL INFORME DE AVANCE. El Informe de avance del Plan de Mejoramiento, se presentará con corte a 30 de junio y 31 de diciembre de cada vigencia, el cual estará incluido dentro de la cuenta intermedia y anual, de conformidad con el Formato CB-0402 de la presente resolución, incluyendo el resultado del indicador, el avance físico de ejecución en las metas y el análisis del seguimiento realizado por cada sujeto de control.

TÍTULO IV

DE LA INFORMACIÓN PARA LA CERTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LA DEUDA PÚBLICA, EL DICTAMEN A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS DEL DISTRITO CAPITAL, EL ESTADO DE LAS FINANZAS DEL DISTRITO CAPITAL, EL ANÁLISIS DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS Y DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT)

CAPÍTULO I

CERTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LA DEUDA PÚBLICA

ARTÍCULO 46º. INFORMACIÓN PARA LA CERTIFICACIÓN Y REGISTRO DE LA DEUDA PÚBLICA. Para efectos de la expedición del certificado de registro de deuda pública externa e interna las entidades prestatarias del nivel Distrital deberán presentar a la Contraloría de Bogotá, D.C., dentro de los diez (10) días hábiles posteriores al perfeccionamiento del contrato de deuda, lo siguiente:

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CBN-1067

Solicitud de expedición de certificado de registro de deuda pública

X

CBN-1068

Fotocopia de documento constancia de deuda pública

X

CBN-1069

Traducción oficial del documento constancia de deuda pública

X

CBN-1070

Proyección de desembolsos.

X

CBN-1071

Fotocopia según conceptos de artículos 10 y 13 del Decreto 2681 de 1993.

X

CBN-1072

Fotocopia de certificado de registro en el Ministerio de Hacienda

X

CBN-1073

Fotocopia de formulario de registro de préstamo en moneda extranjera ante el Banco de la República.

X

CBN-1074

Calendario de utilización y período de disponibilidad de los fondos.

X

CAPÍTULO II

DE LA INFORMACIÓN PARA EL DICTAMEN A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS DEL DISTRITO CAPITAL Y EL ESTADO DE LAS FINANZAS DEL DISTRITO CAPITAL

ARTÍCULO 47º. INFORMACIÓN PARA AUDITORÍA A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS DEL DISTRITO CAPITAL. Para los fines del informe de auditoría de los estados contables del Distrito, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Contabilidad, deberá remitir a la Contraloría de Bogotá D.C., a más tardar el 15 de octubre de cada vigencia la información del primer semestre y el 30 de abril de la vigencia siguiente al año reportado, la siguiente información.

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

CONTABILIDAD

CBN-1075

Balance General consolidado del Distrito Capital

X

CBN-1076

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental consolidado del Distrito

X

CBN-1077

Estado de Cambios en el Patrimonio del Distrito Capital

X

CBN-1078

Notas a los Estados Contables del Distrito Capital

X

CBN-1079

Metodología de consolidación empleada

X

CBN-1080

Cuadros resumen del Balance General sin eliminaciones

X

CBN-1081

Cuadros resumen del Balance General con eliminaciones

X

CBN-1082

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental sin eliminaciones

X

CBN-1083

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental con eliminaciones

X

CBN-1084

Cuadro de distribución o conformación por sectores según consolidación de la Secretaría de Hacienda.

X

CBN-1085

Informe de control interno del proceso de consolidación

X

CBN-1086

Situación Fiscal

X

CBN-1087

Cálculo de Excedentes

X

CBN-1088

Utilidades de las Empresas

X

1. Los formatos CBN-1075 al CBN-1085 se deben presentar de manera comparativa intermedia y anual.

2. Los documentos CBN-1078, CBN-1086 al CBN-1088 se deben presentar de manera anual.

PARÁGRAFO. Adicionalmente la Secretaría de Hacienda pondrá a disposición de la Contraloría de Bogotá D.C., cualquier otra clase de información que se requiera en el desarrollo de la auditoría al proceso de consolidación de los estados contables del Distrito Capital.

ARTÍCULO 48º. INFORMACIÓN PARA CERTIFICACIÓN DE LAS FINANZAS DEL DISTRITO. Para los fines del informe de la certificación de la situación de las finanzas del distrito, la Secretaría de Hacienda, deberá remitir a la Contraloría de Bogotá D.C., a más tardar el 15 de abril de la siguiente vigencia al año reportado, la información que a continuación se relaciona:

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

CONTABILIDAD

CBN-1075

Balance General consolidado del Distrito Capital

X

CBN-1076

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental consolidado del Distrito

X

CBN-1077

Estado de Cambios en el Patrimonio del Distrito Capital

X

CBN-1078

Notas a los Estados Contables del Distrito Capital

X

CBN-1079

Metodología de consolidación empleada

X

CBN-1080

Cuadros resumen del Balance General sin eliminaciones

X

CBN-1081

Cuadros resumen del Balance General con eliminaciones

X

CBN-1082

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental sin eliminaciones

X

CBN-1083

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental con eliminaciones

X

CBN-1084

Cuadro de distribución o conformación por sectores según consolidación de la Secretaría de Hacienda.

X

CBN-1085

Informe de control interno del proceso de consolidación

X

CBN-1086

Situación Fiscal

X

CBN-1087

Cálculo de Excedentes

X

CBN-1088

Utilidades de las Empresas

X

CAPÍTULO III

DE LA INFORMACIÓN PARA EL ANÁLISIS DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS Y DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT)

ARTÍCULO 49º. INFORMACIÓN PARA EL ANÁLISIS DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS Y DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT). El informe de que trata el presente artículo deberá ser presentado por la Secretaria Distrital de Planeación en los términos previstos para la cuenta consolidada anual.

INFORMACIÓN ANUAL

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

GESTIÓN

CBN-1089

Estado de avance de los proyectos del Plan de Desarrollo Distrital armonizados con el Plan de Ordenamiento territorial POT.

X

TITULO  IV A

Adicionado por el art. 1, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011

TÍTULO V

INFORMACIÓN OCASIONAL

ARTÍCULO  50º. INFORMACIÓN OCASIONAL. La Contraloría de Bogotá, D.C. podrá solicitar en cualquier tiempo a las entidades y demás sujetos de control, información diferente a la señalada en la cuenta consolidada a que se refiere la presente resolución para el cumplimiento de la misión del organismo de vigilancia y control fiscal. Para tal efecto la Contraloría de Bogotá D.C. mediante comunicación escrita señalará la información requerida, el término, la forma y el lugar de presentación.

En caso de requerirse a través del Sivicof, el Director Técnico Sectorial comunicará al Director Técnico de Informática, indicando el tipo de información, la forma y los términos.

INFORMACIÓN OCASIONAL PARAMETRIZADA

INFORME 

CÓDIGO FORMATO

DETALLE O DESCRIPCIÓN DE LA INFORMACIÓN

Tipo

Formato Electrónico

Documento Electrónico

INTERVENTORIA

CB-1030

Información General

X

CB-1031

Balance Presupuestal

X

CB-1032

Manejo de Anticipos

X

CB-1033

Manejo de Reclamos

X

CB-1034

Segmentos

X

CB-1035

Obligaciones contractuales

X

CB-1036

Personal Contrato de Obra

X

CB-1037

Materiales General

X

CB-1038

Materiales que no cumplen

X

CB-1039

Maquinaria

X

CB-1040

Escombros

X

SALUD

CB-0121

Pagos reconocidos como unidad de pago por capitación subsidiada UPC-S

X

PARÁGRAFO: La información relacionada con lo pagos reconocidos como unidad de pago por capitación subsidiada UPC-S, por el cubrimiento de afiliados en el Régimen Subsidiado en Salud, a cargo del Fondo Financiero de Salud, formato CB-0121 deberá permanecer en los archivos de la entidad para su consulta por este organismo de control en cualquier momento.

TÍTULO VI

DE LAS PRÓRROGAS

ARTÍCULO 51º. PROCEDIMIENTO. Los responsables de rendir la cuenta de que trata el Título II de la presente resolución, podrán solicitar prórroga por escrito, debidamente motivada, solamente para eventos que se tipifiquen como fuerza mayor o caso fortuito, ante el Director Técnico Sectorial al cual corresponda la vigilancia del sujeto de control.

Dicha solicitud, deberá ser presentada directamente por los responsables, con anterioridad no inferior a cinco (5) días hábiles al vencimiento del término.

El Director Técnico Sectorial correspondiente podrá otorgar la prórroga de los plazos establecidos en la presente resolución, por un máximo de diez (10) días hábiles y tendrá un plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud de prórroga para resolverla, fecha después de la cual si no existe pronunciamiento, se entenderá otorgada.

Aprobada la prórroga, el Director Técnico Sectorial informará por escrito a la Dirección de Informática para la habilitación del sistema indicando el plazo establecido.

PARÁGRAFO. Los responsables de rendir la información para la certificación y registro de la deuda pública, el dictamen de los estados contables consolidados del Distrito Capital, el estado de las finanzas del Distrito Capital y el análisis del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas Plan de Ordenamiento Territorial (POT), de que trata el Título IV de la presente resolución, podrán solicitar prórroga por escrito, debidamente motivada en eventos de caso fortuito o fuerza mayor, ante el Director Técnico de la Dirección de Economía y Finanzas Distritales. Los términos de solicitud y concesión de la prórroga serán los establecidos en este artículo.

Aprobada la prórroga, el Director Técnico de Economía y Finanzas Distritales informará por escrito a la Dirección de Informática para la habilitación del sistema indicando el plazo establecido.

TÍTULO VII

DE LAS SANCIONES

CAPÍTULO I

CAUSALES QUE DAN ORIGEN A LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES

ARTÍCULO  52°. CAUSALES DE SANCIÓN. La Contraloría de Bogotá D.C. podrá, según el caso, imponer o solicitar a la autoridad competente la aplicación de sanciones a los responsables establecidos en el capítulo tercero de la presente resolución, cuando con su conducta incurran en alguna de las causales contempladas en los artículos 100, 101 ó 102 de la Ley 42 de 1993.

PARÁGRAFO. Se entenderá por no presentada la cuenta o el informe, cuando no cumplan con los aspectos de presentación, forma, términos, período, contenido y firma digital establecidos en esta resolución o los exigidos en la solicitud de información, respectivamente.

ARTÍCULO 53°. PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONATORIO. Para la imposición de sanciones la Contraloría de Bogotá D.C., adelantará el trámite del proceso administrativo sancionatorio fiscal de acuerdo con la reglamentación vigente en la Entidad, en concordancia con el Código Contencioso Administrativo y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.

TÍTULO VIII

DE LOS MEDIOS DE RENDICIÓN DE LA CUENTA

ARTÍCULO 54º. SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL – SIVICOF. La rendición de la cuenta se llevará a cabo a través del SISTEMA DE VIGILANCIA Y CONTROL FISCAL – SIVICOF, el cual se encuentra disponible en la página en Internet de la CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C., (www.contraloriabogota.gov.co), acorde con las especificaciones dispuestas en la presente resolución, y en el ANEXO C: Instructivo para la rendición de la cuenta.

TÍTULO IX

DE LAS DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 55º. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. La Contraloría de Bogotá D.C. tendrá acceso a los sistemas de información automatizados que utilice el sujeto de control, para lo cual el Director Técnico Sectorial coordinará con el sujeto de control la respectiva capacitación e inducción para el acceso y consulta de los mismos.

PARÁGRAFO. Las Secretarías distritales de Hacienda y Planeación deben garantizar el acceso a los sistemas de información y computación que registren y manejen información relativa al presupuesto, al PAC, a los proyectos de inversión, al Plan de Desarrollo Distrital, la Contabilidad Consolidada del Distrito y los demás sistemas de información de administración financiera del Distrito Capital.

ARTÍCULO 56º. Los sujetos de control de que trata esta resolución, por principio de economía, pondrán a disposición de la Contraloría de Bogotá D.C. para ser consultada en la fuente, toda aquella información que reportan a otras autoridades distritales o nacionales.

ARTÍCULO  57º. DEROGATORIA Y VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias Nos. 020 del 20 de septiembre de 2006, 001 de enero 26 de 2007, No. 003 del 22 de enero de 2008 y 009 de junio 16 de 2008.

ARTÍCULO TRANSITORIO. La cuenta consolidada mensual correspondiente a diciembre de 2009, se rendirá en la forma y términos establecidos en las Resoluciones Reglamentarias Nos. 020 del 20 de septiembre de 2006, 001 de enero 26 de 2007, 003 del 22 de enero de 2008 y 009 de junio 16 de 2008, las cuales regirán para la presentación de esta cuenta.

La cuenta mensual de enero de 2010, la cuenta consolidada anual correspondiente a la vigencia 2009 y las siguientes, se presentarán de conformidad con lo establecido en la presente Resolución Reglamentaria.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009).

MIGUEL ANGEL MORALESRUSSI RUSSI

Contralor de Bogotá, D.C.

ANEXO A

SUJETOS DE CONTROL POR CAPÍTULO

CAPÍTULO I

ENTIDADES Y ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO QUE PRESTAN SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA IGUAL O SUPERIOR AL 90% DEL TOTAL DEL CAPITAL

SUJETO DE CONTROL

CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR DE BOGOTÁ D.C. - CVP.

CANAL CAPITAL

CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO SERVICIO CIVIL DISTRITAL -DASCD.

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO DADEP.

EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ D.C. -EAAB. ESP.

EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA –ERU.

EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -TRANSMILENIO S.A.

FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL - FONDATT. "EN LIQUIDACIÓN"

FONDO DE PRESTACIONES ECONOMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES -FONCEP

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE BOGOTÁ, D.C.

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD FFDS

FONDO PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS - FOPAE

FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO.

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU.

INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL -IDPC

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA PROTECCIÓN DE JUVENTUD Y LA NIÑEZ DESAMPARADA-IDIPRON.

INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE - IDRD

INSTITUTO PARA LA ECONOM ÍA SOCIAL IPES

INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO- IDEP.

JARDÍN BOTÁNICO DE BOGOTÁ – JOSÉ CELESTINO MUTIS.

LOTERÍA DE BOGOTÁ.

METROVIVIENDA.

ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ, D.C.

PERSONERÍA DE BOGOTÁ, D.C.

SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

SECRETARIA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

SECRETARIA DISTRITAL DE HABITAT

SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD

SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACIÓN

SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD.

SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

UNIDAD ADMINISTRATRATIVA ESPECIAL DEL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS

UNIDAD ADMINSTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

UNIDAD ADMINSTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS.

VEEDURÍA DISTRITAL.

CAPÍTULO II

EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO

SUJETO DE CONTROL

HOSPITAL BOSA, II NIVEL. E.S.E.

HOSPITAL CENTRO ORIENTE, II NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL CHAPINERO, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL DEL SUR, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL EL TUNAL, III NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL ENGATIVÁ, II NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL FONTIBÓN, II NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL LA VICTORIA, III NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL MÉISSEN, II NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL NAZARETH, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY, III NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL PABLO VI BOSA, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL RAFAEL URIBE URIBE, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL SAN BLAS, II NIVEL, E.S.E

HOSPITAL SAN CRISTOBAL, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL SANTA CLARA, III NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL SIMÓN BOLÍVAR, III NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL SUBA, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL TUNJUELITO, II NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL USAQUÉN, I NIVEL, E.S.E.

HOSPITAL USME, I NIVEL, ES.E.

HOSPITAL VISTA HERMOSA, I NIVEL, E.S.E.

CAPÍTULO III

FONDOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LOS COLEGIOS INSTITUCIONES ADSCRITAS A LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

SUJETO DE CONTROL

FONDOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE LOS COLEGIOS INSTITUCIONES ADSCRITAS A LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN

CAPÍTULO IV

SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA CON PARTICIPACIÓN PÚBLICA INFERIOR AL 90% Y EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS MIXTAS CON PARTICIPACIÓN DIRECTA O INDIRECTA DEL DISTRITO CAPITAL IGUAL O SUPERIOR AL 50% E INFERIOR AL 100% DEL CAPITAL

SUJETO DE CONTROL

CAPITAL SALUD ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN SUBSIDIADO S AS -CAPITAL SALUD EPS -S S.A.

COMPAÑÍA COLOMBIANA DE SERVICIOS DE VALOR AGREGADO Y TELEMÁTICO S.A. ESP – COLVATEL S.A. ESP.

COMPAÑÌA DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ENERGÍA S.A., ESP.-CODENSA S.A. ESP.

CORPORACIÓN PARA EL DESARROLLO Y LA PRODUCTIVIDAD BOGOTA REGION - INVEST IN BOGOTÁ.

EMPRESA AGUAS DE BOGOTA S.A. ESP.

EMPRESA DE ENERGÍA DE BOGOTÁ S.A. EEB ESP.

EMPRESA DE ENERGIA DE CUNDINAMARCA EEC-ESP S.A.

EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ, S.A. ETB. ESP.

GESTAGUAS S.A. ESP.

TERMINAL DE TRANSPORTES S.A.

TRANSPORTADORA COLOMBIANA DE GAS S.A. EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS - TRANSCOGAS S.A. E.S.P.

TRANSPORTADORA DE GAS INTERNACIONAL S.A. E.S.P. - TG.I.S.A E.S.P

SUJETO DE CONTROL

COLOMBIA MÓVIL S.A. ESP.

EMPRESA GENERADORA DE ENERGÍA S.A., ESP.- EMGESA S.A. ESP.

GAS NATURAL S.A. ESP.

CAPÍTULO VI

FONDOS DE DESARROLLO LOCAL (FDL)

SUJETO DE CONTROL

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE MÁRTIRES.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ANTONIO NARIÑO.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BARRIOS UNIDOS.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CHAPINERO.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE ENGATIVÁ.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE FONTIBÓN.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LA CANDELARIA.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE PUENTE ARANDA.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SAN CRISTÓBAL.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTAFÉ.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUBA.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SUMAPAZ.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TEUSAQUILLO.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TUNJUELITO.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USAQUÉN.

FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USME.

PARAGRAFO: La contratación que se realice por quienes tienen o llegaren a tener la facultad de contratar, ordenar gastos y pagos con cargo a los Fondos de Desarrollo Local y demás entidades que administren bienes o fondos públicos locales, en los programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo, tales como las Unidades Ejecutivas Locales UEL; deberá reportarse por los Fondos de Desarrollo Local, así como mantener los archivos correspondientes.

CAPÍTULO VII

EMPRESAS PRIVADAS O PARTICULARES QUE ADMINISTREN, MANEJEN Y/O INVIERTAN BIENES Y/O RECURSOS PÚBLICOS

SUJETO DE CONTROL

CURADURIA No. 1 DE BOGOTÁ.

CURADURIA No. 2 DE BOGOTÁ.

CURADURIA No. 3 DE BOGOTÁ.

CURADURIA No. 4 DE BOGOTÁ.

CURADURIA No. 5 DE BOGOTÁ.

Articulo 1º. Parágrafo 4. La rendición de la cuenta de los Curadores Urbanos se regirá por el acto administrativo mediante el cual la Contraloría de Bogotá, reglamente la forma y términos para su presentación.

CAPÍTULO VIII

PATRIMONIOS AUTÓNOMOS O ENCARGOS FIDUCIARIOS CONSTITUIDOS

COMO CONSECUENCIA DE LA CELEBRACIÓN DE FIDUCIAS QUE ADMINISTREN, MANEJEN O INVIERTAN BIENES O RECURSOS PÚBLICOS

Los responsables de rendir cuenta señalados en el Artículo 5º de la presente resolución y cuyas entidades hayan conformado patrimonios o encargos fiduciarios, como consecuencia de la celebración de fiducia que administre, maneje o invierta bienes o recursos públicos, o aquellos que se llegaren a crear, presentarán la información ARTÍCULO 29º.:

PARÁGRAFO 1. El Fondo de Pensiones Públicas del Distrito presentará la información señalada en el presente artículo.

PARÁGRAFO 2. Es responsabilidad de los sujetos de control que celebren fiducia informar su creación dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la Dirección Sectorial de la Contraloría de Bogotá, D.C., indicando la participación patrimonial del distrito, el objeto y el término de su duración 

ANEXO  B

Modificado por el art. 3, Resolución de la Contraloría Distrital 01 de 2011


 

DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO DE FORMATOS ELECTRÓNICOS Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

1. FORMATOS ELECTRÓNICOS

TIPO DE

INFORME

CÓDIGO

FORMATO

NOMBRE

OBSERVACIONES

PRESUPUESTO

CB-0101

Ejecución presupuestal de Ingresos

CB-0102

Ejecución reconocimientos vigencias anteriores

Suprimido

CB-0103

Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones

CB-0104

Ejecución Reservas vigencia anterior

Suprimido

CB-0126

Relación Registros Presupuestales por Rubro – Fondos de Desarrollo Local

DEUDA PUBLICA

CB-0105

Informe Mensual Deuda Pública Interna y Externa

CB-0106

Informe Acumulado Deuda Pública Interna y Externa

CB-0107

Información sobre Emisión y Colocación de Bonos.

CB-0108

Deuda Pública – Condiciones Financieras de Créditos Vigentes

CB-0109

(SEUD) – Sistema Estadístico Unificado de Deuda.

CB-0110

Deuda pública - Registro de Créditos Nuevos

CB-0111

Deuda Pública – Tabla de Amortización

CB-0112

Deuda Pública – Relación de Comisiones

CB-0113

Deuda Pública – Destino de los Recursos.

INVERSIONES

CB-0114

Informe sobre el Portafolio de Inversiones Financieras

CB-0115

Informe sobre Recursos de Tesorería

CB-0116

Informe sobre disponibilidad de fondos

SALUD

CB-0117

Información de cartera por Deudor y edades

CB-0118

Informe sobre cuentas por pagar por edades

CB-0119

Informe sobre glosas definitivas

CB-0120

Informe sobre facturación

CB-0121

Pagos reconocidos como unidad de pago por capitación subsidiada UPC-S

Ocasional

CB-0125

Informe sobre procesos disciplinarios por glosas definitivas.

RENTAS Y REGALIAS PATRIMONIALES

CB-0122

Rentas por Cobrar.

CB-0123

Información sobre Regalías

CB-0124

Inversiones patrimoniales

CONTRATACIÓN

CB-0201

Archivo Contratación

CB-0202

Archivo Novedades

CB-0203

Dependencias facultadas para contratar

Suprimido

CB-0204

Información de consorcios y Uniones Temporales

CB-0205

Contratos por venta de servicios de salud

CB-0206

Procesos Precontractuales

TALENTO HUMANO

CB-0301

Información del Recurso Humano (Relación de Funcionarios)

CB-0302

Información del Recurso Humano

GESTIÓN

CB-0401

Información sobre licencias Expedidas

CB-0402

Plan de mejoramiento

CB-0404

Indicadores de Gestión

CB-0405

Relación Peticiones, quejas y reclamos

CB-0406

Plan estratégico

CB-0407

Relación Proceso judiciales

CB-0408

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión.

CB-0409

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión.

CB-0410

Programación y seguimiento del Plan de Acción de proyectos de Inversión.

CB-0411

Relación de proyectos viabilizados por las UEL.

CB-0412

Ingresos por conceptos de multas - querellas.

CB-0413

Información sobre los procesos por tipo.

CB-0416

Depósitos Judiciales.

CB-0417

Información sobre devoluciones.

CB-0418

Formato Único de Ingresos y Bajas Fondos de Servicios Educativos

MEDIO AMBIENTE

CB-0501

Evaluación de la Gestión Ambiental Nivel Interno

Suprimido

CB-0502

Evaluación de la Gestión Ambiental Nivel Externo

Suprimido

CB-0503

Evaluación de Estrategias utilizadas en Proyectos de Gestión Ambiental

Suprimido

ESTADÍSTICAS EDUCACIÓN

CB-0701

Información sobre alumnos retirados

Suprimido

CB-0702

Información estadística

Suprimido

CB-0703

Información sobre retiros

Suprimido

ESTADISTICAS INFORMÁTICA

CB-0704

Inventario de Software Ofimática.

CB-0705

Inventario de Aplicaciones automatizadas en producción.

CB-0706

Inventario de Aplicaciones automatizadas en desarrollo.

CB-0707

Inventario de servidores.

CB-0708

Inventario de computadores personales.

CB-0709

Inventario de computadores impresoras

CB-0710

Inventario de equipos complementarios.

CD-0711

Proyectos vigentes de inversión tecnológica informática

CB-0712

Seguridad Informática

ESTADÍSTICAS EDUCACIÓN

CB-0713

Cobertura de Alumnos

CB-0714

Servicio de orientación

CB-0715

Programa de Gobierno: Escuela Ciudad Escuela

CB-0716

Programa de Gobierno: Útiles Escolares

CB-0717

Programa de Gobierno: Gratuidad

CB-0718

Programa de Gobierno: Subsidios Condicionados a la Asistencia Escolar

CB-0719

Programa de Gobierno: Transporte Escolar

CB-0720

Programa de Gobierno: Refrigerios

CB-0721

Resultado Pruebas de Estado

PENSIONES

CB - 0801

Pensionados de la vigencia.

CB - 0802

Bonos pensionales.

CB - 0803

Pensionados fallecidos

CB - 0804

Personas sustitutas o sobrevivientes.

CB - 0805

Información del consorcio.

CB - 0806

Ajuste de pensiones.

CB-0807

Acreencias en pensiones

CONTABILIDAD

CB-0901

CGN2005_001_SALDOS_Y_MOVIMIENTOS

CB-0902

CGN2005_002_OPERACIONES_RECIRPOCAS

CB-0903

CGN2005NE_003_NOTAS_DE_CARACTER_ESPECIFICO

CB-0904

CGN2005NG_003_NOTAS_DE_CARACTER_GENERAL

CB-0905

Cuentas por Cobrar

INTERVENTORIA

CB-1030

Información General

Ocasional

CB-1031

Balance Presupuestal

Ocasional

CB-1032

Manejo de Anticipos

Ocasional

CB-1033

Manejo de Reclamos

Ocasional

CB-1034

Segmentos

Ocasional

CB-1035

Obligaciones contractuales

Ocasional

CB-1036

Personal Contrato de Obra

Ocasional

CB-1037

Materiales General

Ocasional

CB-1038

Materiales que no cumplen

Ocasional

CB-1039

Maquinaria

Ocasional

CB-1040

Escombros

Ocasional

2. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

CÓDIGO DOCUMENTO

NOMBRE

DESCRIPCIÓN

CBN-1001

Programa Anual de Caja - PAC

Programa Anual de Caja –PAC-, según el formato establecido por la Secretaría de Hacienda, sus modificaciones, notas y anexos.

CBN-1002

Cuentas por pagar de la vigencia anterior.

Cuentas por pagar de la vigencia anterior discriminada por Funcionamiento, Servicio de la Deuda e Inversión.

CBN-1003

Presupuesto Orientado a Resultados - POR

Presupuesto Orientado a Resultados (POR), la programación y ejecución (Para entidades que lo adoptaron o lo opten).

CBN-1004

Informe sobre cupo de endeudamiento, aprobado por el Concejo de Bogotá.

Las entidades que tengan cupo de endeudamiento, aprobado por el Concejo de Bogotá, deberán informar: Monto aprobado, valor utilizado y el saldo disponible.

CBN-1005

Informe sobre el comportamiento de los indicadores de solvencia.

En la cuenta mensual deberán adjuntar el comportamiento de los indicadores de solvencia y sostenibilidad de la deuda pública, en concordancia con la Ley 358 de 1997, relacionando las cifras que se tuvieron en cuenta para su cálculo.

CBN-1006

Informe sobre los hechos económicos de deuda.

Las entidades públicas distritales que mantengan compromisos de deuda, deberán informar y remitir la documentación producto de las eventualidades que se desprendan de las operaciones propias del manejo de la deuda, tales como la refinanciación, reestructuración, renegociación reordenamiento, conversión, sustitución, compra y venta de deuda pública, acuerdos de pago, cobertura de riesgos, las que tengan por objeto reducir el valor de la deuda o mejorar su perfil, así como las de capitalización con venta de activos, titularización y aquellas operaciones de similar naturaleza que en el futuro se desarrollen.

CBN-1009

Balance general

Estado contable básico que presenta en forma clasificada, resumida y consistente, la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, expresada en unidades monetarias, a una fecha determinada y revela la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y la situación del patrimonio

CBN-1010

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

Estado contable básico que revela el resultado de la actividad financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, con base en el flujo de recursos generados y consumidos en cumplimiento de las funciones de cometido estatal, expresado en términos monetarios, durante un período determinado. Este estado se revela identificando las actividades ordinarias y las partidas extraordinarias. Las actividades ordinarias se clasifican en operacionales y no operacionales, y las partidas extraordinarias se consideran no operacionales.

CBN-1011

Estado de Cambios en el patrimonio

Estado contable básico que revela en forma detallada y clasificada las variaciones de las cuentas del Patrimonio de la entidad contable pública, de un período determinado a otro.

CBN-1012

Estado de Flujo de Efectivo

Estado contable básico que revela los fondos provistos y utilizados por las entidades contables públicas en desarrollo de sus actividades operativas, de inversión y financiación.

CBN-1013

Informe de avance sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión

Informe de seguimiento sobre la ejecución del Plan Indicativo de Gestión que incluye el cumplimiento de las metas, presupuesto y porcentaje de avance.

CBN-1014

Informe sobre el Plan de Desarrollo.

Documento electrónico, elaborado en procesador de palabra, en el que se analice los niveles de cumplimiento y modificación de las metas formuladas en cada uno de los proyectos de inversión, dicho análisis se debe soportarse en indicadores.

CBN-1015

Informe de austeridad en el gasto.

Informe sobre austeridad en el gasto que contenga código y rubro presupuestal, estrategias, acciones, resultados y ahorro mensual y acumulado.

CBN-1016

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales.

Informes sobre presuntos detrimentos patrimoniales, hurtos y/o pérdidas detectados indicando valor y estado de las actuaciones al respecto.

CBN-1017

Informe de las acciones derivadas de los controles de advertencia.

Informe de las acciones derivadas de los controles de advertencia y los valores recuperados o ahorrados.

CBN-1018

Estado de Resultados

Estado de Resultados

CBN-1019

Informe de Control Interno contable

Informe elaborado de conformidad con el procedimiento de control interno contable y de reporte establecido por la Contaduría General de la Nación.

CBN-1020

Informe del Revisor Fiscal.

Informe del Revisor Fiscal, correspondiente a toda la vigencia o periodo fiscal que se rinde, lo anterior si la entidad esta obligada a tener revisor fiscal o si la institución dentro de su autonomía y necesidades requiere contratarlo.

CBN-1021

Informe de Auditoría Externa.

Informe de Auditoría Externa incluyendo Gestión y resultados, en caso de que se haya contratado, durante la vigencia o periodo fiscal que se rinde.

CBN-1022

Informe ejecutivo anual de Control Interno.

Copia del informe remitido al Consejo Nacional de Control Interno, de acuerdo con los lineamientos del DAFP.

CBN-1023

Informe de Composición Accionaria.

Contiene la relación por cada accionista la siguiente información: Tipo de accionista, Nombre o razón social, porcentaje de participación y monto (Sociedades de Economía Mixta).

CBN-1024

Plan Anual de Compras.

Plan Anual de Compras y/o de inversiones y su ejecución de la vigencia reportada.

CBN-1025

Cierre presupuestal de la vigencia.

Cierre presupuestal de la vigencia (ingresos y Gastos) y Constitución de Reservas y Reconocimientos Presupuestales y cuentas por pagar

CBN-1026

Inventario Físico.

Inventario Físico y valorizado de propiedad planta y equipo por grandes rubros

CBN-1027

Plan de Acción de los proyectos ejecutados en la vigencia.

Informe generado por el SEGPLAN de conformidad con los lineamientos de la Secretaria Distrital de Planeación.

CBN-1028

Plan de Gestión por servicios.

Plan de Gestión por cada uno de los servicios que prestan, de corto (un año), mediano (dos años) y largo plazo (tres años o más).

CBN-1029

Informe sobre silencios administrativos positivos

Informe completo sobre silencios administrativos positivos originados en Peticiones, Quejas y Reclamos de los usuarios.

CBN-1030

Estados contables del Consorcio.

Estados contables que normativamente deba presentar el Consorcio.

CBN-1031

Informe de Peticiones, quejas y reclamos sobre pensiones.

Informe sobre las Peticiones, quejas y reclamos sobre pensiones y su tramite.

CBN-1032

Indicadores de pensiones.

Informe sobre los resultados de los Indicadores de pensiones.

CBN-1034

Informe de gestión.

Informe de gestión correspondiente a la vigencia reportadas presentado por parte del Rector al Consejo Directivo.

CBN-1035

Informe estado de planta física:

Informe estado de planta física incluyendo: Zonas de uso común, Área administrativa, Aulas, Baterías sanitarias, Cerramientos, Obras en ejecución, Obras inconclusas, Laboratorios

CBN-1036

Proyectos académicos adelantados.

Proyectos académicos adelantados e inversión realizada.

CBN-1037

Informe sobre el servicio de transporte.

Informe sobre el servicio de transporte si lo utiliza, el cual debe incluir la ubicación residencial de cada alumno (dirección y localidad), el número de alumnos y de rutas.

CBN-1038

Informe de la Oficina de Control Interno.

Informe de labores de la Oficina de Control Interno, correspondiente a la vigencia reportada.

CBN-1039

Estado de Ingresos comparado con el período anterior.

Estado de Ingresos comparado con el período anterior, incluyendo el origen de los recursos.

CBN-1040

Estado de costos y gastos comparado con el periodo anterior.

Estado de costos y gastos comparado con el periodo anterior.

CBN-1041

Estado de cartera comparado con el periodo anterior.

Estado de las cuentas por cobrar comparado con el periodo anterior.

CBN-1042

Ejecución presupuestal de Ingresos y gastos.

Ejecución presupuestal de Ingresos y gastos que incluya modificaciones, adiciones y cuentas por pagar.

CBN-1043

Plan de Inversiones.

Plan de Inversiones y su avance.

CBN-1044

Informe sobre la naturaleza de los aportes o participaciones Distritales.

Informe sobre la naturaleza de los aportes o participaciones Distritales, los derechos que ellos confieren sobre el resto del patrimonio y los dividendos que puedan corresponderle al Distrito Capital. Así mismo, deberán detallar las actividades cumplidas en relación con ellos y sobre las gestiones del Distrito en su calidad de accionista.

CBN-1045

Informe de Gerencia.

Informe de Gestión de la Gerencia, correspondiente a la vigencia reportada.

CBN-1046

Estructura de Costos.

Estructura de Costos.

CBN-1047

Estados de Cambios en la situación financiera

Estados de Cambios en la situación financiera

CBN-1050

Indicadores de Gestión.

Será la misma información que deben enviar a la Superintendencia de Servicios Públicos y que hace referencia a los criterios, metodologías, indicadores, parámetros y modelos de carácter obligatorio que tengan como propósito evaluar la gestión y resultados de las empresas prestadoras conforme a las previsiones de la Ley 689 de 2001, en especial los artículos 7 y 14 para la medición de los principios de Economía, Eficiencia, Eficacia de los negocios misionales y las áreas de apoyo.

CBN-1051

Informe de Responsabilidad y Gestión Social Corporativa.

Informe de Gestión Social Corporativa correspondiente a la vigencia reportada.

CBN-1052

Plan de Acción de cada proyecto para la nueva vigencia.

Plan de Acción de cada proyecto para la nueva vigencia.

CBN-1053

Informe de Gestión y Resultados de la Gerencia de proyectos.

Informe de Gestión y Resultados de la Gerencia de proyectos.

CBN-1054

Relación de otros trámites.

Relación de otros trámites autorizados, señalando para cada caso, el tipo de trámite y las expensas recibidas.

CBN-1056

Estados financieros al cierre del semestre.

Estados financieros al cierre del semestre respectivo, de conformidad con el Plan General de Contabilidad Pública.

CBN-1057

Estados financieros al cierre del ejercicio.

Estados financieros al cierre del ejercicio, de conformidad con el Plan General de Contabilidad Pública.

CBN-1058

Informe de avance y ejecución del proceso liquidador 1er. semestre.

El liquidador del sujeto de control que se encuentre en proceso de liquidación, debe presentar, dentro de los mismos términos que se establecen en el Artículo 16 de la presente Resolución, un Informe de avance y ejecución del proceso liquidador, correspondiente al primer semestre de la vigencia o período fiscal que se rinde.

CBN-1059

Copia de autorización de liquidación.

Copia de la Ley, Decreto, Resolución o acto administrativo en que se decreta o autoriza la liquidación.

CBN-1060

Informe de avance y ejecución del proceso liquidador 2do. Semestre.

El liquidador del sujeto de control que se encuentre en proceso de liquidación, debe presentar, dentro de los mismos términos que se establecen en el Artículo 16 de la presente Resolución, un Informe de avance y ejecución del proceso liquidador, correspondiente al segundo semestre de la vigencia o período fiscal que se rinde.

CBN-1061

Acta Final de liquidación.

Acta Final de liquidación, debidamente aprobada por la asamblea, junta de socios o autoridad que sea competente para tal fin.

CBN-1062

Escritura Pública de protocolización de liquidación.

Escritura Pública con la cual se protocolizó la liquidación.

CBN-1063

Informe de Ejecución y terminación de la liquidación.

Informe de Ejecución y terminación de la liquidación.

CBN-1065

Relación de los Proyectos de Inversión.

Relación de los Proyectos de Inversión. Se debe relacionar el estado de los proyectos de inversión en ejecución o que hayan sido terminados en el período que está informando.

CBN-1066

Informe de Gestión y Resultados

Informe que contenga la gestión y los resultados del periodo.

CBN-1067

Solicitud de expedición de certificado de registro de deuda pública

Oficio remisorio con la solicitud de la expedición del certificado de registro, en el cual se incluyan los siguientes datos: descripción de las normas de autorización y/o de conceptos requeridos para el crédito; el destino que tendrían los recursos, la fecha de celebración del contrato, y otros contenidos en los formatos que para tal efecto establezca la Dirección de Economía y Finanzas Distritales o quien haga sus veces en la Contraloría de Bogotá, D. C.

CBN-1068

Documento constancia de deuda pública

Contrato o documento donde conste la obligación, debidamente perfeccionado.

CBN-1069

Traducción oficial del documento constancia de deuda pública

Traducción oficial en idioma español del respectivo contrato o documento donde conste la obligación, cuando se trate de empréstitos externos.

CBN-1070

Proyección de desembolsos.

Proyección de desembolsos, amortizaciones y condiciones financieras del respectivo contrato durante la vigencia del empréstito a partir de la fecha de su perfeccionamiento

CBN-1071

Documento según conceptos de artículos 10 y 13 del Decreto 2681 de 1993.

Documento de la autorización y/o conceptos contemplados en los artículos 10 y 13 del Decreto 2681 de 1993.

CBN-1072

Documento de certificado de registro en el Ministerio de Hacienda

Documento del certificado de registro ante la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda para los empréstitos externos.

CBN-1073

Documento de formulario de registro de préstamo en moneda extranjera ante el Banco de la República.

Formulario de registro de préstamo en moneda extranjera ante el Banco de la República.

CBN-1074

Calendario de utilización y período de disponibilidad de los fondos.

Calendario de utilización y período de disponibilidad de los fondos.

CBN-1075

Balance General consolidado del Distrito Capital

Estado contable básico que presenta en forma clasificada, resumida y consistente, la situación financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, expresada en unidades monetarias, a una fecha determinada y revela la totalidad de sus bienes, derechos, obligaciones y la situación del patrimonio del Distrito Capital.

CBN-1076

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental consolidado del Distrito

Estado contable básico que revela el resultado de la actividad financiera, económica, social y ambiental de la entidad contable pública, con base en el flujo de recursos generados y consumidos en cumplimiento de las funciones de cometido estatal, expresado en términos monetarios, durante un período determinado. Este estado se revela identificando las actividades ordinarias y las partidas extraordinarias. Las actividades ordinarias se clasifican en operacionales y no operacionales, y las partidas extraordinarias se consideran no operacionales, consolidado del Distrito

CBN-1077

Estado de Cambios en el Patrimonio del Distrito Capital

Estado de Cambios en el Patrimonio del Distrito Capital

CBN-1078

Notas a los Estados Contables del Distrito Capital

Notas a los Estados Contables con sus respectivos anexos y formatos del Distrito Capital

CBN-1079

Metodología de consolidación empleada

Metodología de consolidación empleada

CBN-1080

Cuadros resumen del Balance General sin eliminaciones

Cuadros resumen del Balance General sin eliminaciones

CBN-1081

Cuadros resumen del Balance General con eliminaciones

Cuadros resumen del Balance General con eliminaciones

CBN-1082

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental sin eliminaciones

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental sin eliminaciones

CBN-1083

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental con eliminaciones

Cuadros resumen Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental con eliminaciones

CBN-1084

Cuadro de distribución o conformación por sectores según consolidación de la Secretaría de Hacienda.

Cuadro de distribución o conformación por sectores tal y como se desarrolló el trabajo de consolidación en la Secretaría de Hacienda.

CBN-1085

Informe de control interno del proceso de consolidación

Informe de control interno del proceso de consolidación

CBN-1086

Situación Fiscal

Situación Fiscal

CBN-1087

Cálculo de Excedentes

Cálculo de Excedentes

CBN-1088

Utilidades de las Empresas

Utilidades de las Empresas

CBN-1089

Estado de avance de los proyectos del Plan de Desarrollo Distrital armonizados con el Plan de Ordenamiento territorial POT.

Para los fines del informe de análisis del POT, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital DAPD, rendirá informe anual del estado de avance de los proyectos del Plan de Desarrollo Distrital armonizados con el Plan de Ordenamiento territorial POT, especificando: El grado de ejecución presupuestal y cumplimiento de metas de los proyectos, referenciándolos por política, eje, programa, código y nombre, cruzándolos por sistemas, estructuras de servicios, operaciones urbanísticas y enfoques. Los resultados deben ser presentados en un informe textualizado comparando la ejecución anual con los acumulados de los años ejecutados y el faltante, referidos al cuatrienio de gobierno. Debe hacer parte también del informe, el resultado del avance metodológico y tecnológico para el seguimiento del Plan de Ordenamiento Territorial y el resultado de avance del expediente urbano adelantado en la vigencia.

CBN-1090

Informe de Gestión y Resultados.

Informe de Gestión y Resultados que incluya el análisis de los Indicadores de Gestión utilizados para el control y medición de los resultados de las actividades misionales y las áreas de apoyo de la Entidad, correspondiente al periodo fiscal que se rinde

CBN-1091

Informe sobre condiciones económicas y estudios previos para la contratación.

Condiciones económicas, los estudios previos realizados para la contratación, alternativas de financiamiento e información relevante que justifique el endeudamiento

CBN-1092

Certificación de no existencia de obligaciones de deuda, posesión de inversiones financieras y manejo de recursos de tesorería.

Las Entidades que no registren deuda pública y/o inversiones financieras y recursos de tesorería (fondos en cuentas corrientes y de ahorro), deberán enviar (únicamente para estos casos) este documento, señalando que no poseen obligaciones de deuda y/o no poseen inversiones y no manejan recursos de tesorería.

CBN-1093

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Ingresos

Al rendir la información respectiva al Formato Electrónico CB-0101, debe presentarse este documento que incluye sus modificaciones, notas y anexos.

CBN-1094

Notas y Anexos a la Ejecución presupuestal de Gastos e Inversiones.

Al rendir la información respectiva al Formato Electrónico CB-0103, debe presentarse este documento que incluye sus modificaciones, notas y anexos.

CBN-1095

Actas y acuerdos del Consejo Directivo

Relación de las actas y acuerdos que emita el concejo directivo durante la vigencia.

CBN-1096

Resoluciones expedidas por la Rectoría

Relación de las resoluciones que al rectoría expidió durante la vigencia.

CBN-1097

Actas de comité fiduciario

Actas de comité fiduciario

CBN-1098

Informe sobre la evolución del patrimonio autónomo o encargo fiduciario

Informe sobre la evolución del patrimonio autónomo o encargo fiduciario

CBN-1099

Informe de Contratación al Culminar la Gestión

Informe consolidado de contratación durante la gestión.

CBN-1100

Plan de Informática

Plan Anual de Informática que contiene los proyectos, programas y actividades a realizar durante la vigencia. Plan Operativo en materia de Informática.

CBN-1101

Informe de Representación Externa – Dirección de Impuestos Distritales

Informe de representación externa emitido por la Dirección de Impuestos de la Secretaria de Hacienda Distrital.

CBN-1103

Balance Social

Informe resultado de la aplicación de los lineamientos metodológicos para la presentación del informe de Balance Social

CBN-1105

Manual de Contratación

Documento que indica los lineamientos, principios, pautas y procedimientos para los procesos contractuales adelantados en la vigencia reportada.

CBN-1106

Plan Anual de Contratación de la siguiente vigencia

Documento que contiene las intenciones en materia de contratación relacionados directamente con el Plan de Desarrollo Vigente.

CBN-1107

Plan de Contingencia Institucional

Instrumento de gestión para el funcionamiento normal de la entidad, aún cuando en su marcha se viese dañada por una amenaza interna o externa como son: de origen natural, antrópicos, humanos, salud ocupacional, técnicos, entre otros.

CBN-1108

Informe financiero detallado del esquema de aseo en el D.C.

Informe detallado sobre el patrimonio autónomo, el cual hará referencia a: facturación, recaudo, Estado de la cartera, pagos que se generen, excedentes y rendimientos financieros generados por los mismos.

CBN-1109

Informe de Egresos del Patrimonio Autónomo desagregado por terceros.

Informe periódico de los egresos detallados.

CBN - 1110

Manual de Control Interno

El Manual de Control Interno de los procesos básicos y de soporte, incluidos los controles aplicables a los colegios. (Directiva Presidencial 02 del 5/04/1994.

CBN-1111

Información Gestión Ambiental Interna

Ver Guía en los instructivos

CBN-1112

Información Gestión Ambiental Externa

Ver Guía en los instructivos

CBN-1113

Informe Gestión Ambiental

Ver Guía en los instructivos

CBN-1114

Información Ambiental Externa Proyectos de Inversión de Obras de Infraestructura

Ver Guía en los instructivos

CBN-1115

Informe de Gestión al culminar la gestión

Documento establecido en la Ley 951 de 2005.

CBN-3000

Oficio Remisorio

Suprimido

CBN-3001

Comprobante de Transacción

Suprimido

ANEXO C

INSTRUCTIVO GENERAL PARA LA RENDICIÓN DE LA CUENTA LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C. A TRAVÉS DE SIVICOF.

De conformidad con lo mencionado en el TITULO VII de la resolución de rendición de cuentas vigente, la Contraloría de Bogotá D.C. pone a disposición de los Sujetos de Control el presente instructivo que pretende orientar de manera general respecto a la presentación de la cuenta, de acuerdo con los diferentes tipos de información mencionados en la misma.

1. DILIGENCIAMIENTO Y ENVÍO DE INFORMACIÓN

La información de la cuenta requerida por la Contraloría de Bogotá D.C. está clasificada en dos (2) componentes (FORMATOS ELECTRÓNICOS Y DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS POR TIPO DE SUJETO DE CONTROL, PERIODICIDAD Y TIPO DE INFORME), así: formatos electrónicos y documentos electrónicos, los cuales deben ser elaborados y enviados a la entidad de la siguiente forma:

A. FORMATOS ELECTRÓNICOS

1. Instale el MÓDULO DE DILIGENCIAMIENTO Y VALIDACIÓN DE SIVICOF siguiendo las instrucciones del Capitulo de Instalación y Desinstalación del manual correspondiente al mencionado módulo.

Nota: Recuerde verificar los requerimientos técnicos mínimos necesarios descritos en el manual para la instalación. Este módulo se instala una única vez y puede ser utilizado para elaborar posteriormente las diferentes cuentas.

2. Lea cuidadosamente antes de iniciar la operación del sistema el Manual del Usuario del MODULO DE DILIGENCIAMIENTO Y VALIDACIÓN DE SIVICOF.

3. Lea cuidadosamente antes de iniciar la elaboración de la cuenta Instructivos de Diligenciamiento de Formatos Electrónicos, allí encontrará la descripción detallada de cada uno de los datos solicitados.

4. Luego de realizar los pasos anteriores, está listo para iniciar el proceso de elaboración de los formatos electrónicos en el MODULO DE DILIGENCIAMIENTO Y VALIDACIÓN DE SIVICOF. La funcionalidad y operación de este módulo se encuentra en el Manual del Usuario del mencionado módulo, y que fue referido anteriormente, se recomienda seguir las instrucciones allí descritas y mantenerlo como un documento de consulta permanente.

5. Luego de digitar y validar la información, el MODULO DE DILIGENCIAMIENTO Y VALIDACIÓN, genera un archivo con extensión .STR, el cual debe ser remitido a través la página en Internet de la Contraloría de Bogotá D.C., ingresando al MODULO DE ENVÍO Y CONSULTA EN INTERNET DE SIVICOF.

6. Algunos de los formatos de la cuenta se han dividido debido a su estructura, esto con el fin de facilitar su diligenciamiento, Para tal efecto se han identificado con una letra al final del código del formato principal. (por ejemplo. para SIVICOF El formato CB-502 es un informe compuesto por los formatos CB-0502A, CB-0502B…)

Cada uno de estos formatos hace parte integral del principal, por lo tanto es necesario diligenciarlos de acuerdo con sus instructivos.

7. Antes de enviar el archivo con extensión .STR mencionado en el punto anterior, lea cuidadosamente el Manual del Usuario del MÓDULO DE ENVÍO Y CONSULTA EN INTERNET del sistema de SIVICOF.

B. DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

La cuenta solicitada por la Contraloría de Bogotá D.C. está constituida, además de los formatos electrónicos mencionados anteriormente, por documentos electrónicos, que pueden ser elaborados en diferentes herramientas informáticas.

Los documentos electrónicos aceptados por los sistemas de información de la Contraloría

TIPO DE ARCHIVO

EXTENSIÓN

Documento Portable (Acrobat)

.PDF

Microsoft Word©

.DOC

Microsoft Excel©

.XLS

Microsoft PowerPoint©

.PPT

Archivos empaquetados y comprimidos

.ZIP

Para la elaboración y envío de los documentos electrónicos requeridos por la Contraloría de Bogotá D.C., tenga en cuenta los siguientes puntos:

1. Son documentos electrónicos están constituidos, por informes, estudios, análisis, explicaciones entre otros, los cuales son descritos Anexos B de la presente resolución.

2. Un documento electrónico puede estar constituido por diferentes archivos electrónicos (por ejemplo: archivos en procesador de palabra y/o hoja e cálculo), cuando esto suceda todos los archivos deberán ser empaquetados y comprimidos en uno solo (ver cuadro de tipo de archivos anterior), con el fin de remitirlo a la Entidad como un único documento electrónico.

3. Luego de elaborar los documentos electrónicos, estos deben ser remitidos a través la página en Internet de la Contraloría de Bogotá D.C., ingresando al MODULO DE ENVÍO Y CONSULTA EN INTERNET DE SIVICOF.

4. Antes de enviar los documentos electrónicos mencionados en el punto anterior, lea cuidadosamente el Manual del Usuario del MÓDULO DE ENVÍO Y CONSULTA EN INTERNET del sistema SIVICOF.

2. FIRMA DIGITAL

a) Adquisición Firma Digital.

Esta se adquiere con la única Certificadora abierta del país: Certicamara. (Puede consultar información al respecto en www.certicamara.com)

b) Acceder al Módulo Storm Web bien sea por la página de la contraloría www.contraloríabogota.gov.co y haciendo clic sobre el botón "rendición de cuenta" o directamente a través de la ruta http://sivicof.contraloriabogota.gov.co/stormWeb.

c) Insertar el Token en una ranura USB.

d) Hacer clic sobre botón "Ingresar con firma digital"

e) Pulsando el botón "Aceptar" en la ventana que se despliega, confirmar que desea ingresar con Firma Digital.

f) Iniciar la labor deseada en la sesión iniciada de acuerdo a si requiere enviar Formatos o Documentos firmados digitalmente.

g) Por la opción Formularios electrónicos o Documentos electrónicos, accediendo a la tarea enviar, se desplegará la ventana para cargar archivo.

h) Allí, pulsando el botón examinar en la ventana se puede ubicar el archivo que se deberá a enviar. Este, debe corresponder a un archivo STR para el caso de los formatos electrónicos, firmado digitalmente. Su extensión final será .str.p7z, en el caso de los documentos electrónicos Su extensión final será .p7z.

i) Seleccionado el archivo se deberá pulsar en StormWeb el botón Verificar envío. Si está autorizado desplegará los datos de la autorización permitiendo hacer el envío.

j) Al enviar se confirma que la transacción de envío fue exitosa.

k) Por la opción Verificar envío se puede consultar el estado de procesamiento del archivo.

l) El sistema permite descargar el archivo claro (str) en formato zip.

m) Permite también descargar el archivo firmado (str.p7z)

n) Ver los firmantes de archivo.

o) Y ver el archivo de respuesta con el resultado del procesamiento.

3. GENERACIÓN DEL COMPROBANTE DE TRANSACCIÓN

Al finalizar correctamente el envió de todos los formatos electrónicos y documentos electrónicos que conforman la cuenta, SIVICOF le permitirá al sujeto de control generar un COMPROBANTE DE TRANSACCIÓN ELECTRÓNICA.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4345 de diciembre 23 de 2009