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Acuerdo 001 de 2011 Fundacion Gilberto Alzate Avendaño

Fecha de Expedición:
03/02/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/02/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4594 de febrero 9 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 001 DE 2011

(Febrero 03)

Por el cual se modifica el Acuerdo 002 de 1999

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo séptimo, literales d) y h) del Acuerdo 002 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que el literal h) del artículo séptimo del Acuerdo 002 de 1999 faculta a la Junta Directiva de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para "adoptar y modificar los estatutos de la Fundación".

Que la Fundación Gilberto Alzate Avendaño a partir de la reforma administrativa, dispuesta por el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital de Bogotá, asumió la ejecución de las políticas en las áreas artísticas de literatura, artes plásticas y artes audiovisuales con motivo de la transferencia que se le hizo de los respectivos proyectos de inversión en dichas áreas.

Que mediante el Acuerdo No. 440 de 2010 el Concejo Distrital de Bogotá creó el Instituto Distrital de las Artes –IDARTES-, cuyo objeto es la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos para el ejercicio efectivo de los derechos culturales de los habitantes del Distrito Capital, en lo relacionado con la formación, creación, investigación, circulación y apropiación de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y música, a excepción de la música sinfónica, académica y el canto lírico.

Que el Instituto Distrital de las Artes –IDARTES-, en cumplimiento de su objeto, deberá asumir funciones que venía desarrollando la Fundación Gilberto Alzate Avendaño como resultado de la reforma administrativa del 2006, en lo referente a las áreas artísticas mencionadas.

Que en virtud de lo anterior, se hace necesario modificar los Estatutos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño, en lo referente a las funciones asignadas a dicha entidad y relacionadas con los aspectos antes señalados y por consiguiente, señalar sus nuevas funciones.

Que mediante el oficio No DIR 3309 del 27 de diciembre de 2010, la Dirección del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable a la propuesta de modificación de las funciones generales de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y de su Subdirección Operativa, el cual hace parte del estudio técnico correspondiente al IDARTES,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. Modificar el artículo tercero del Acuerdo No. 002 de 1999, el cual quedará así:

"ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES. La Fundación Gilberto Alzate Avendaño cumplirá las siguientes funciones:

1. Participar en el proceso de formulación concertada de las políticas distritales que orienta y lidera la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte en el campo de la cultura.

2. Desarrollar programas culturales permanentes de convocatoria metropolitana, que contribuyan a consolidar el centro histórico como una de las principales centralidades culturales del Distrito Capital.

3. Desarrollar estrategias y proyectos especiales creativos que contribuyan a visibilizar a Bogotá como uno de los principales polos culturales del país.

4. Diseñar y ejecutar programas orientados a incentivar la apropiación del conocimiento de la historia y actualidad política distrital y nacional y promover la conciencia democrática en el Distrito Capital.

5. Desarrollar una programación cultural y artística permanentes, en consonancia con las políticas del sector.

6. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos que articulen la gestión cultural y artística de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño con los ámbitos regional, nacional e internacional.

7. Garantizar el funcionamiento y programación de los equipamientos culturales a su cargo.

8. Asegurar la producción técnica y logística para el correcto funcionamiento de los planes, programas y proyectos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

9. Diseñar las estrategias para asegurar la gestión y promoción de recursos públicos y privados que permitan el adecuado desarrollo de sus planes, programas y proyectos.

10. Diseñar e implementar estrategias para conservar, mantener y enriquecer su colección artística y garantizar el acceso y apropiación por parte del público.

11. Coordinar con las entidades del Sector Cultura, Recreación y Deporte todas las acciones que se estimen necesarias para el cumplimiento de sus fines.

12. Promover el acceso y apropiación por parte de los habitantes del Distrito Capital a los programas y servicios culturales que ofrezca la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

13. Administrar los bienes que integran el patrimonio de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su misión.

ARTÍCULO 2º. Derogado por el art.13, Acuerdo 004 de 2017. Modificar el artículo diez y seis del Acuerdo No. 002 de 1999, el cual quedará así:

"ARTÍCULO DIEZ Y SEIS. Subdirección Operativa. Es la dependencia encargada de la dirección, coordinación, control y promoción de la gestión cultural y artística de la Fundación, a través del desarrollo de estrategias, planes, programas y proyectos especiales creativos, curaduría histórica y fortalecimiento del centro histórico como una de las principales centralidades culturales del Distrito Capital de acuerdo a los objetivos y metas institucionales.

Sus funciones serán las siguientes:

a) Formular, gestionar y ejecutar planes, programas y proyectos orientados a incentivar la apropiación del conocimiento de la historia y actualidad política distrital y nacional y promover la conciencia democrática en el Distrito Capital.

b) Formular y gestionar las estrategias para la programación y ejecución de las actividades culturales y que se realicen en los diferentes escenarios a cargo de la Fundación.

c) Dirigir, formular y ejecutar los planes, programas y proyectos de circulación, curaduría artística y programación cultural permanente de la fundación.

d) Dirigir y gestionar proyectos especiales creativos con el fin de cumplir los objetivos institucionales.

e) Dirigir y gestionar la producción logística de los eventos culturales y artísticos que produzca o apoye la fundación.

f) Desarrollar actividades que permitan al público en general conocer las obras de arte de propiedad de la Fundación.

g) Gestionar y asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos de la Fundación.

h) Diseñar y programar la producción audiovisual o impresión documental de información sobre la Fundación y el material de prensa, radio y televisión.

i) Preparar los mecanismos de convocatoria, para los concursos y demás exposiciones que desarrolle la Fundación.

j) Supervisar y responder por el archivo de las publicaciones, invitaciones, recibo y entrega de obras de arte, materiales e implementos que se requieran en los eventos y depósito de obras de arte permanente y/o transitoria.

k) Dirigir la Biblioteca especializada en Historia y actualidad Política Colombiana y definir programas orientados a incentivar la apropiación del conocimiento de la historia y la actualidad política distrital y nacional para promover la conciencia democrática en el Distrito Capital.

l) Gestionar ante las entidades públicas y privadas, la colaboración y la consecución de los recursos que permitan el adecuado desarrollo de los planes, programas y proyectos de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño".

ARTÍCULO 3º. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga los artículos tres y diez y seis del Acuerdo No. 002 de 1999.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 3 días del mes de febrero del año 2011.

CATALINA RAMÍREZ VALLEJO

Presidente de la Junta Directiva,

NIDIA MANOSALVA CELY

Secretaria de la Junta Directiva