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Decreto 66 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/02/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/02/0011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4605 de febrero 25 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 066 DE 2011

DECRETO 066 DE 2011

(Febrero 24)

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 687 de 2019.

"Por el cual se crean unos cargos en la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 9º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 7º de la Ley 715 de 2001, el artículo 7º del Decreto 3020 de 2002, y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 67 de la Constitución Política, la educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de los niños, con prevalencia sobre otras garantías, la educación constituye un servicio público con una función social, que busca el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica, y los demás bienes y valores de la cultura, y corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

Que según el artículo 366 de la Constitución Política, constituye objetivo esencial de la actividad Estatal la solución de las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental y agua potable, y para tal efecto, dentro de los planes y presupuestos de las entidades territoriales, el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación.

Que el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución Política le concede al Alcalde Mayor de Bogotá atribuciones para crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, en armonía con el Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá), cuyo artículo 38, numeral 9º establece como competencia de este funcionario la creación, supresión o fusión de los empleos de la administración central.

Que el artículo 7º de la Ley 715 de 2001 atribuye a los distritos y municipios certificados facultad para dirigir, planificar y prestar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media (numeral 7.1), para administrar, con arreglo a las facultades señaladas en el artículo 153 de la Ley 115 de 1994, las instituciones educativas y el personal docente y administrativo de dichos planteles, con sujeción a la planta de cargos adoptada de conformidad con la Ley (numeral 7.3), así como para mantener la actual cobertura y propender a su ampliación (numeral 7.6).

Que el artículo 7º del Decreto 3020 de 2002, por el cual se establecieron los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales, prevé que dichos entes podrán crear nuevos cargos docentes, directivos docentes y administrativos, siempre que se cumplan los fines, criterios y parámetros establecidos en la Ley 715 de 2001.

Que de conformidad con lo establecido por el Acuerdo 7 de 1996, expedido por el Concejo de Bogotá, y los Decretos 029 de 1993, 223 y 310 de 1994, 302 de 1995, 144 de 1996, 600 de 1996, 354 de 1997, 106 de 2000, 094 y 237 de 2001, 141 y 409 de 2002, 404 de 2003, 127 y 463 de 2005, 019 de 2006, 063 de 2007, 055 de 2008, 305 de 2009 emanados de la Alcaldía Mayor, así como la Resolución 1868 del 4 de agosto de 2009, la planta de personal docente de la Secretaría de Educación Distrital, SED, está conformada por 29.504 cargos de docentes, de los cuales 2454 son financiados con recursos propios y 27.050 con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP).

Que durante el año 2009 fueron atendidos 837.003 estudiantes en los colegios distritales de Bogotá, y el incremento en la matrícula oficial reportada el 19 de Febrero de 2010 es de 12.917 nuevos cupos, para una matrícula oficial durante el año 2010 de 849.920 estudiantes.

Que para la atención de estos nuevos cupos, y teniendo en cuenta la actual implementación del modelo de articulación de la educación media con la educación superior, a través de programas Técnicos profesionales y/o Tecnológicos, suscritos con instituciones de educación superior, se requieren como mínimo 350 nuevos cargos docentes, circunstancia que hace impostergable la necesidad de ampliar la planta docente en igual número, financiados con recursos propios.

Que mediante oficio 20011EE2304 del 11 de enero de 2011, el Director Distrital de Presupuesto expidió concepto de viabilidad presupuestal para la ampliación de 350 cargos de docentes en la planta global de docentes de la Secretaría de Educación Distrital, en los términos de la solicitud formulada por la Secretaría de Educación.

Que en conclusión, para el adecuado funcionamiento del Sistema Educativo del Distrito Capital, se hace necesario hacer ajustes a la planta docente de manera que cubra las necesidades de atención del servicio educativo, ampliando la planta docente que se financia con recursos propios en los términos ya señalados.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º. Crear 350 cargos de docentes en la planta de personal docente de la Secretaría de Educación del Distrito, financiada con recursos propios.

Artículo 2º. La Secretaría de Educación del Distrito incorporará mediante Resolución dentro de la planta de personal prevista en este decreto, los respectivos docentes de acuerdo con la normatividad vigente al respecto.

Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de Febrero de 2011

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

CARLOS JOSÉ HERRERA JARAMILLO

Secretario de Educación del Distrito

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4605 de febrero 25 de 2010.