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DECRETO 604 DE 1956 (Agosto 4) Derogado por el art. 4, Decreto Distrtal 346 de 2007 "Por el cual se declara fiesta cívica el día seis (6) de Agosto". EL ALCALDE MAYOR DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA En uso de sus facultades Legales, y CONSIDERANDO: Que el próximo seis (6) de agosto se cumple el aniversario 418 de la gloriosa fundación de la ciudad de Santa Fé de Bogotá, fecha memorable que evoca la gesta heróica de los conquistadores y que mueve a la ciudadanía a celebrar la con gratitud y fervor patriótico, Ver Acuerdo 83 de 1920, Ver el Concepto de la Secretaría General 12315 de 2000, Ver Circular Alcalde Mayor 002 de 2015.DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Declárase fiesta Cívica y de vacancia en las oficinas públicas del Distrito Especial de Bogotá, el día seis (6) de Agosto de cada año. Ver Directiva Distrital 003 de 2002 PARAGRAFO: En todos los edificios públicos y privados, y en todas las casas residenciales del Distrito Especial de Bogotá, deberá izarse el pabellón racional en la fecha citada. ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige desde la fecha de sus expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dado en el Palacio Distrital de Bogotá, a los 4 días del mes de Agosto de mil novecientos cincuenta y seis (1.956). ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ Alcalde mayor BUENAVENTURA GUZMAN SECRETARIO DE GOBIERNO JOSE MARIA IRAGORRI Secretario de Hacienda (Encargado) |