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Decreto 379 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/08/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/08/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4941 de agosto 8 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 379 DE 2012

(Agosto 01)

"Por el cual se suspende la vigencia del Decreto 668 de 2011, mediante el cual se protocoliza la creación de la Comisión Distrital para la Seguridad. Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se reglamenta el trámite de la autorización para la realización de los partidos de fútbol de carácter profesional a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, la Evaluación y la Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital, SUGA"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO

Que el 29 de diciembre de 2011 se expidió el Decreto 668 mediante el cual se protocoliza la creación de la Comisión Distrital para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol y se reglamenta el trámite de la autorización para la realización de los partidos de fútbol de carácter profesional a través del Sistema Único de Gestión para el registro, evaluación y autorización de actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, SUGA.

Que mediante el Decreto 028, del 6 de enero de 2012, se dispuso suspender temporalmente la vigencia del Decreto 668 de 2011, hasta el 31 de julio de 2012, señalando como fundamento la necesidad de realizar mesas de trabajo que permitieran la articulación de las entidades y organismos distritales para la adopción de las medidas contempladas en el Decreto Nacional 1717 de 2010.

Que como resultado de nuevas disposiciones legales relacionadas con los espectáculos públicos, y con el fin de unificar la dispersa normatividad referida a la regulación distrital de actividades que implican aglomeraciones de público, se instalaron mesas de trabajo interinstitucionales con el fin de expedir un instrumento que recoja esta normatividad y se ajuste a los lineamientos nacionales, en especial los que garantizan la seguridad y la convivencia de quienes participan en tales actividades, instrumento que se encuentra en la última etapa de revisión final por parte de las diferentes entidades involucradas en el tema.

Que el fútbol profesional es un espectáculo público de carácter deportivo y que, en consecuencia, resulta imprescindible que su regulación sea incluida en la reglamentación que el Distrito señale para el tratamiento de las aglomeraciones de público en la ciudad de Bogotá, D.C., objeto del instrumento que está en etapa de revisión final.

Que se hace necesario señalar un nuevo término que asegure la expedición de la normatividad distrital que regule en forma unificada las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital y que protocolice la creación de la Comisión Distrital para la Seguridad, Comodidad y Convivencia en el Fútbol, plazo que se estima de dos (2) meses.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Suspender temporalmente la vigencia del Decreto 668 de 2011, hasta el 30 de septiembre de 2012.

Artículo 2°.- El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., el 1° de agosto del año 2012.

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

ROBERTO NIÑO CORREDOR

Secretaría Distrital de Gobierno (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4941 de agosto 8 de 2012.