RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto 583 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/12/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5032 del 26 de diciembre de 2012
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 583 DE 2012

(Diciembre 21)

Derogado por el art. 12, Decreto Distrital 375 de 2019.

Por medio del cual se modifica el artículo 37 del Decreto 546 de 2007, reglamentario de las Comisiones Intersectoriales del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 4° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Distrital 18 de 1999 “por el cual se crea la Defensoría del Espacio Público”, en su artículo 4° establece que frente al Espacio Público, le corresponde ejercer, entre otras funciones, las siguientes:

(...) b. Formular las políticas, planes y programas distritales relacionados con la defensa, inpección, vigilancia, regulación y control del espacio público. (…)

d. Actuar como centro de reflexión y acopio de experiencia sobre la protección, recuperación y administración del espacio público y preparar proyectos de Ley, Acuerdos o Decretos sobre la materia. (...)”

g. Promover en coordinación con las autoridades competentes un espacio público adecuado para todos. (...)”

Que mediante el Decreto Distrital 215 de 2005, se adoptó el Plan maestro de Espacio Público para Bogotá Distrito Capital, que tiene por objeto concretar las políticas, estrategias, programas, proyectos y metas relacionados con el espacio público del Distrito Capital.

Que el artículo 23 del Decreto Distrital 215 de 2005, dispone: “(...). - Programa de Creación del Marco Regulatorio del aprovechamiento económico del espacio público. El Distrito Capital establecerá un cuerpo normativo para regular, de manera sistemática y armónica, el aprovechamiento económico del espacio público. Dicha regulación deberá apuntar al logro de los siguientes propósitos:

a) Prevenir o eliminar las ocupaciones y utilizaciones indebidas del espacio público, y sus efectos negativos.

b) Evitar el aprovechamiento económico del espacio público en contra del interés general o colectivo.

c) Distribuir justa y equitativamente las oportunidades para realizar actividades con motivación económica en el espacio público, de manera que se garantice la realización de acciones afirmativas en beneficio de los sectores sociales vulnerables, de conformidad con el principio constitucional de igualdad material.

d) Generar, organizar y concentrar las fuentes de financiación que contribuyan a la producción, ampliación, mantenimiento y conservación del espacio público. Garantizar la observancia de las normas ambientales (...)”

Que en el marco de la Política de Gestión del Plan Maestro de Espacio Público, mediante el artículo 35 se creó el Comité de Coordinación Interinstitucional del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público, con la Secretaría Técnica en cabeza del entonces Departamento Administrativo de Planeación Distrital, hoy Secretaría Distrital de Planeación.

Que mediante Decreto Distrital 546 de 2007 se ampliaron las funciones de la Comisión Intersectorial de Espacio Público que sustituyó el Comité de Coordinación Interinstitucional del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público cuya Secretaría Técnica quedó a cargo de la Secretaría Distrital de Planeación, a través de la Dirección del Taller del Espacio Público.

Que en atención a las competencias asignadas al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público y a las previsiones en materia de regulación fijadas por el Plan Maestro de Espacio Público, se considera pertinente asignar la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital a dicha entidad.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 37 del Decreto Distrital 546 de 2007, el cual quedará así:

Artículo 37. Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital. La Comisión Intersectorial del Espacio Público, esta integrada por el (la) Secretario (a) Distrital de Gobierno, quien lo presidirá, el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, el (la) Secretario (a) Distrital de Movilidad, el (la) Secretario (a) Distrital de Planeación, el (la) Secretario (a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el (la) Secretario (a) Distrital de Ambiente, el (la) Secretario (a) Distrital de Desarrollo Económico, el (la) Secretario (a) Distrital del Hábitat y el (a) Director (a) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público.

La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público”.

Artículo 2°.- El Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público deberá presentar ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público del Distrito Capital la propuesta de Marco Regulatorio de Aprovechamiento Económico del Espacio Público en un plazo máximo de dos (2) meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del Decreto Distrital 215 de 2005.

Artículo 3°.- El presente Decreto modifica el artículo 37 del Decreto 546 de 2007 y demás disposiciones que le sean contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2012

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

GUILLERMO ASPRILLA CORONADO

Secretario Distrital de Gobierno

GERARDO IGNACIO ARDILA CALDERON

Secretario Distrital de Planeación

BLANCA INES DURAN HERNANDEZ

Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5032 del 26 de diciembre de 2012