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ACUERDO 539 DE 2013 (Diciembre 26) “Por el cual se facilita la utilización de espacios en las instituciones educativas oficiales del distrito capital para beneficio comunitario, y se dictan otras disposiciones” EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C., En uso de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas en el artículo 12 del numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley 115 de 1994 y sus Decretos Reglamentarios, ACUERDA: ARTÍCULO 1. La Administración Distrital facilitará la utilización de espacios deportivos, bibliotecas, teatros y aulas máximas de las Instituciones Educativas Distritales, definidos por las normas en el Plan Maestro de Equipamientos Escolares, en beneficio de la comunidad a través de entidades u organizaciones, para diferentes actividades de tipo social, educativo, cultural y deportivo en días y horarios diferentes a los establecidos por la institución en sus actividades curriculares y extracurriculares. PARÁGRAFO: Los Consejos Directivos reglamentarán la utilización de los espacios en las Instituciones Educativas del Distrito, en especial en lo referente a la seguridad, aseo, horario, tiempo de uso y la coordinación de la logística necesaria en cada actividad o evento, garantizando la imparcialidad. ARTÍCULO 2. Los estudiantes de los últimos grados de la Institución Educativa podrán prestar sus servicios, en calidad de práctica social, para apoyar los eventos que realicen las entidades u organizaciones que hagan uso de las instalaciones. ARTÍCULO 3. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5268 del 27 de diciembre de 2013. |