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Acuerdo 552 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/05/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/05/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5362 de mayo 23 de 2014
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 552 DE 2014


(Mayo 21)


Por medio del cual se convoca a Elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”.


EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.,


En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales conferidas por el numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, numerales 1° y 25° y en especial a lo establecido en la Ley 497 de 1999 “Por la cual se crean los Jueces de Paz y se reglamenta su organización y funcionamiento”,


Ver Proyectos de Acuerdo 285 de 2013 y 061 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.


ACUERDA:


ARTÍCULO  1.- CONVOCATORIA. Convócase a Elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración en Bogotá Distrito Capital de acuerdo con las circunscripciones electorales que para efectos del presente Acuerdo son las U.P.Z.


PARÁGRAFO: La Administración Distrital determinará la fecha de la elección.


ARTÍCULO  2.- La Secretaría Distrital de Gobierno, en coordinación con la Personería de Bogotá, promoverán difundirán y apoyarán el proceso de elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración , debiendo garantizar la infraestructura y logística necesaria para la organización y desarrollo del proceso electoral, así como la participación activa y demás derechos de los ciudadanos en dicho proceso.


ARTÍCULO 3- FINANCIACIÓN. La Administración Distrital asignará los recursos que correspondan a la realización del proceso de elección de los Jueces de Paz y de Reconsideración de que trata el presente Acuerdo, en el marco de las disponibilidades presupuestales pertinentes.


ARTÍCULO 4.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


MIGUEL URIBE TURBAY


Presidente


LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA


Secretario General de Organismo de Control


ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.


GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO


Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.


PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.


Mayo 21 de 2014.


NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5362 de mayo 23 de 2014