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Decreto 610 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5501 de diciembre 29 de 2014.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 610 DE 2014

 

(Diciembre 26)

 

“Por medio del cual se prorrogan unos empleos temporales en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad”

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, es aplicable a los servidores que prestan sus servicios a la administración del Distrito Capital, tanto en el nivel central, como el descentralizado.

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 establece que los organismos y entidades sujetos a su regulación, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, entre otras situaciones, cuando se requiera suplir necesidades de personal para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad contempló la creación de seiscientos sesenta y tres (663) empleos de carácter temporal, con el propósito de cumplir con los objetivos y metas establecidas en el Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012-2016, específicamente para los siguientes proyectos:

 

7254 - Modernización, expansión y mantenimiento del Sistema Integral del Control del Tránsito,

 

7253 - Generar movilidad con seguridad comprometiendo al ciudadano en el conocimiento y cumplimiento de las normas de tránsito,

 

348 - Fortalecimiento de los servicios concesionados,

 

7132 - Sustanciación de procesos de recaudo y cobro de cartera,

 

6219 - Apoyo institucional en convenio con la Policía Nacional,

 

1165 Promoción de la movilidad segura y prevención de la accidentalidad vial,

 

339 - Implementación del Plan Maestro de Movilidad para Bogotá,

 

585 - Sistema distrital de información para la movilidad,

 

6094 - Fortalecimiento institucional

 

Que los citados proyectos de inversión, se encuentran ubicados en los Programas “Movilidad Humana” y “Fortalecimiento de la Función Administrativa y Desarrollo institucional”, del Plan de Desarrollo Distrital, dentro de los que se establecieron los siguientes proyectos prioritarios, que por su naturaleza, por la misión de ésta Secretaría y por ser transversales en el Distrito Capital, le corresponde ejecutar:

 

“(…) 3. Implementación del Sistema Integrado de Transporte Público SITP.

 

(…) 8. Ampliación y optimización de la Red de Ciclorutas y promoción del uso de la bicicleta.

 

(…) 10. Cultura Integral para la movilidad y la seguridad vial.

 

11. Movilidad Humana informando y participando.

 

12. Red soporte para la prestación de servicios para una movilidad humana (...)

 

(…) 1. Sistema de mejoramiento de la gestión y de la capacidad operativa de las entidades.

 

2. Dignificación del empleo público.

 

3. Gerencia jurídica integral (...)”

 

Que para el desarrollo de las actividades contempladas en los proyectos relacionados anteriormente, la Secretaría Distrital de Movilidad requiere complementar su planta de personal con perfiles profesionales, técnicos y asistenciales, orientados al fortalecimiento de temas relacionados directamente con Movilidad y con las áreas estratégicas y de apoyo.

 

Que mediante el Decreto 335 de 30 de julio de 2103 (sic), se crearon trescientos doce (312) empleos temporales en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad, los cuales fueron provistos teniendo en cuenta para ello la necesidad previamente establecida y las disposiciones legales, reglamentarias y jurisprudenciales vigentes.

 

Que la Secretaría Distrital de Movilidad requiere prorrogar los citados empleos temporales para continuar con la ejecución de los programas contemplados en los proyectos del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”, cuyos propósitos están relacionados con los objetivos y metas propuestas para la vigencia 2015; en el sentido de promocionar una Cultura Integral para la Movilidad y la Seguridad Vial, mediante el cambio cultural en la gestión de la movilidad en la Ciudad, así como construir un sistema de movilidad con enfoque ambiental y humano.

 

Que en este orden de ideas, la Secretaría Distrital de Movilidad presentó ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, la justificación técnica para la prórroga hasta el 31 de diciembre del 2015, de la vigencia de los trescientos doce (312) empleos temporales creados en su planta de personal, Departamento que emitió concepto técnico favorable mediante oficios DIR 2014 EE-2026 del 22 de septiembre 2014 y DIR 2014 EE-2395 del 7 de noviembre de 2014, en uso de las facultades establecidas en el artículo del Acuerdo 199 de 2005 y el artículo 14 del Decreto 609 del 2013.

 

Que para la prórroga de los precitados empleos, la Secretaría Distrital de Movilidad solicitó a la Secretaría de Hacienda Distrital la apropiación de recursos, organismo que expidió la viabilidad presupuestal mediante oficio No. 2014EE420213 del 24 de diciembre de 2014, para la prórroga de la vigencia de trescientos doce (312) empleos temporales aprobada también por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en los oficios DIR 2014 EE-2026 del 22 de septiembre 2014 y DIR 2014 EE-2395 del 7 de noviembre 2014, de conformidad con la disponibilidad actual de recursos con que cuenta la Secretaría Distrital de Movilidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO  1. Prorróguese hasta el treinta y uno (31) de diciembre de dos mil quince (2015) los siguientes empleos temporales, en la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de dar cumplimiento al Plan de Desarrollo “BOGOTA HUMANA”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva:

 

DENOMINACIÓN CARGO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE CARGOS

Profesional Especializado

222

27

16

Profesional Especializado

222

19

5

Profesional Universitario

219

18

15

Profesional Universitario

219

12

43

Profesional Universitario

219

5

117

Técnico Operativo

314

12

18

Técnico Operativo

314

4

75

Auxiliar Administrativo

407

6

23

TOTAL EMPLEOS

312

 

ARTÍCULO 2. Los empleos temporales prorrogados en el presente Decreto, deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y la jurisprudencia del Honorable Consejo de Estado sobre la materia.

 

ARTÍCULO 3. La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo dispuesto en los Artículos y 4°del Decreto 1227 de 2005 y las demás disposiciones que les modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

ARTÍCULO 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2014 .

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

MARÍA CONSTANZA GARCÍA ALICASTRO

 

Secretaria Distrital de Movilidad

 

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

 

Director Departamento Administrativo Del Servicio Civil Distrital

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5501 de diciembre 29 de 2014.