RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Directiva 2 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/02/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 002 DE 2015

 

(Febrero 26)

 

PARA:

Secretarios/as de Despacho, Directores/as de Departamentos Administrativos y de Unidades Administrativas Especiales con y sin Personería Jurídica, Gerentes, Presidentes/as y Directores/as de Establecimientos Públicos, de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades entre Entidades Públicas, Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios incluidas las Oficiales y Mixtas, Empresas Sociales del Estado, Rector/a del Ente Universitario Autónomo y Alcaldes/as Locales

 

DE:

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

ASUNTO:

Horario laboral para la semana santa del año 2015, con miras al cumplimiento de las metas y programas del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”.

 Ver Circular Sec. General 25 de 2015 ,Ver Directiva Distrital 03 de 2015.

Como quiera que este año termina el periodo constitucional del Alcalde Mayor elegido para el cuatrienio comprendido entre el 1° de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2015, se hace necesario que todas las entidades y organismos que conforman la Administración Distrital, aúnen esfuerzos para el cumplimiento efectivo de las metas y programas establecidos en el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras Públicas para Bogotá, D.C. - 2012-2016 “Bogotá Humana”.

 

El mencionado Plan de Desarrollo está articulado en 3 ejes estratégicos, contemplando cada uno de ellos, los objetivos, estrategias, programas y proyectos prioritarios a cumplirse en el periodo de vigencia del mismo, así como las metas para cada eje y los sectores administrativos de coordinación responsables de cada programa.

 

Por ello, para la consecución de las metas y programas del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”, se requiere el concurso de todos/as los/as servidores/as públicos/as vinculados/as a cada entidad y organismo distrital, y en ese sentido, durante los días que restan para la finalización de la presente anualidad, deberán dedicar sus jornadas laborales al desarrollo de las actividades encaminadas al  cumplimiento de los citados objetivos, metas y programas, en concordancia con el desarrollo de la misión y demás funciones de cada una de las mencionadas entidades u organismos del Distrito Capital.

 

Por lo anterior, durante los días hábiles de la semana santa de 2015, en los organismos del sector central y en las Alcaldías Locales, no se podrán otorgar permisos remunerados ni descansos compensados al personal vinculado reglamentariamente, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados ante las oficinas de talento humano o quien haga sus veces, o la existencia de situaciones administrativas establecidas en la normativa vigente.

 

Los/as titulares de los Despachos de los organismos del sector central, así como los/as alcaldes/as locales, verificarán el estricto cumplimiento de la directriz precisada en el inciso anterior, en relación con el personal a su cargo o aquel del que son nominadores/as.

 

De otra parte, se recomienda a los/as jefes/as de las entidades del sector descentralizado del Distrito Capital, que en ejercicio de la autonomía administrativa de la que están investidas para la administración del personal, a ellas vinculados, adopten medidas como la descrita en precedente, lo cual permitirá contar con jornadas completas de trabajo en días hábiles, para el logro de las metas del Plan de Desarrollo ya señaladas.

 

Cordialmente,

 

GUSTAVO PETRO U.

 

Alcalde Mayor

 

Anexos: N.A.

 

c.c. N.A.

 

Proyectó: Duvan Sandoval Rodríguez

 

Revisó: Ximena Aguillón Mayorga

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres

 

Martha Lucía Zamora Ávila