RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 86 de 2014 Metrovivienda

Fecha de Expedición:
11/12/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/2014
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5678 de septiembre 22 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 086 DE 2014

 

(Diciembre 11)

 

“Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de Metrovivienda y se asignan funciones a sus dependencias.”

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE METROVIVIENDA  Empresa INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, estatutarias, especialmente las conferidas por el literal g) del artículo 18 del Acuerdo No. 01 del 8 de febrero de 1999, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que METROVIVIENDA es una Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital, creada mediante el Acuerdo Distrital No. 15 de 1998.

 

Que la Junta Directiva de METROVIVIENDA  aprobó los estatutos de la Empresa, a través del Acuerdo No. 01 de febrero 8 de 1999 y le asignó a dicho órgano, entre otras funciones, la de adoptar la estructura organizacional de la Empresa, establecer las funciones de sus dependencias y determinar la planta de personal y sus grados de remuneración.

 

Que de conformidad con lo señalado en el Artículo 114 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las Entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, Metrovivienda es una Entidad vinculada al Sector Hábitat.

 

Que la Junta Directiva de Metrovivienda actualizó por última vez la estructura organizacional de la Empresa a través del Acuerdo 41 de 2008.

 

Que Metrovivienda realizó el estudio técnico organizacional, con el fin de identificar las condiciones internas y externas que inciden en el quehacer de la Empresa y determinar las necesidades institucionales para definir  la reorganización estructural y planta de empleos de la Empresa. Lo anterior se desarrolló en el marco  de la política pública del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Humana” sobre dignificación del empleo.

 

Que  Metrovivienda solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico favorable sobre el estudio antes referido, para adelantar la reestructuración de la Empresa y la ampliación de su planta de personal.

 

Que el día 08 de julio de 2013, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante el Oficio No. 2013-E-E-1446,  emitió concepto técnico favorable de modificación de la estructura organizacional y planta de cargos de METROVIVIENDA, dado que al revisarlo encontró que éste cumplió con lo previsto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1227 de 2008.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió la viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de cargos de METROVIVIENDA, con el Oficio No. 2014EE389151 del 06 de noviembre de 2014.

 

Que con fundamento en lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL.- La Empresa METROVIVIENDA tendrá la siguiente estructura organizacional:

 

Gerencia General

 

Oficina Asesora de Planeación

 

Oficina Asesora de Comunicaciones

 

Subgerencia General de  Gestión del Suelo

 

Subgerencia  General de Gestión Jurídica

 

Subgerencia General de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario

 

ARTÍCULO SEGUNDO. FUNCIONES DE LA GERENCIA GENERAL.- Son funciones de la Gerencia General de METROVIVIENDA las siguientes:

 

1. Ejecutar y hacer cumplir las disposiciones estatutarias de la Empresa y las determinaciones de la Junta Directiva.

 

2. Expedir los actos administrativos y suscribir los contratos necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas a la Empresa.

 

3. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a la Junta Directiva de la Empresa.

 

4. Participar en la formulación y revisión del Plan de Ordenamiento Territorial y del Plan de Desarrollo bajo la coordinación de la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

5. Promover la interrelación con Entidades de carácter público o privado necesarias para el diseño y la ejecución de los proyectos a cargo de la Empresa.

 

6. Ejercer la representación legal de la Empresa y administrar el patrimonio de la misma.

 

7. Definir los criterios generales de planeación estratégica y de gestión, financiación y participación social en los proyectos que adelante la Empresa.

 

8. Preparar y presentar para aprobación de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto anual, según políticas de la Junta Directiva.

 

9. Presentar a la Junta Directiva los informes de ejecución de los programas y proyectos, así como los relativos a rendición de cuentas de la Empresa, cuando dicho órgano lo requiera y, en todo caso, por lo menos una vez al año.

 

10. Dirigir la correcta disposición de los fondos y recursos de la Empresa, así como el debido mantenimiento, custodia y utilización de los bienes de la misma.

 

11. Ordenar los gastos con cargo al presupuesto y ejercer el correspondiente control administrativo en la ejecución de los mismos.

 

12. Establecer una política de gestión de suelo para el desarrollo del objeto de la Empresa.

 

13. Representar a la Empresa en los asuntos judiciales y extrajudiciales, y en ejercicio de esta facultad constituir apoderados para que la representen.

 

14. Delegar en los funcionarios que estime conveniente, las responsabilidades que sean necesarias para el mejor funcionamiento de la Empresa y reasumirlas cuando así lo considere.

 

15. Definir los proyectos que podrán ser aportados como subsidio en especie incluyendo suelo y/o urbanismo, conforme a la reglamentación que se expida en la materia.

 

16. Definir, con base en la propuesta que le sea presentada por la Subgerencia de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario, las políticas de talento humano de la Empresa.

 

17. Establecer, desarrollar, dirigir, evaluar y hacer el seguimiento del Sistema de Control Interno de la Empresa.

 

18. Fijar políticas y estrategias de mejoramiento continuo con base en los resultados del Sistema de Control Interno de la Empresa.

 

19. Adelantar la segunda instancia de los procesos disciplinarios que se inicien en la Empresa.

 

20. Definir políticas y estrategias a desarrollar en materia de comunicación organizacional en la Empresa.

 

21. Definir la estrategia social que debe acompañar los proyectos de la Empresa que permita garantizar la permanencia de los propietarios originales de la zona donde estos se desarrollen.

 

ARTÍCULO TERCERO. FUNCIONES DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN. - Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes:

 

1. Asesorar y dirigir con las diferentes dependencias la formulación, seguimiento y evaluación de los proyectos de inversión, plan estratégico y planes operativos de la Entidad de conformidad con los lineamientos del Plan de desarrollo del Distrito Capital y con las políticas y misión de la Entidad.

 

2. Asesorar y coordinar con las diferentes dependencias el desarrollo, implantación, mantenimiento y mejoramiento continuo del sistema integrado de gestión que adelante la Empresa.

 

3. Asesorar, coordinar con las diferentes dependencias de la Entidad la formulación y aplicación de indicadores de gestión y de mecanismos de evaluación del cumplimiento de objetivos y metas definidos en los planes, programas y proyectos, proponiendo las recomendaciones que permitan mejorar la eficacia, eficiencia y efectividad de la Entidad.

 

4. Evaluar y hacer el seguimiento y control de los objetivos, metas e indicadores de la Gerencia General y demás áreas de la Empresa, con el fin de verificar el cumplimiento de objetivos y metas definidas para la Empresa.

 

5. Consolidar la información y presentar los informes, reportes o solicitudes realizadas de las diferentes Entidades externas y dependencias de la Entidad, de acuerdo a las directrices de la Gerencia General.

 

6. Orientar las mejoras y/o modificaciones, y hacer seguimiento al desarrollo del sistema de información misional de la Empresa, en coordinación con la Subgerencia de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario.

 

7. Orientar y coordinar con las diferentes áreas la elaboración del Plan Financiero Plurianual de acuerdo con las  necesidades, los lineamientos y normas vigentes.

 

8. Liderar la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de inversión, en concordancia con el plan estratégico, el plan de desarrollo distrital y los planes operativos de la Entidad.

 

9. Realizar el seguimiento de la gestión presupuestal de la inversión de la Entidad, formulando oportunamente las observaciones y recomendaciones pertinentes; así como preparar y presentar los informes sobre su ejecución presupuestal.

 

10. Dirigir el desarrollo, observatorios, indicadores, líneas base, y prospectivos a cargo de la Empresa para la planificación en materia de vivienda de interés social en la ciudad en coordinación con las demás dependencias de la  Empresa.

 

11. Planear y dirigir procesos de mejoramiento y reingeniería de procesos; la normalización de procesos y la estandarización de formatos; así como la adopción de los manuales de procesos y procedimientos de la Empresa.

 

ARTÍCULO CUARTO. FUNCIONES DE LA OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES.- Son funciones de la Oficina Asesora de Comunicaciones:

 

1. Diseñar y ejecutar el Plan Estratégico de Comunicaciones y presentarlo para aprobación de la Gerencia General.

 

2. Realizar la formulación, diseño, organización, ejecución y control de los planes y programas relacionados con los procesos de comunicación interna y externa de la Empresa.

 

3. Elaborar  el diseño e implementación de las políticas de comunicación organizacional de la Empresa.

 

4. Asesorar a la Gerencia General en temas de comunicación y relaciones con la comunidad.

 

5. Asesorar y establecer los protocolos a seguir en los eventos de participación comunitaria y socialización de sus programas y proyectos.

 

6. Asesorar y supervisar todos los aspectos relacionados con la atención a medios de comunicación que requieran información relacionada con el objeto y las competencias asignadas a la Empresa.

 

7. Diseñar las campañas informativas necesarias para la correcta percepción de los propósitos, alcances y posibilidades de participación individual y comunitaria en los proyectos que promueva la Empresa.

 

8. Administrar, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y las actividades propias del proceso de comunicación de la Empresa.

 

9. Hacer seguimiento a la información que se genere sobre la Empresa y publicarla interna y externamente de acuerdo a las directrices de la Gerencia.

 

ARTÍCULO QUINTO. FUNCIONES DE LA SUBGERENCIA GENERAL DE  GESTIÓN DEL SUELO.- Son funciones de la Subgerencia General de Gestión del Suelo:

 

1. Realizar los estudios necesarios e identificar suelos que cuenten con potencial para ser urbanizados por medio de proyectos que incluyan vivienda de interés social (VIS) y/o prioritario (VIP), para programar los procedimientos de gestión de dichos suelos de forma oportuna.

 

2. Formular los instrumentos que permitan la ejecución de las operaciones estratégicas y proyectos que incluyan el desarrollo de vivienda de interés prioritario y/o social, tales como planes parciales, definición de unidades de actuación urbanística y unidades de gestión.

 

3. Gestionar a partir de la formulación de las operaciones urbanas y los planes parciales la generación de suelo para vivienda de interés social (VIS) y/o prioritario (VIP).

 

4. Ejercer las labores de gerencia propias de cada operación estratégica o proyecto, así como de los instrumentos que las desarrollen que permitan la habilitación de suelo para el desarrollo de proyectos que incluyan Vivienda de interés prioritaria VIP o vivienda de interés social VIS.

 

5. Gestionar, preparar y tramitar los proyectos de delimitación de la Unidades de Actuación Urbanística respecto de predios que, conforme a las normas, sean aptos para el cumplimiento de su objeto.

 

6. Desarrollar y aplicar las fórmulas de fijación de los precios de los terrenos y demás productos y servicios que preste METROVIVIENDA, de forma que garantice la conservación de su patrimonio.

 

7. Dirigir en coordinación con la Subgerencia General de Gestión Jurídica la estructuración de negocios inmobiliarios e incentivar la participación del sector privado.

 

8. Llevar a cabo estrategias o planes de negocios que permitan incluir a la población residente en los terrenos donde se desarrollan los proyectos.

 

9. Definir la viabilidad técnica en los procesos de adquisición o gestión de suelo adelantados por la Entidad.

 

10. Elaborar los estudios necesarios para orientar la ejecución de los negocios inmobiliarios, las operaciones y proyectos a su cargo.

 

11. Contribuir en conjunto con la Subgerencia General de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario en la operatividad del sistema de información de la Empresa.

 

12. Adelantar los estudios técnicos, dirigir la ejecución de obras de urbanismo matriz o secundario que se requieran para el desarrollo de los proyectos a cargo de la Empresa o en lo que sea partícipe. Así como la coordinación interinstitucional de realización de obras, que se requiera para el desarrollo de los proyectos a cargo de la Empresa o en los que sea partícipe.

 

13. Desarrollar la estrategia social que debe acompañar los proyectos de la Empresa que permita garantizar la permanencia de los propietarios originales de la zona donde estos se desarrollen.

 

14. Desarrollar el componente técnico de los proyectos  para aportar como subsidio en especie de acuerdo a las políticas y normatividad que  establezca la Gerencia.

 

ARTÍCULO SEXTO. FUNCIONES DE LA SUBGERENCIA GENERAL DE  GESTIÓN JURÍDICA.- Son funciones de la Subgerencia General de Gestión Jurídica las siguientes:

 

1. Planear la gestión jurídica de la dependencia de acuerdo con los criterios normativos establecidos.

 

2. Dirigir, implementar y hacer seguimiento a los procedimientos legales para la gestión de suelo necesarios para el desarrollo de sus proyectos.

 

3. Adelantar los estudios de títulos, gestionar los avalúos comerciales y/o de referencia según sea el caso para adelantar los trámites legales requeridos  para el desarrollo de la gestión de suelo y/o, formalización de constitución que permitan la ejecución del objeto de la Empresa.

 

4. Preparar, promover la adopción, revisar, ajustar y conceptuar sobre las normas jurídicas de carácter general (leyes, decretos por expedir, etc.) o establecer e impartir las directrices sobre las diferencias de interpretación, controversias o discrepancias que se susciten en cuanto a la aplicación de la normatividad relacionada con los temas de competencia de Metrovivienda, según normatividad vigente sobre el tema y en coordinación con las demás dependencias.

 

5. Fijar y unificar la posición doctrinaria institucional en las materias propias de la competencia de Metrovivienda, según marco normativo vigente.

 

6. Elaborar, controlar y mantener el inventario de bienes inmuebles de los proyectos que adelante la Empresa.

 

7. Dirigir en coordinación con la Subgerencia General de Gestión de Suelo la estructuración de negocios inmobiliarios e incentivar la participación del sector privado.

 

8. Coordinar ante la Entidad correspondiente la adjudicación de bienes sobre los cuales se haya declarado la extinción de dominio de acuerdo con la normatividad vigente para la materia.

 

9. Emitir los conceptos y absolver las consultas, requerimientos y peticiones de carácter jurídico, formulados por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios internos y externos, de conformidad con las normas que rigen los asuntos de competencia de Metrovivienda.

 

10. Definir la viabilidad jurídica en los procesos de adquisición o gestión de suelo adelantados por la Entidad.

 

11. Tramitar, notificar y difundir según sea el caso, los Actos Administrativos proferidos por la Empresa, de conformidad con los términos legales y reglamentarios establecidos.

 

12. Sustanciar los procesos y proyectar los actos administrativos para resolver los recursos de la vía gubernativa de competencia de la Gerencia General.

 

13. Dirigir y hacer seguimiento a los procesos de carácter judicial y administrativa que sean requeridos para  la gestión de suelo por parte de la Empresa.

 

14. Atender, vigilar e intervenir en los procesos y acciones judiciales, extrajudiciales, administrativas y policivas en los cuales Metrovivienda sea parte, conforme los poderes y delegaciones conferidos por el Gerente General.

 

15. Dirigir, orientar y atender la práctica de las diligencias administrativas, judiciales y extrajudiciales propias de su competencia y las que le asigne, comisione o delegue el Gerente General.

 

16. Brindar asesoría jurídica y acompañamiento  al Gerente General  y  demás dependencias de Metrovivienda en las materias propias de su competencia, según parámetros legalmente establecidos.

 

17. Asesorar al Gerente General y elaborar los actos administrativos relacionados con los procesos disciplinarios de segunda instancia de la Entidad.

 

18. Realizar seguimiento, monitorear y evaluar la ejecución del Plan  de Acción relacionado con la Gestión Jurídica de conformidad con los lineamientos establecidos.

 

19. Realizar las acciones correctivas o preventivas necesarias que demanden  los resultados de la evaluación de la Gestión Jurídica  de conformidad con los criterios establecidos.

 

20. Evaluar la viabilidad de celebrar contratos de participación, sea como partícipe activa o como partícipe inactiva, consorcios, uniones temporales de Empresas, asociación, contratos de riesgo compartido, alianzas estratégicas y cualquier otra forma lícita de colaboración Empresarial que tiendan al desarrollo de su objeto.

 

21. Adelantar los trámites pertinentes para aplicación del Decreto Distrital 327 de 2004, o la norma que lo modifique o sustituya.

 

22. Asesorar a la gerencia General respecto de  los criterios jurídicos que se deben tener en cuenta para aportar suelo  y/o urbanismo como subsidio en especie de acuerdo a la normatividad que se expida en la materia.

 

ARTÍCULO SEPTIMO. FUNCIONES DE LA SUBGERENCIA GENERAL DE GESTIÓN CORPORATIVA Y CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO.- Son funciones de la Subgerencia de Gestión Corporativa y Control Interno Disciplinario las siguientes:

 

1. Dirigir y adelantar los procesos relacionados con el manejo del talento humano, de recursos técnicos, administrativos y financieros, adquisición de bienes y servicios, quejas y reclamos, servicios generales y de los sistemas de información de la Empresa.

 

2. Dirigir y adelantar la elaboración de instrumentos que permitan garantizar que los procesos contables, la elaboración y presentación de balances e informes financieros de la Empresa se haga de conformidad con las normas que regulan la materia y en forma tal que faciliten las tareas a cargo de las autoridades hacendarias, de planeación y de los organismos de control, para su posterior adopción por parte de la Gerencia.

 

3. Dirigir la adopción de políticas, planes y programas tendientes a garantizar que el talento humano al servicio de la Empresa cuente con las condiciones en materia de capacitación, bienestar, incentivos al buen desempeño y salud ocupacional, que les permitan contribuir al logro de los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la Empresa.

 

4. Brindar asesoría a todas las dependencias de la Empresa en la aplicación de normas y políticas en materia de contratación administrativa, en todas las etapas de los procesos, dentro de las modalidades de selección previstas en el Estatuto General de Contratación Pública.

 

5. Realizar, una vez recibidos la solicitud de contratación y los estudios previos del área de origen, todos los trámites del proceso de selección y suscripción del contrato.

 

6. Preparar los actos administrativos para la firma del ordenador del gasto, incluyendo caducidades, multas, liquidaciones, modificaciones e interpretaciones unilaterales y las demás necesarias en la ejecución contractual.

 

7. Dirigir y coordinar la elaboración y consolidación del Plan de Contratación.

 

8. Dirigir y coordinar la elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras, de acuerdo con las necesidades de la Empresa;

 

9. Coordinar y responder por el proceso de registro y control del presupuesto de inversión y funcionamiento de la Entidad.

 

10. Dirigir el proceso de ordenación de pagos por concepto de gastos de personal, gastos generales y de inversión, de conformidad con los procedimientos establecidos para tal fin.

 

11. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la Empresa, conforme a lo dispuesto por la Ley 734 de 2002 o la norma que lo modifique.

 

12. Diseñar políticas para el desarrollo de estrategias de racionalización del gasto en la Empresa y velar por su efectiva aplicación.

 

13. Adoptar las políticas en materia de producción y manejo documental y de administración del archivo de la Empresa de acuerdo con las políticas definidas por el Archivo Distrital, el Archivo General de la Nación y la normatividad vigente.

 

14. Administrar los sistemas de información que se requieran para el desarrollo del objeto de la Empresa.

 

15. Dirigir el plan informático de la Entidad, en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación.

 

16. Dirigir en coordinación con las demás dependencias el proceso de atención al ciudadano de la Empresa y desarrollar los mecanismos necesarios para garantizar su debido funcionamiento.

 

17. Ejercer la secretaría técnica de la Junta Directiva, redactar, custodiar y expedir copia de las actas y acuerdos que se produzcan.

 

18. Autenticar las copias de los documentos que reposen en los archivos de las diferentes dependencias de la Empresa, de conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes sobre la materia.

 

ARTÍCULO  OCTAVO. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo 041 de 2008 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre del año 2014.

 

HELGA MARÍA RIVAS ARDILA

 

Presidenta

 

SANDRA HELENA MEJÍA GARCÍA

 

Secretaria Técnica

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5678 de septiembre 22 de 2015