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Decreto Local 19-17 de 2015 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
30/09/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/10/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5698 de octubre 21 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 019-017 de 2015

(Septiembre 30)

Por el cual se efectúa un Traslado Presupuestal para la vigencia fiscal de 2015.

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y demás normas que rigen sobre la materia, y

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados.

2. Que de acuerdo con el oficio 20151720010103 de 28 de agosto de 2015, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria se hace necesario efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Director Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con el oficio 2015EE260134 de veintitrés (23) de septiembre de 2015.

4. Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 510, 511 y 512.

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho

Ver Decreto Local 09 de 2014

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:

CODIGO DE CUENTA

NOMBRE DE LA CUENTA

CONTRACREDITO

3

GASTOS

0,00

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

0,00

3-1-2

GASTOS GENERALES

0,00

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

0,00

3-1-2-02-04

Impresos y Publicaciones

15.000.000,00

3-1-2-02-11

Promoción Institucional

12.400.000,00

3-1-2-02-17

Información

45.000.000,00

 

TOTAL CONTRACREDITOS.

72.400.000,00

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2015, de acuerdo con el siguiente detalle:

CODIGO DE CUENTA

NOMBRE DE LA CUENTA

CREDITO

3

GASTOS

0,00

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

0,00

3-1-2

GASTOS GENERALES

0,00

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

0,00

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

0,00

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

72.400.000,00

 

TOTAL CREDITO….

72.400.000,00

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C, a los 30 días del mes de septiembre de 2015.

CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA

Alcalde Local (E.)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5698 de octubre 21 de 2015.