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DECRETO 590 DE 2015 (Diciembre 30) “Por el cual se prorroga la vigencia de los empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Planeación.” EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9º del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993 y el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, y, CONSIDERANDO: Que Ley 909 de 2004, “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades y organismos que conforman la Administración Distrital. Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales es aplicable esta ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo. Que mediante el Decreto Distrital 185 de 2013, fueron creados ochenta (80) empleos de carácter temporal en la Secretaría Distrital de Planeación, con una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015, para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios institucionales, así como el logro de los objetivos y metas contempladas en los planes institucionales y en el Plan de Desarrollo “Bogotá Humana”. Que teniendo en cuenta que, algunas de las necesidades de los empleos temporales creados por el Decreto 185 de 2013, persisten en la entidad y se requiere dar continuidad y culminar las metas de los programas, proyectos y planes propuestos por la Secretaría Distrital de Planeación en el marco del Plan de Desarrollo “Bogotá Humana” para los cuales fueron aprobados dichos cargos, se requiere la ampliación del período de algunos de los empleos temporales de la citada entidad hasta el 30 de junio de 2016. Que el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, mediante oficio No. 2015-E-E-2975 del 22 de diciembre de 2015, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de setenta y seis (76) empleos de carácter temporal en la Secretaría Distrital de Planeación, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 6 del Acuerdo 199 de 2005 Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio número 2015-EE-290456 del 24 de diciembre de 2015, expidió la correspondiente viabilidad presupuestal, para 76 empleos de carácter temporal, para la Secretaria Distrital de Planeación hasta el 30 de junio de 2016. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1º-. Prorrogar hasta el treinta (30) de junio de 2016, la vigencia de setenta y seis (76) empleos de carácter temporal en la Secretaría Distrital de Planeación, detallados a continuación:
Parágrafo. El término de duración de los empleos temporales deberá sujetarse a la disponibilidad presupuestal. Artículo 2º-. Los empleos temporales prorrogados en el en el artículo 1° del presente Decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Nacional 1227 de 2005, y las demás disposiciones que les modifiquen, adicionen o sustituyan. Artículo 3º.- Las demás disposiciones del Decreto Distrital 185 de 2013, que no han sido modificadas continúan vigentes. Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y modifica el artículo 1° del Decreto Distrital 185 de 2013. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2015 GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. GERARDO ARDILA CALDERÓN Secretario Distrital de Planeación HERNANDO VARGAS ACHE Director Departamento Administrativo del Servicio Civil (E) NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5745 de diciembre 31 de 2015. |