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DECRETO 551 DE 2015 (Diciembre 21) Modificado por el art. 6, Decreto Distrital 052 de 2017 Por medio del cual se ajustan los grados salariales de la escala de la planta de los Niveles Profesional, Técnico y Asistencial de la Secretaría Distrital de Integración Social EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9° del artículo 38 y el inciso segundo del artículo 55 del Decreto - Ley 1421 de 1993, y, CONSIDERANDO: Que el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 señala que el/la Alcalde/sa Mayor tiene la función de determinar los emolumentos de los empleos de la Administración Central con arreglo a los Acuerdos correspondientes, Que el Concejo de Bogotá, D.C., mediante el Acuerdo Distrital 199 de 2005 adoptó la Escala Salarial de los diferentes Empleos de las dependencias del Sector Central de la Administración Distrital ajustándolos a lo dispuesto en el Decreto Ley 785 de 2005, Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, con base en la competencia dada por el artículo 6 del Acuerdo 199 de 2005, emitió concepto técnico favorable para el ajuste de los grados salariales de la escala de los Niveles Profesional, Técnico y Asistencial de la Secretaría Distrital de Integración Social, mediante comunicación 2015EE2755 de 27 de Noviembre de 2015 y alcance 2015EE2854 de 10 de diciembre de 2015. Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación No. 2015EE288580 de 18 de Diciembre de 2015, emitió viabilidad presupuestal que permite atender el ajuste a la escala salarial presentada por la Secretaría Distrital de Integración Social. Que lo dispuesto en el presente acto administrativo se encuentra dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional en el Decreto 1096 de 2015. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°.- Establecer el ajuste a los grados salariales para los empleos de los Niveles Profesional, Técnico y Asistencial de la Secretaria Distrital de Integración Social de la Administración Distrital, cuya asignación básica quedará así:
Parágrafo 1°- El presente ajuste no aplica para el grado 27 del Nivel Asistencial toda vez que éste es el mayor grado para el Nivel Asistencial de la Escala Salarial de los Empleos Públicos del Sector Central de la Administración Distrital, según Acuerdo 199 de 2005. El presente ajuste se encuentra dentro de los limites máximo salariales establecidos por el Gobierno Nacional en el Decreto 1096 de 2015. Artículo 2°.- El presente Decreto rige a partir de su publicación y surtir efectos fiscales a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2015. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor JORGE ENRIQUE ROJAS RODRÍGUEZ Secretario Distrital de Integración Social HERNANDO VARGAS ACHE Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (E) |