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Decreto 378 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/09/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 5915 del 16 de septiembre de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 378 DE 2016

 

(Septiembre 15)

 

Por medio del cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-0118

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales. en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004. que regula el empleo público. la carrera administrativa y la gerencia pública. es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital 604 del 27 de diciembre de 2012, a partir del 1 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del par ágrafo del articulo ibidem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital 580 del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016.

 

Que la señora Graciela Sánchez Silva fue vinculada en la Planta Temporal antes señalada. mediante la Resolución No. 016 del 10 de enero de 2013 por la cual fue nombrada a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013 en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 15 de la Subdirección de Gestión Documental de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaria General con efectividad a partir del 10 de enero de 2013 según consta en el Acta de Posesión No.010 de la misma fecha.

 

Que mediante la Resolución No. 605 del de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014. se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; Y a través de la Resolución No. 759 del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, Inclusive.

 

Que la vinculación de la señora Sánchez Silva en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C. terminó el 30 de junio de 2016 de conformidad con Ias condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió el cual no generaba estabilidad ni derecho de carrera administrativa.

 

Que la señora Graciela Sánchez Silva. identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.643.137 de Bogotá interpuso acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta violación a los derechos al trabajo. al mínimo vital, a la estabilidad laboral reforzada y a la igualdad.

 

Que el Juzgado Treinta y Uno (31) Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá. profirió fallo de tutela de fecha 25 de agosto de 2016. notificado el 29 de agosto de 2016 mediante el cual resolvió:

 

"PRIMERO.TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, a la igualdad de la señora GRACIELA SANCHEZ SILVA identificada con C.C 51.643.137, violados por la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA.

 

SEGUNDO. ORDENAR a la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA que en un término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia:

 

a. Vincule laboralmente. en un cargo de igual o mayor remuneración que el ejercido con anterioridad y con carácter transitorio. a la señora GRACIELA SANCHÉZ SILVA;

 

b. Pague a la accionante los salarios dejados de percibir y realice los aportes a seguridad social causados desde el momento de su desvinculación hasta la nueva vinculación.

 

c. Delimite la transitoriedad del cargo hasta que la actora cumpla Ios requisitos para acceder a la pensión de jubilación o vejez.

 

Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991 las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.

 

Que la Secretaría General solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico para la creación de un (1) empleo transitorio con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención así:

 

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO

NOMENCLATURA

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

DEPENDENCIA DIRECCIÓN

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

15

1

DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA  SUBDIRECIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2016EE-1818 del 5 de septiembre de 2016 respecto de la viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio en la mencionada Secretaría.

 

Que conforme al procedimiento establecido, la Secretaria Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General mediante oficio 2016-EE-140208 del 9 de septiembre de 2016.

 

En mérito de lo expuesto.

 

DECRETA:

 

Artículo 1º.-.Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,D.C  hasta que la accionante cumpla los requisitos para acceder a la pensión de jubilación o vejez o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada.

 

Nombre

Cédula de Ciudadanía

Denominación

Código

Grado

Dependencia

Graciela Sánchez Silva

51.643.137

Auxiliar Administrativo

407

15

Dirección de Gestión Corporativa- Subdirección de Gestión Documental

 

Artículo 2º.- El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto. deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,D.C. estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3º.-.Dado el carácter transitorio del empleo que se crea en el presente Decreto una vez se extinga la situación que da lugar a la creación del mismo el empleo transitorio quedará automáticamente suprimido.

 

Artículo 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 15 días del mes de septiembre del año 2016.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

RAUL JOSÉ BUITRAGO ÁRIAS

 

Secretario General

 

NIDIA ROCIO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital