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Decreto 463 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/10/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 463 DE 2016

 

(Octubre 21)

 

Por medio del cual se crea un empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cumplimiento del Fallo de Tutela con radicación No. 2016-0129

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 9 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 "Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", señala que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales se les aplica esta Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio.

 

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos de la Administración Central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., creó una planta temporal mediante el Decreto Distrital 604 del 27 de diciembre de 2012, a partir del 1° de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2014; prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2015 en virtud del parágrafo del artículo 1° ibídem; y prorrogada nuevamente mediante el Decreto Distrital 580 del 24 de diciembre de 2015 hasta el 30 de junio de 2016.

 

Que la señora Luz Myriam Morera Cantor fue vinculada en la Planta Temporal antes señalada, mediante la Resolución No. 008 del 9 de enero de 2013 por la cual fue nombrada a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2013, en el cargo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 05 de la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano de la Secretaría General, con efectividad a partir del 9 de enero de 2013 según consta en el Acta de Posesión No. 006 de la misma fecha.

 

Que mediante la Resolución No. 605 del 8 de noviembre de 2013, modificada por la Resolución No. 690 del 31 de diciembre de 2013, le fue prorrogado el nombramiento en el cargo que venía desempeñando hasta el 31 de diciembre de 2014; con la Resolución No. 687 del 24 de diciembre de 2014, se le prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2015; y a través de la Resolución No. 759 del 30 de diciembre de 2015, le fue prorrogado el nombramiento hasta el 30 de junio de 2016, inclusive.

 

Que la vinculación de la señora Morera Cantor en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., terminó el 30 de junio de 2016, inclusive, de conformidad con las condiciones, términos y vigencia de la duración del empleo al cual accedió, el cual no generaba estabilidad ni derechos de carrera administrativa.


Que la señora LUZ MYRIAM MORERA CANTOR, identificada con la cédula de ciudadanía No. 35.494.815 expedida en Usme, interpuso acción de tutela contra la Secretaría General por la presunta violación de los derechos constitucionales fundamentales al mínimo vital, vida digna, retén social y trabajo.

 

Que el Juzgado 37 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá. D.C., profirió fallo de tutela de fecha 22 de septiembre de 2016, notificado el 26 de septiembre del mismo año, mediante el cual resolvió:

 

PRIMERO: CONCEDER LA ACCIÓN DE TUTELA, impetrada por la accionante LUZ MYRIAM MORERA CANTOR, amparando los Derechos Fundamentales invocados.


SEGUNDO: En consecuencia, se ordena a la entidad accionada ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA SECRETARIA GENERAL,- que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de este fallo, procedo a reintegrar y reubicar a la trabajadora LUZ MYRIAM MORERO CANTOR, en el cargo que venía desempeñando o en uno con igual o similares condiciones a las que se encontraba, habida cuenta de la protección reforzada de la que es objeto constitucionalmente, teniendo a su vez la obligación de acreditar ante este Despacho el cumplimiento de la orden impartida. Además, deberá proceder a la afiliación y/o reactivación a su seguridad social, además de los emolumentos salariales a que tiene derecho.” (sic).

 

Que de conformidad con el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento.

 

Que la Secretaría General solicitó al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital concepto técnico para la creación de un (1) empleo transitorio, con el propósito de dar cumplimiento al fallo de tutela en mención, así:

 

EMPLEO DE CARÁCTER TRANSITORIO

NOMENCLATURA

CODIGO

GRADO

No. CARGOS

DEPENDENCIA DIRECCION

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

05

1

DIRECCIÓN DISTRITAL DE SERVICIO AL CIUDADANO

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto favorable mediante oficio 2016-EE-2027 del 29 de septiembre de 2016 respecto de la viabilidad técnica para la creación de un empleo de carácter transitorio en la mencionada Secretaría.

 

Que conforme al procedimiento establecido, la Secretaría Distrital de Hacienda expidió el correspondiente concepto de viabilidad presupuestal favorable para la creación de un empleo de carácter transitorio en la Secretaria General, mediante oficio 2016-EE-152853 del 10 de octubre de 2016.

 

Que mediante el Decreto Distrital 425 del 3 de octubre de 2016 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., dentro de la cual se incluyó la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, con funciones similares a las que tuvo a su cargo la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano, dependencia a la que estuvo vinculada la señora Morera Cantor.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Crear un (1) empleo de carácter transitorio en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., hasta que la accionante adquiera el derecho a la pensión de jubilación o vejez, o hasta el fallo dentro de la impugnación, si la sentencia de tutela de primera instancia es revocada, así:

 

Nombre

Cédula de Ciudadanía

Denominación

Código

Grado

Dependencia

Luz Myriam Morera Cantor

35.494.815

Auxiliar Administrativo

407

05

Dirección del Sistema de Servicio a la Ciudadanía

 

Artículo 2°.- El empleo de carácter transitorio creado con el presente Decreto, deberá cumplir las funciones que están descritas en el respectivo acto administrativo de Manual de Funciones y de Competencias Laborales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., estando sujeto a la escala salarial establecida para el sector central de Bogotá. D.C.

 

Artículo 3°.- Dado el carácter transitorio del empico que se crea en el presente Decreto, una vez se extinga la situación que da lugar a la creación del mismo o si el fallo de primera instancia es revocado dentro de la impugnación, el empleo transitorio quedará automáticamente suprimido.

 

Artículo 4°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá  D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2016

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General

 

NIDIA ROCIO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital