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RESOLUCIÓN 001588 DE 2017 (Abril 3) “Por la cual se adopta
el Manual de Interventoría yo Supervisión de Contratos versión 4.0”. LA DIRECTORA GENERAL
DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU, en ejercicio de sus
facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 19 de 1972
proferido por el Concejo de Bogotá D.C., y los Acuerdos Nos. 001 y 002 de 2009
expedidos por el Consejo Directivo del IDU y demás disposiciones concordantes,
y CONSIDERANDO: Que
el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, señala que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de
funciones y que la administración pública tendrá un control interno que se ejercerá
en los términos que señale la ley. Que
el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia establece que las
entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar según la naturaleza de
sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con
lo que disponga la ley. Que
el numeral 1° del artículo 14 de la ley 80 de 1993, establece que las entidades
estatales tienen la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la ejecución
de los contratos, para garantizar el cumplimiento de los fines de la
contratación estatal. Que
de conformidad con el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, las actuaciones de
quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a
los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad
con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se
aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores
públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios
generales del derecho y los particulares del derecho administrativo. Que
de conformidad con el parágrafo del artículo 1° de la Ley 87 de 1993, dentro de
los instrumentos de expresión del control interno se contemplan los manuales
adoptados por las entidades. Que
el artículo 2° del Decreto 1537 de 2001, reglamentario de la Ley 87 de 1993,
establece que las organizaciones públicas deberán elaborar, adoptar y aplicar
manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los
procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales. Que
el artículo 1° de la Ley 872 de 2003, al crear el Sistema de Gestión de la
Calidad, determinó que cada entidad del Estado debe adoptarlo con un enfoque
basado en los procesos que se surten al interior de ella y las expectativas de
los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el
ordenamiento jurídico vigente. Que
los manuales, procesos, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos,
cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan
transparencia y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de
capacitación, entrenamiento y gestión, garantizando el cumplimiento de los
principios constitucionales y legales. Que
mediante Resolución N° 965 del 9 de octubre de 1998, se adoptó la primera
versión del Manual de Interventoría del Instituto de Desarrollo Urbano-IDU. Que este Manual de Interventoría, ha sido
modificado y sus diferentes versiones han sido adoptadas mediante resoluciones
del IDU, las cuales se encuentran relacionadas en el control de versiones del
mismo documento. Que
mediante Resolución N° 66321 del 18 de diciembre de 2015, se adoptó el actual
Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU, versión 3.0, y se
derogó la Resolución N° 2114 del 30 de julio de 2012. Que
la Ley 1474 de 2011 estableció nuevas regulaciones en materia de interventoría
y supervisión de contratos estatales, la Ley 1562 de 2012 dictó disposiciones
en materia de salud ocupacional, la Ley 1682 de 2013 adoptó medidas
relacionadas con los proyectos de infraestructura vial, el Decreto 1443 de 2014
estableció disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), y así mismo el Decreto Ley 19 de 2012
y el Decreto 1082 de 2015, introdujeron cambios a la normatividad contractual,
por lo cual se hacen necesario adoptar una nueva versión del Manual de
Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU. En mérito de lo expuesto,
la Directora General del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el documento
MGGC-01 “Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos”, versión 4.0, el
cual forma parte integral de la presente Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. Derogar la Resolución
N° 66321 del 18 de diciembre de 2015, por la cual se adoptó la versión 3.0 del
Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos del IDU, y las
disposiciones que sean contrarias al manual adoptado con la presente
Resolución. ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a
los 3 días del mes abril de 2017. YANETH ROCIO MANTILLA
BARÓN DIRECCIÓN GENERAL NOTA: Publicado en el
Registro Distrital 6060 del 19 de abril de 2017 |