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ACTO
LEGISLATIVO 002 DE 2017 (Mayo
11) Por medio del cual se adiciona un artículo
transitorio a la Constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad
jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción
de una Paz Estable y Duradera. OFI17-00051226
/ JMSC 110200 Bogotá,
D. C., jueves, 11 de mayo de 2017 Doctor JAIME
OSWALDO NEIRA LA TORRE Gerente
General IMPRENTA
NACIONAL DE COLOMBIA Ciudad Asunto: Acto Legislativo número 02 de 2017 Respetado señor Gerente General: Por
precisas instrucciones del señor Presidente de la República, teniendo en cuenta
la solicitud del señor Secretario General del Senado de la República, doctor
Gregorio Eljach Pacheco, y de conformidad con la
jurisprudencia pertinente, de manera atenta me permito remitir a usted, para
publicación en el Diario Oficial, el
texto del Proyecto de Acto Legislativo número 01 de 2016 Senado, 007 de 2017
Cámara, “por medio del cual se adiciona
un artículo transitorio a la Constitución con el propósito de dar estabilidad y
seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la
construcción de una paz estable y duradera”. Cordialmente, La
Secretaria Jurídica, Claudia Isabel González Sánchez Anexo:
Lo enunciado SGE-CS-206-2017 Bogotá,
D. C., 5 de mayo de 2017 Doctor JUAN
MANUEL SANTOS CALDERÓN Presidente
de la República Ciudad Señor
Presidente: Acompañado
de todos sus antecedentes y debidamente autorizado por el doctor Mauricio
Lizcano Arango, Presidente del Senado de la República, de la manera más atenta,
me permito enviar, en doble ejemplar, para su Promulgación, el expediente del
Proyecto de Acto Legislativo número 01 de 2016 Senado, 007 de 2017 Cámara, “por medio del cual se adiciona un artículo
transitorio a la Constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad
jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción
de una paz estable y duradera”. El
mencionado Proyecto de Acto Legislativo fue considerado y aprobado en la
Comisión Primera del Senado de la República, en Sesiones Extraordinarias
convocadas mediante Decreto número 2052 de 16 de diciembre de 2016, el día 8 de
febrero de 2017 y en Sesión Plenaria el día 21 de febrero de 2017. En Sesión de
la Comisión Primera de la Cámara de Representantes el día 14 de marzo de 2017 y
en Sesión Plenaria el día 3 de abril de 2017. Cordialmente, Gregorio
Eljach Pacheco. Anexo:
Expediente ACTO
LEGISLATIVO 002 DE 2017 (Mayo
11) Por medio del cual se adiciona un artículo
transitorio a la Constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad
jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción
de una Paz Estable y Duradera. EL CONGRESO DE COLOMBIA En
virtud del Procedimiento Legislativo Especial para la Paz Ver numeral tercero, Sentencia C-337 de 2021 de la Corte Constitucional. DECRETA: Artículo 1°. La
Constitución Política tendrá un nuevo artículo transitorio así: Artículo transitorio xx. En
desarrollo del derecho a la paz, los contenidos del Acuerdo Final para la
terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera,
firmado el día 24 de noviembre de 2016, que correspondan a normas de derecho
internacional humanitario o derechos fundamentales definidos en la Constitución
Política y aquellos conexos con los anteriores, serán obligatoriamente
parámetros de interpretación y referente de desarrollo y validez de las normas
y las leyes de implementación y desarrollo del Acuerdo Final, con sujeción a
las disposiciones constitucionales. Las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena
fe con lo establecido en el Acuerdo Final. En consecuencia, las actuaciones de
todos los órganos y autoridades del Estado, los desarrollos normativos del
Acuerdo Final y su interpretación y aplicación deberán guardar coherencia e
integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el
espíritu y los principios del Acuerdo Final Artículo 2°. El
presente Acto Legislativo deroga el artículo 4 del Acto Legislativo número 01
de 2016 y rige a partir de su promulgación hasta la finalización de los tres
periodos presidenciales completos posteriores a la firma del Acuerdo Final. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO EL SECRETARIO GENERAL DEL H. SENADO DE LA REPÚBLICA GREGORIO ELJACH PACHECO EL PRESIDENTE DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES MIGUEL ANGEL PINTO HERNÁNDEZ EL SECRETARIO GENERAL DE LA H. CÁMARA DE REPRESENTANTES JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO |