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RESOLUCIÓN 088 DE 2017 (Mayo 31) Derogada por el art. 2, Resolución 017 de 2019. Por la cual se adopta en la Secretaría Jurídica
Distrital el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados
Públicos de Carrera Administrativa, Período de Prueba y de Libre Nombramiento y
Remoción de la Comisión Nacional del Servicio Civil LA SECRETARIA JURÍDICA
DISTRITAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus
facultades consagradas en la Constitución Política, las conferidas en la Ley
909 de 2004, Decreto Nacional 1227 de 2005 y el Acuerdo No. 565 de 2016 de la
Comisión Nacional del Servicio Civil y, CONSIDERANDO Que el artículo 38 de
la Ley 909 de 2004, establece que el desempeño laboral de los empleados de
carrera administrativa deberá ser evaluado y calificado con base en parámetros
previamente establecidos que permitan fundamentar un juicio objetivo sobre su
conducta laboral y sus aportes al cumplimiento de las metas institucionales, a
tal efecto, los instrumentos para la evaluación y calificación del desempeño de
los empleados se diseñarán en función de las metas institucionales. Que el inciso 1° del
artículo 39 ibídem, señala que “(…) Los
empleados que sean responsables de evaluar el desempeño laboral del personal,
entre quienes, en todo caso, habrá un funcionario de libre nombramiento y
remoción, deberán hacerlo siguiendo la metodología contenida en el instrumento
y en los términos que señale el reglamento que para el efecto se expida. El
incumplimiento de este deber constituye falta grave y será sancionable
disciplinariamente, sin perjuicio de que se cumpla con la obligación de evaluar
y aplicar rigurosamente el procedimiento señalado” Que de conformidad con
numeral 3 del literal c) del artículo 2 ibídem, la responsabilidad de los servidores
públicos por la labor desarrollada deberá concretarse a través de instrumentos
de evaluación del desempeño y de acuerdos de gestión. Que el artículo 40
ibídem determina que las entidades desarrollarán sus sistemas de evaluación del
desempeño y los presentarán para aprobación de la Comisión Nacional del
Servicio Civil. Que el parágrafo del
artículo 78 de Decreto 1227 de 2005,
"Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y el Decreto
Ley 1567 de 1998", señala que los servidores de libre nombramiento y
remoción deben ser evaluados bajo la misma reglamentación e instrumentos
aplicables a los servidores de carrera administrativa. Que la Comisión
Nacional del Servicio Civil expidió el Acuerdo 565 del 2016, "Por el cual se establece el Sistema Tipo de
Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera
Administrativa y en Periodo de Prueba”. Que el artículo 4
ibídem define el Sistema de Evaluación del Desempeño Laboral de evaluación como
"una herramienta de gestión que
contiene metodologías, procedimientos e instrumentos para la aplicación de
normas sobre Evaluación del Desempeño Laboral” Que el artículo 8
ibídem se refiere a los responsables del Sistema. entre los cuales están los
jefes de la respectiva entidad o nominadores, quienes tienen, entre otras
obligaciones, la de adoptar mediante acto administrativo el Sistema Tipo de
Evaluación del Desempeño Laboral dispuesto por la CNSC, mientras se aprueba y
adopta uno propio por parte de la respectiva entidad. Que el artículo 57
ibídem, derogó a partir del 1 de febrero de 2017, el Acuerdo 137 de 2010,
haciendo la salvedad mediante parágrafo transitorio, que para la Evaluación de
desempeño laboral a realizarse en los periodos febrero 2015 a enero 2016 y febrero
2016 a enero 2017, se debían aplicar las disposiciones contenidas en el
referido Acuerdo 137 de 2010 y en los Acuerdos que lo modifican o adicionan. Que se hace necesario
adoptar en la Secretaría Jurídica Distrital, el Sistema Tipo de Evaluación del
Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y en
Período de Prueba, contenido en el Acuerdo 565 de 2016, expedido por la
Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC. Que, en mérito de lo
expuesto, RESUELVE Artículo 1. Adoptar el Sistema
Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral regulado mediante el Acuerdo 565 de
2016, expedido por la Comisión Nacional del Servicio Civil — CNSC; el cual hace
parte integral de la presente resolución y determina su implementación y
ejecución para los servidores de Carrera Administrativa, Período de Prueba y de
Libre Nombramiento y Remoción de la Secretaría Jurídica Distrital. Parágrafo. Hacen parte integral
del Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral aquí adoptado, los
formatos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil — CNSC; en
donde se registra el proceso de evaluación del desempeño laboral de los
funcionarios, los cuales no pueden ser modificados o alterados. Su aplicación
se realizará en estricto cumplimiento a los lineamientos señalados en el
Acuerdo 565 de 2016. Artículo
2. La
presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su
publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a
los 31 días del mes de mayo de 2017 DALILA ASTRID HERNÁNDEZ
CORZO Secretaria Jurídica
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