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DECRETO 288 DE 2017 (Junio 5) Por medio del cual
se modifica el artículo 3° del Decreto 243 de 2017 "Por medio del cual se
designa a la Secretaría Distrital de Planeación como ejecutor de un proyecto y
se incorporan recursos al capítulo presupuestal independiente del Sistema
General de Regalías del bienio 2017-2018” EL ALCALDE MAYOR DE
BOGOTÁ D. C. En uso de sus
facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012, el
artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto Nacional 1082 de 2015 y los numerales 1°
3°, 4° y 6 ° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y, CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo 61 del 31 de marzo de 2017 "Por medio del cual se adoptan decisiones relacionadas con la
aprobación de proyectos, solicitudes de recepción de bienes y servicios en el
próximo bienio y se informan ajustes a proyectos de inversión financiados o
cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías - SGR ",
expedido por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del Fondo
de Desarrollo Regional de Centro Oriente, se viabilizó, priorizó, aprobó y
designó como ejecutor del proyecto "Elaboración de la Encuesta
Multipropósito 2017: Bogotá - Cundinamarca", con código BPIN:
2016000050033, a Bogotá Distrito Capital, por un valor de dieciséis mil
setecientos sesenta y un millones setecientos veintidós mil doscientos sesenta
y nueve pesos m/cte. ($16.761.722.269, oo) Que
mediante el Decreto Distrital 243 de 2017 se designó a la Secretaría Distrital
de Planeación como entidad ejecutora del proyecto denominado "Elaboración de la Encuesta Multipropósito
2017: Bogotá – Cundinamarca”, y se incorporaron al Capítulo Presupuestal
Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2017-2018 la suma de
dieciséis mil setecientos sesenta y un millones setecientos veintidós mil
doscientos sesenta y nueve pesos m/cte. ($ 16.761.722.269, oo). Que
la suma antes referida igualmente se incorporó al Capítulo Presupuesto de
Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2017 - 2018, conforme al
siguiente detalle:
Que
el Departamento Nacional de Planeación, modificó la codificación de sus
programas en el Banco de Proyectos del Sistema General de Regalías (SUIFP-SGR),
producto de la puesta en marcha de la Metodología General Ajustada en línea —
MGA WEB y eliminó el programa denominado "0410 Investigación básica, aplicada y
estudios'. Que
como consecuencia de dicha modificación, el proyecto "Elaboración de la Encuesta
Multipropósito 2017: Bogotá – Cundinamarca” fue reclasificado bajo el
Programa 4099 correspondiente a: "Fortalecimiento de la gestión y
dirección del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio" de la Metodología
MGA WEB, situación que se refleja en las diferentes aplicaciones del Sistema
General de Regalías. Que
la modificación del nombre del programa y del código no afecta el presupuesto,
los productos, las actividades, ni el cronograma dado que el proyecto "Elaboración
de la Encuesta Multipropósito 2017: Bogotá - Cundinamarca", se
mantiene como fue aprobado por el Órgano Colegiado de Administración y
Decisión- OCAD. Que
en ese sentido, es necesario modificar el nombre del programa y el código del
mismo a efectos de armonizar la estructura del Presupuesto de la Secretaría
Distrital de Planeación conforme lo incorporado por el Decreto Distrital 243 de
2017. En
mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°.- Modificar el artículo
3° del Decreto Distrital 243 de 2017, el cual quedará así: "Artículo 3°. -Incorporar al Capítulo
Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el
bienio 2017 — 2018, la suma de dieciséis
mil setecientos sesenta y un millones setecientos veintidós mil doscientos
sesenta y nueve pesos m/cte. ($16.761.722.269oo), conforme al siguiente
detalle: ADICIÒN GASTOS SISTEMA
GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2017 - 2018 ADMINISTRACIÒN CENTRAL Secretaría Distrital de
Planeación
Artículo 2°.- El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación en el registro distrital y modifica
el artículo 3° del Decreto Distrital 243 de 2017, cuyas demás disposiciones
continúan vigentes. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a
los 05 días del mes de junio del año 2017. ENRIQUE PEÑALOSA
LONDOÑO Alcalde Mayor ANDRÉS ORTÍZ GÓMEZ Secretario Distrital de Planeación |