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Decreto 2655 de 1998 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
29/12/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/1998
Medio de Publicación:
Diario Oficial 43464 de Diciembre 30 de 1998
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DN26551998

DECRETO 2655 DE 1998

(Diciembre 29)

Derogado por el art. 3, Decreto Nacional 01 de 2000

Por medio del cual se modifica el parágrafo primero del artículo primero del Decreto 2345 de 1995.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que le conceden los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 48, literal e), 186 y 187 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero,

Ver el art. 7, literal b), Decreto Nacional 839 de 1991 , Ver arts. 48, numeral 1, literal e) y 187, Decreto Nacional 663 de 1993

DECRETA:

Artículo 1º. El parágrafo 1º del artículo 1º del Decreto 2345 de 1995, quedará así:

"A partir del primero de enero del año 2000 las aseguradoras de vida que hayan operado el ramo de seguros previsionales de invalidez y sobrevivencia en forma consecutiva por un período de cinco años, podrán calcular para cada una de sus pólizas, las reservas para siniestros ocurridos no avisados, según el método previsto en el literal b) del artículo 7º del Decreto 839 de 1991. Si por efecto del cambio de metodología se produce liberación de reservas, éstas deberán ser incluidas en el cálculo de utilidad de cada póliza".

Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 29 de diciembre de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Viceministro General de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Mario Laserna Jaramillo.

Nota: Publicado en el Diario Oficial 43464 de Diciembre 30 de 1998.